En la página 27, el anexo III se sustituye por el texto siguiente:
«ANEXO III
Métodos de medición y cálculos a que se refiere el artículo 3
Para hacer efectivo y verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente Reglamento, se harán mediciones y cálculos utilizando normas armonizadas cuyos números de referencia hayan sido publicados a este efecto en el Diario Oficial de la Unión Europea, u otro método fiable, exacto y reproducible, que tenga en cuenta los métodos más avanzados generalmente aceptados.
1. Condiciones generales aplicables a las mediciones y los cálculos
1) |
Los valores declarados de eficiencia energética estacional de calefacción de espacios se redondearán al decimal más próximo. |
2) |
En el caso de los aparatos de calefacción local eléctricos, los valores declarados de potencia calorífica nominal se redondearán al tercer decimal más próximo. Para todos los demás aparatos de calefacción local, los valores declarados de potencia calorífica nominal se redondearán al decimal más próximo. |
3) |
Los valores declarados de las emisiones se redondearán al número entero más próximo. |
4) |
Cuando se declare un parámetro con arreglo al artículo 4, el fabricante, importador o representante autorizado utilizará su valor declarado para los cálculos del presente anexo. |
5) |
En el caso de los aparatos de calefacción local de combustible gaseoso o líquido, excepto los aparatos de calefacción local para uso comercial, la temperatura de los gases de combustión y del aire de combustión se medirá para la longitud total mínima del conducto de evacuación declarada por el fabricante en el manual de instalación, pero sin superar los 1,5 metros (suma de la longitud de los conductos vertical y horizontal). Si no se dispone de declaración, la medición se efectuará para una longitud total del conducto de 1,5 metros. |
6) |
En el caso de los controles vinculados independientes, se comprobará el correcto funcionamiento de las funciones de control. |
2. Condiciones generales de eficiencia energética estacional de calefacción de espacios
1) |
La eficiencia energética estacional de calefacción de espacios (ηS ) se calculará como la eficiencia energética estacional de calefacción de espacios en modo activo (ηS,on ), corregida por las aportaciones correspondientes al control de potencia calorífica, al consumo auxiliar de electricidad y al consumo de energía del piloto permanente. |
2) |
En el caso de los aparatos de calefacción local comercializados junto con el control, la eficiencia energética estacional de calefacción de espacios se medirá y calculará a través del control contenido en el embalaje. |
3) |
En el caso de los aparatos de calefacción local comercializados sin un control, la eficiencia energética estacional de calefacción de espacios se medirá y calculará para cada combinación diferente de aparato de calefacción local y funciones de control indicadas por el fabricante, importador o representante autorizado con arreglo al anexo II, punto 4.2, letra a). |
3. Condiciones generales para las emisiones
En el caso de los aparatos de calefacción local que utilizan combustibles gaseosos o líquidos, las emisiones de óxidos de nitrógeno (NOx) se calcularán como la suma del monóxido de nitrógeno y el dióxido de nitrógeno medidos y se expresarán en dióxido de nitrógeno. La medición de las emisiones de óxidos de nitrógeno se realizará de forma simultánea a la medición de la eficiencia energética de calefacción de espacios.
A efectos de declaración y verificación, se aplica la emisión de NOx(max) a plena carga.
4. Condiciones específicas de eficiencia energética estacional de calefacción de espacios
1) |
La eficiencia energética estacional de calefacción de los aparatos de calefacción local se define de la siguiente manera:
|
2) |
la eficiencia energética estacional de calefacción de espacios en modo activo
se calculará de la siguiente manera:
|
3) |
el factor de corrección F(1) se calculará de la siguiente manera: Cuadro 9: Factor de corrección F(1) para los aparatos de calefacción local para uso comercial
|
4) |
El factor de corrección F(2) será igual a uno de los factores que figuran en el cuadro 10, según la función de control aplicable. Solo puede seleccionarse un valor; las funciones mencionadas en el cuadro 10 se activarán y estarán operativas cuando el equipo se introduzca en el mercado o se ponga en servicio y se active con su configuración inicial después de restablecerlo a sus ajustes predeterminados de fábrica; Cuadro 10. Factor de corrección F(2)
|
5) |
El factor de corrección F(3) se calculará como la suma de los valores que figuran en el cuadro 11, según la función de control aplicable; las funciones mencionadas en el cuadro 11 se activarán y estarán operativas cuando el equipo se introduzca en el mercado o se ponga en servicio y se active con su configuración inicial después de restablecerlo a sus ajustes predeterminados de fábrica; Cuadro 11: Factor de corrección F(3)
|
6) |
el factor de corrección F(4) se calculará de la siguiente manera:
|
7) |
el factor de corrección F(5) se calculará de la siguiente manera:
|
5. Modos de bajo consumo
1) |
El consumo de energía del modo desactivado (Po ), el modo preparado (Psm ) y, cuando corresponda, el modo en reposo (Pidle ) y el modo preparado en red (Pnsm ) se mide y expresa en W y se redondea al segundo decimal. Durante las mediciones del consumo de energía en modos de bajo consumo, se comprobarán y se registrarán las funciones siguientes:
Si el modo preparado incluye la visualización de información o el estado, también se proporcionará esta función cuando se ofrezca el modo preparado en red. |
2) |
En el caso de los controles vinculados independientes, el consumo eléctrico de los modos de bajo consumo se medirá a nivel de la tensión de la red. Si el consumo eléctrico de los modos de bajo consumo solo puede medirse a nivel de la corriente continua, los resultados de estas mediciones para cada modo de bajo consumo se multiplicarán por un factor de 1,5, que representa una conversión CA-CC media del 67 %, para alcanzar los valores exigidos por los requisitos aplicables a los modos de bajo consumo. |
6. PRECISIÓN DE CONTROL Y CONTROL DE LA DESVIACIÓN ENTRE LA TEMPERATURA DE CONTROL Y LA SELECCIONADA
En el caso de los aparatos de calefacción local y de los controles vinculados independientes, la CA y la CSD se medirán siempre que el fabricante declare una CA < 2K y CSD < 2K.
».Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid