EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 29,
Vista la Decisión (PESC) 2023/1532 del Consejo, de 20 de julio de 2023, relativa a medidas restrictivas habida cuenta del apoyo militar de Irán a la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania (1) y, en particular su artículo 4, apartado 1,
Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El 20 de julio de 2023, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2023/1532. |
(2) |
En sus Conclusiones de 20 y 21 de octubre de 2022, 15 de diciembre de 2022, 23 de marzo de 2023, 29 y 30 de junio de 2023 y 26 y 27 de octubre de 2023, el Consejo Europeo condenó enérgicamente el apoyo militar prestado por las autoridades iraníes a la guerra de agresión de Rusia, que debe cesar. |
(3) |
En sus Conclusiones de 12 de diciembre de 2022, el Consejo condenó enérgicamente y consideró inaceptable cualquier apoyo militar de Irán, concretamente el suministro de vehículos aéreos no tripulados (VANT), en lo que respecta a la guerra de agresión ilegal, no provocada e injustificada de Rusia contra Ucrania, que constituye una grave violación del Derecho internacional y los principios de la Carta de las Naciones Unidas. Las armas que suministra Irán están siendo utilizadas indiscriminadamente por Rusia contra la población civil y las infraestructuras ucranianas, causando gran destrucción y sufrimiento humano. |
(4) |
Rusia viene utilizando VANT fabricados en Irán, también contra civiles e infraestructuras civiles, en apoyo de su guerra de agresión, que viola la soberanía, la independencia y la integridad territorial de Ucrania. Por lo tanto, el programa iraní para el desarrollo y la fabricación de vehículos aéreos no tripulados, auspiciado por el Estado, contribuye a la violación de la Carta de las Naciones Unidas y de los principios fundamentales del Derecho internacional. Este programa lo dirigen el Ministerio de Defensa y Logística de las Fuerzas Armadas de Irán y el Cuerpo de los Guardianes de la Revolución Islámica, ambos sancionados por la Unión, e incluye la adquisición, desarrollo, fabricación y transferencia de VANT, en especial a Rusia. Se apoya en empresas públicas y privadas y se beneficia de las capacidades de investigación nacionales. |
(5)
(6) |
En ese contexto, debe incluirse a seis personas y cinco entidades en la lista de personas físicas o jurídicas, entidades y organismos sujetos a medidas restrictivas que figura en el anexo de la Decisión (PESC) 2023/1532.
Por lo tanto, procede modificar la Decisión (PESC) 2023/1532 en consecuencia. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
El anexo de la Decisión (PESC) 2023/1532 se modifica de conformidad con el anexo de la presente Decisión.
La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 11 de diciembre de 2023.
Por el Consejo
El Presidente
J. BORRELL FONTELLES
(1) DO L 186 de 25.7.2023, p. 20.
En el anexo de la Decisión (PESC) 2023/1532 se añaden el encabezado y las entradas siguientes bajo el epígrafe «Lista de personas físicas o jurídicas, entidades y organismos a que se refiere el artículo 3»:
«A. |
Personas físicas
|
B. |
Personas jurídicas, entidades y organismos
|
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