LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) n.o 1257/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013, relativo al reciclado de buques y por el que se modifican el Reglamento (CE) n.o 1013/2006 y la Directiva 2009/16/CE (1), y en particular su artículo 16,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El artículo 6, apartado 2, letra a), del Reglamento (UE) n.o 1257/2013 exige a los propietarios de buques que garanticen que los buques destinados a ser reciclados solo se reciclen en instalaciones de reciclado de buques que figuren en la lista europea de tales instalaciones («lista europea») publicada con arreglo a lo dispuesto en el artículo 16, apartado 2, de dicho Reglamento. |
(2) |
La lista europea figura en la Decisión de Ejecución (UE) 2016/2323 de la Comisión (2) |
(3) |
Las autorizaciones de AF Offshore Decom, Green Yard AS y Aker Solutions AS (Stord), instalaciones de reciclado de buques situadas en Noruega, expiran el 28 de enero de 2024. Las autorizaciones de las instalaciones de reciclado de buques Fosen Gjenvinning AS y Norscrap West AS, también situadas en Noruega, expiran el 9 de enero de 2024 y el 1 de marzo de 2024, respectivamente. La Comisión ha recibido información de ese país según la cual, antes de su expiración, se ha renovado la autorización concedida a esas instalaciones para llevar a cabo actividades de reciclado de buques, de acuerdo con el artículo 14 del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Además, Noruega informó a la Comisión de los cambios relativos al método de reciclado y al tipo y tamaño de los buques aceptados por AF Offshore Decom, de los cambios relativos a la capacidad máxima anual de reciclado de buques notificada por Green Yard AS y Aker Solutions AS (Stord) y de los cambios relativos al tipo y tamaño de los buques, las limitaciones y las condiciones, así como la capacidad máxima anual de reciclado de buques notificada por Norscrap West AS. Asimismo, Finlandia informó a la Comisión de un cambio que debía introducirse en la fecha de expiración de la autorización de Turun Korjaustelakka Oy (Turku Repair Yard Ltd), Letonia de un cambio relativo a la capacidad máxima anual de reciclado de buques notificado por «Galaksis N» Ltd y los Países Bajos de los cambios en los datos de contacto de Damen Verolme Rotterdam B.V. y DECOM Amsterdam B.V. Por tanto, la lista europea debe actualizarse en consecuencia. |
(4) |
La Comisión ha recibido información de Dinamarca de que su autoridad competente ha retirado la autorización para llevar a cabo el reciclado de buques concedida a Stena Recycling A/S, ya que la instalación no lleva a cabo actividades de reciclado de buques. Por lo tanto, esta instalación debe suprimirse de la lista europea. |
(5) |
La Comisión ha recibido información de los Países Bajos según la cual Scheepssloperij Nederland B.V. ya no se dedica a la actividad de reciclado de buques. Por consiguiente, la autoridad competente ha retirado la autorización de la instalación para llevar a cabo el reciclado de buques. Por lo tanto, esta instalación debe suprimirse de la lista europea. |
(6) |
La Comisión ha recibido información de Noruega de que Lutelandet Offshore AS ya no se dedica a la actividad de reciclado de buques. Por consiguiente, la autoridad competente ha retirado la autorización de la instalación para llevar a cabo el reciclado de buques. Por lo tanto, esta instalación debe suprimirse de la lista europea. |
(7) |
La inclusión en la lista europea de Leyal Gemi Söküm Sanayi ve Ticaret Ltd y Leyal-Demtaş Gemi Söküm Sanayi ve Ticaret A.Ş, instalaciones de reciclado de buques situadas en Turquía, expira el 9 de diciembre de 2023. La Comisión ha recibido información de Leyal Gemi Söküm Sanayi ve Ticaret Ltd y Leyal-Demtaand Gemi Söküm Sanayi ve Ticaret A.Ş. sobre su deseo de renovar su inclusión en la lista europea, de conformidad con el artículo 15 del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Tras haber evaluado la información y la documentación aportadas y recabadas con arreglo al artículo 15 del Reglamento (UE) n.o 1257/2013, la Comisión considera que las instalaciones cumplen los requisitos establecidos en el artículo 13 de dicho Reglamento para llevar a cabo operaciones de reciclado de buques. Por consiguiente, debe renovarse la inclusión de dichas instalaciones de reciclado de buques en la lista europea. |
(8) |
La inclusión en la lista europea de International Shipbreaking Limited L.L.C, una instalación de reciclado de buques situada en los Estados Unidos de América, expira el 9 de diciembre de 2023. La Comisión ha recibido de International Shipbreaking Limited L.L.C información sobre su deseo de renovar su inclusión en la lista europea, de conformidad con el artículo 15 del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. La Comisión ha evaluado la información y la documentación aportadas y recabadas de conformidad con el artículo 15 de dicho Reglamento. La Comisión considera que la instalación cumple los requisitos establecidos en el artículo 13 del Reglamento (UE) n.o 1257/2013 para llevar a cabo operaciones de reciclado de buques. Por consiguiente, debe renovarse la inclusión de dicha instalación de reciclado de buques en la lista europea. |
(9) |
Procede, por tanto, modificar la Decisión de Ejecución (UE) 2016/2323 en consecuencia. |
(10) |
Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité establecido por el artículo 25 del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
El anexo de la Decisión de Ejecución (UE) 2016/2323 se sustituye por el texto que figura en el anexo de la presente Decisión.
La presente Decisión entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 6 de diciembre de 2023.
Por la Comisión
La Presidenta
Ursula VON DER LEYEN
(1) DO L 330 de 10.12.2013, p. 1. ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2013/1257/oj.
(2) Decisión de Ejecución (UE) 2016/2323 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2016, por la que se establece la lista europea de instalaciones de reciclado de buques con arreglo al Reglamento (UE) n.o 1257/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al reciclado de buques (DO L 345 de 20.12.2016, p. 119, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec_impl/2016/2323/oj).
«ANEXO
Lista europea de instalaciones de reciclado de buques contemplada en el artículo 16 del Reglamento (UE) n.o 1257/2013
Parte A
Instalaciones de reciclado de buques situadas en un Estado miembro
Nombre de la instalación | Método de reciclado | Tipo y tamaño de los buques que pueden reciclarse | Limitaciones y condiciones que rigen el funcionamiento de la instalación, incluida la gestión de residuos peligrosos | Información sobre el procedimiento, expreso o tácito, de aprobación del plan de reciclado por las autoridades competentes (1) | Capacidad máxima anual de reciclado, calculada como la suma del peso de los buques, expresado en LDT, que se ha reciclado en la instalación en un año determinado (2) | Fecha de expiración de la inclusión en la lista europea (3) | |||||
BÉLGICA | |||||||||||
NV Galloo Recycling Ghent
Teléfono: +32 92512521 Correo electrónico: peter.wyntin@galloo.com | Atraque en muelle (embarcadero), rampa | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque: Eslora: 265 metros Manga: 37 metros Calado: 12,5 metros |
| Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 30 días. | 34 000 (4) | 31 de marzo de 2025 | |||||
BULGARIA | |||||||||||
Ship and Industrial Service Ltd
Teléfono: +359 888334114 Correo electrónico: d_kondov@yahoo.co.uk | Dique seco | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque: Eslora: 140 metros Manga: 16 metros Calado: 6 metros Peso en rosca: 1 800 toneladas | Las limitaciones y condiciones se establecen en el permiso de gestión de residuos (Decisión n.o 03-DO-655-00/25.1.2019). | Aprobación expresa, con un período máximo de revisión de 30 días. La autoridad competente para la decisión de aprobación es el director de la oficina regional de inspección en materia de medio ambiente y agua donde se encuentra la instalación de reciclado de buques. | 12 500 (5) | 25 de enero de 2024 | |||||
DINAMARCA | |||||||||||
FAYARD A/S
www.fayard.dk Teléfono: +45 75920000 Correo electrónico: fayard@fayard.dk | Dique seco | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque: Eslora: 415 metros Manga: 90 metros Calado: 7,8 metros | La instalación de reciclado de buques está regulada conforme a la legislación aplicable y las condiciones previstas en el permiso ambiental de 7 de noviembre de 2018 expedido por el municipio de Kerteminde. En el permiso ambiental se prevén las condiciones relativas a las horas de funcionamiento, condiciones de funcionamiento especiales, condiciones de manipulación y almacenamiento de los residuos, y la condición de que las actividades tengan lugar en un dique seco. | Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 14 días. | 916,34 (6) | 22 de mayo de 2028 | |||||
Fornæs ApS
www.fornaes.com Teléfono: +45 86326393 Correo electrónico: recycling@fornaes.dk | Atraque en muelle, dique seco | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque: Eslora: 150 metros Manga: 25 metros Calado: 7 metros Arqueo bruto: 10 000 | El municipio de Norddjurs tiene derecho a asignar los residuos peligrosos a instalaciones receptoras autorizadas desde el punto de vista ambiental. | Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 14 días. | 30 000 (7) | 12 de mayo de 2026 | |||||
Jatob ApS
www.jatob.dk Teléfono: +45 86681689 Email: post@jatob.dk mathias@jatob.dk | Atraque en muelle, grada | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque: Eslora: 150 metros Manga: 30 metros Calado: 6 metros | La manipulación y el almacenamiento de las fracciones de residuos están sujetos a una autorización medioambiental. Los residuos peligrosos pueden quedar almacenados de forma provisional en la instalación durante un período máximo de un año. | Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 14 días. | 13 000 (8) | 9 de marzo de 2025 | |||||
Modern American Recycling Services Europe (M.A.R.S)
www.modernamericanrecyclingservices.com/ Teléfono: +45 30307763 Correo electrónico: kim@mars-eu.dk | Grada | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque: Eslora: 400 metros Manga: 90 metros Calado: 14 metros | Las condiciones que rigen el funcionamiento de la instalación figuran en el permiso ambiental, de 9 de marzo de 2018, y en la adenda al permiso ambiental de 12 de julio de 2022 expedido por el municipio de Frederikshavn. El municipio de Frederikshavn tiene derecho a asignar los residuos peligrosos a instalaciones receptoras autorizadas desde el punto de vista ambiental. La instalación no puede almacenar residuos peligrosos durante más de un año. | Aprobación tácita, con un período de revisión de 14 días. | 60 000 (9) | 27 de enero de 2028 | |||||
Smedegaarden A/S
www.smedegaarden.net Teléfono: +45 75128888 E-mail: m@smedegaarden.net | Atraque en muelle, grada | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque: Eslora: 200 metros* Manga: 48 metros Calado: 7,5 metros (* Si la eslora es > 170 metros, la aprobación por parte del municipio de Esbjerg es obligatoria). | Las condiciones que rigen el funcionamiento de la instalación figuran en el permiso ambiental, de 4 de junio de 2015, expedido por el municipio de Esbjerg. El municipio de Esbjerg tiene derecho a asignar los residuos peligrosos a instalaciones receptoras autorizadas desde el punto de vista ambiental. | Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 14 días. | 20 000 (10) | 11 de marzo de 2026 | |||||
ESTONIA | |||||||||||
BLRT Refonda Baltic OÜ Kopli 103, 11712 Tallin, Estonia Teléfono: +372 6102933 Fax: +372 6102444 Email: refonda@blrt.ee www.refonda.ee | A flote en el muelle y en el dique flotante | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque: Eslora: 197 metros Manga: 32 metros Calado: 9,6 metros | Permiso de residuos n.o KL-511809. Licencia de tratamiento de residuos peligrosos n.o 0546. Normas del Puerto Vene-Balti, manual de reciclado de buques MSR-Refonda. Sistema de gestión ambiental, tratamiento de residuos EP 4.4.6-1-13. La instalación puede reciclar únicamente los materiales peligrosos para los que tiene licencia. | Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 30 días. | 24 364 (11) | 15 de febrero de 2026 | |||||
ESPAÑA | |||||||||||
DESGUACE INDUSTRIAL Y NAVAL, S.L.U. (DINA)
Teléfono: +34 944971552 Correo electrónico: dina@dinascrapping.com www.redena.es | Atraque en muelle, rampa de desarme | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque: Eslora: 120 metros Manga: 20 metros Calado: 6 metros | Las limitaciones se precisan en la autorización ambiental integrada. | Aprobación tácita. La autoridad competente para la decisión de aprobación es la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma en la que esté situada la instalación. | 2 086 (12) | 3 de marzo de 2026 | |||||
DDR VESSELS XXI, SL.
Teléfono: +34 630144416 Correo electrónico: abarredo@ddr-vessels.com | Atraque en muelle, rampa de desarme | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque: Eslora: 169,9 metros (cabe la posibilidad de aceptar buques con una eslora superior que puedan efectuar un movimiento de vuelco nulo o negativo, dependiendo de los resultados de un estudio de viabilidad detallado). Manga: 25 metros | Las limitaciones se precisan en la autorización ambiental integrada. | Aprobación tácita. La autoridad competente para la decisión de aprobación es la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma en la que esté situada la instalación. | 3 600 (13) | 28 de julio de 2025 | |||||
FRANCIA | |||||||||||
Démonaval Recycling
Teléfono: +33 769791280 Correo electrónico: patrick@demonaval-recycling.fr | Atraque en muelle, dique seco | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque: Eslora: 140 metros Manga: 25 metros Calado: 5 metros | Las restricciones ambientales se determinan en la autorización de la prefectura. | Aprobación expresa; la autoridad competente para la decisión de aprobación es el ministro de Medio Ambiente. | 1 500 (14) | 21 de septiembre de 2027 | |||||
GARDET & DE BEZENAC Recycling / Groupe BAUDELET ENVIRONNEMENT – GIE MUG
Email: normandie@baudelet.fr | Flotante y grada | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque: Eslora: 150 metros Manga: 18 metros Calado: 7 metros LDT: 7 000 | Las restricciones ambientales se determinan en la autorización de la prefectura. | Aprobación expresa; la autoridad competente para la decisión de aprobación es el ministro de Medio Ambiente. | 7 730 (15) | 29 de diciembre de 2026 | |||||
Grand Port Maritime de Bordeaux
Teléfono: +33 556905800 Correo electrónico: maintenance@bordeaux-port.fr | Atraque en muelle, dique seco | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque: Eslora: 240 metros Manga: 37 metros Calado: 17 metros | Las restricciones ambientales se determinan en la autorización de la prefectura. | Aprobación expresa; la autoridad competente para la decisión de aprobación es el ministro de Medio Ambiente. | 9 000 (16) | 27 de septiembre de 2026 | |||||
Recycleurs Bretons - Navaléo
Teléfono: +33 298011106 Correo electrónico: navaleo@navaleo.fr | Atraque en muelle, dique seco | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque: Eslora: 225 metros Manga: 34 metros Calado: 27 metros | Las restricciones ambientales se determinan en la autorización de la prefectura. | Aprobación expresa; la autoridad competente para la decisión de aprobación es el ministro de Medio Ambiente. | 15 000 (17) | 19 de junio de 2025 | |||||
ITALIA | |||||||||||
San Giorgio del Porto S.p.A.
Teléfono: +39 10251561 Correo electrónico: segreteria@sgdp.it; sangiorgiodelporto@legalmail.it www.sgdp.it | Atraque en muelle, dique seco | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque: Eslora: 350 metros Manga: 75 metros Calado: 16 metros Arqueo bruto: 130 000 | Las limitaciones y restricciones se precisan en la autorización ambiental integrada. | Aprobación expresa | 38 564 (18) | 6 de junio de 2028 | |||||
LETONIA | |||||||||||
“Galaksis N”, Ltd
Teléfono: +371 29410506 Correo electrónico: galaksisn@inbox.lv | Atraque en muelle (embarcadero), dique seco | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque: Eslora: 165 metros Manga: 22 metros Calado: 7 metros Arqueo bruto: 12 000 | Autorización nacional n.o LI12IB0053 | Aprobación expresa; notificación por escrito en 30 días laborables. | 2 490 (19) | 17 de julio de 2024 | |||||
LITUANIA | |||||||||||
UAB APK
Teléfono: +370 46365776 Fax: +370 46365776 Correo electrónico: uab.apk@gmail.com | Atraque en muelle (embarcadero) | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque: Eslora: 130 metros Manga: 35 metros Calado: 10 metros Arqueo bruto: 3 500 | Autorización nacional n.o TL-KL.1-15/2015 | Aprobación expresa; notificación por escrito en 30 días laborables. | 1 500 (20) | 12 de marzo de 2025 | |||||
UAB Armar
Teléfono: +370 68532607 Correo electrónico: armar.uab@gmail.com | Atraque en muelle (embarcadero) | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque: Eslora: 80 metros Manga: 16 metros Calado: 5 metros Arqueo bruto: 1 500 | Autorización nacional n.o TL-KL.1-51/2017 | Aprobación expresa; notificación por escrito en 30 días laborables. | 3 910 (21) | 12 de abril de 2027 | |||||
UAB Demeksa
Teléfono: +370 630 69903 Correo electrónico: uabdemeksa@gmail.com | Atraque en muelle (embarcadero) | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque: Eslora: 58 metros Manga: 16 metros Calado: 5 metros Arqueo bruto: 3 500 | Autorización nacional n.o TL-KL.1-64/2019 | Aprobación expresa; notificación por escrito en 30 días laborables. | 0 (22) | 22 de mayo de 2024 | |||||
UAB Vakarų refonda
Teléfono: +370 46483940/483891 Fax: +370 46483891 Correo electrónico: refonda@wsy.lt | Atraque en muelle (embarcadero) | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque: Eslora: 230 metros Manga: 55 metros Calado: 14 metros Arqueo bruto: 70 000 | Autorización nacional n.oo(11.2)-30-161/2011/TL-KL.1-18/2015 | Aprobación expresa; notificación por escrito en 30 días laborables. | 20 140 (23) | 30 de abril de 2025 | |||||
PAÍSES BAJOS | |||||||||||
Damen Verolme Rotterdam B.V.
Teléfono: +31 181234353 Correo electrónico: hein.mangroe@damen.com | Dique seco | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque: Eslora: 400 metros Manga: 90 metros Calado: 12 metros Altura: 90 metros | La instalación cuenta con autorización para operar; esta autorización contiene limitaciones y condiciones de carácter ambiental. | Aprobación expresa | 0 (24) | 21 de mayo de 2026 | |||||
DECOM Amsterdam B.V.
Teléfono: +31 235581937 Email: info@decomamsterdam.nl | Trabajos preparatorios en el muelle, traslado a tierra para desguace. | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque: Eslora: 240 metros Manga: 50 metros Calado: 9 metros | La instalación cuenta con autorización para operar; esta autorización contiene limitaciones y condiciones de carácter ambiental. | Aprobación expresa | 17 500 (25) | 5 de octubre de 2026 | |||||
Hoondert Services & Decommissioning B.V.
Teléfono: +31 113352510 Correo electrónico: info@hsd.nl | Trabajos preparatorios en el muelle, traslado a tierra para desguace. | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque: Eslora: 175 metros Manga: 40 metros Calado: 10 metros | La instalación cuenta con autorización para operar; esta autorización contiene limitaciones y condiciones de carácter ambiental. | Aprobación expresa | 30 000 (26) | 26 de enero de 2026 | |||||
Sagro Aannemingsmaatschappij Zeeland B.V.
Teléfono: +31 113351710 Correo electrónico: slf@sagro.nl | Trabajos preparatorios en el muelle, traslado a tierra para desguace. | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque: Eslora: 120 metros Manga: 20 metros Calado: 6 metros | La instalación cuenta con autorización para operar; esta autorización contiene limitaciones y condiciones de carácter ambiental. | Aprobación expresa | 15 000 (27) | 28 de marzo de 2024 | |||||
NORUEGA | |||||||||||
Arise Recycling AS (previously ADRS Decom Gulen) Dirección de la instalación:
Dirección administrativa:
Noruega https://adrs.no/ | Atraque en muelle, grada, dique seco/húmedo | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque: Eslora: 360 metros Manga: sin límite Calado: sin límite | Autorización nacional n.o 2019.0501.T | Aprobación expresa | 0 (28) | 1 de octubre de 2024 | |||||
AF Offshore Decom
https://afgruppen.com/Decommissioning/ | Alongside, quayside | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque: Eslora: 500 metros Manga: sin límite Calado: sin límite | Autorización nacional n.o 2005.0038.T | Aprobación expresa | 31 000 (29) | 10 de diciembre de 2028 (30) | |||||
Green Yard AS
Tél: +47 90098185 www.greenyard.no | Dique seco (de interior), grada | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque: Eslora: 230 metros Manga: 25 metros Calado: 20 metros | Autorización nacional n.o 2018.0833.T Las operaciones de desmantelamiento de mayor envergadura deben realizarse en un espacio interior. Las únicas operaciones de desmantelamiento y corte que pueden llevarse a cabo en el exterior son aquellas de pequeña envergadura que resulten necesarias para acomodar los buques en la instalación cerrada. Véanse los pormenores en la autorización. | Aprobación expresa | 30 000 (31) | 10 de diciembre de 2028 (32) | |||||
Green Yard Kleven AS
www.kleven.no | Atraque en muelle, grada | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque: Eslora: 170 metros Manga: 35 metros Calado: sin límite | Autorización nacional n.o 2021.0011.T | Aprobación expresa | 0 (33) | 9 de abril de 2026 | |||||
Fosen Gjenvinning AS
Teléfono: +47 40039479 Correo electrónico: knut@fosengjenvinning.no | Atraque en muelle | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013, con la excepción de las plataformas o los buques utilizados para la extracción de hidrocarburos. Dimensiones máximas del buque: Eslora: 150 metros Manga: 20 metros Calado: 7 metros | Autorización nacional n.o 2006.0250.T | Aprobación expresa | 8 000 (34) | 10 de diciembre de 2028 (35) | |||||
Aker Solutions AS (Stord)
www.kvaerner.com | Atraque en muelle (embarcadero), grada | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque: Eslora: 230 metros Manga: sin límite Calado: sin límite | Autorización nacional n.o 2013.0111.T | Aprobación expresa | 60 000 (36) | 10 de diciembre de 2028 (37) | |||||
Norscrap West AS
www.norscrap.no | Grada de desmontaje flotante. Con carácter facultativo en función de la complejidad, además: 1. Desmantelamiento en muelle y subsiguiente desguace en suelos impermeables con sistemas de drenaje eficaces. 2. Dique seco | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque: Eslora: 150 metros Manga: 34 metros Calado: 5 metros /superior dependiendo del método de reciclado. | Autorización nacional n.o 2017.0864.T Máximo 8 000 LDT en la grada flotante. Los buques de más de 8 000 LDT deben desmantelarse utilizando otro método de reciclado | Aprobación expresa | 25 000 (38) | 10 de diciembre de 2028 (39) | |||||
FINLANDIA | |||||||||||
Turun Korjaustelakka Oy (Turku Repair Yard Ltd)
Teléfono: +358 244511 Email try@turkurepairyard.com | Atraque en muelle, dique seco | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque: Eslora: 250 metros Manga: 40 metros Calado: 7,9 metros | Las limitaciones se precisan en la autorización ambiental nacional. | Aprobación expresa | 20 000 (40) | 14 de diciembre de 2025 | |||||
REINO UNIDO (IRLANDA DEL NORTE) | |||||||||||
Harland and Wolff (Belfast) Ltd
Teléfono: +44 2890534189 Fax: +44 2890458515 E-mail Eoghan.Rainey@harland-wolff.com | Dique seco y embarcadero | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque: Eslora: 556 metros Manga: 93 metros Calado: 7,5 metros TPM: 550 000 | La instalación dispone de una licencia de tratamiento de residuos (número de autorización LN/20/11) que determina los límites de las operaciones y las condiciones a las que ha de atenerse el responsable de su explotación. | Aprobación expresa | 12 000 (41) | 16 de junio de 2025 |
Parte B
Instalaciones de reciclado de buques situadas en un tercer país
Nombre de la instalación | Método de reciclado | Tipo y tamaño de los buques que pueden reciclarse | Limitaciones y condiciones que rigen el funcionamiento de la instalación, incluida la gestión de residuos peligrosos | Información sobre el procedimiento, expreso o tácito, de aprobación del plan de reciclado por las autoridades competentes (42) | Capacidad máxima anual de reciclado, calculada como la suma del peso de los buques, expresado en LDT, que se ha reciclado en la instalación en un año determinado (43) | Fecha de expiración de la inclusión en la lista europea (44) | |||||
TURQUÍA | |||||||||||
Anadolu Gemi Söküm Orman Ürn. Gida Tur. Nak. San. Ve Tic. A.Ş.
Teléfono: +90 2326182102 Correo electrónico: info@anadolugs.com | Desembarque | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013, con la excepción de las plataformas. Dimensiones máximas del buque: Eslora: sin límite Manga: 50 metros Calado: 12 metros | La instalación cuenta con un permiso de desmantelamiento de buques, expedido por el Ministerio de Medio Ambiente y Urbanismo, y con un certificado de autorización para el desmantelamiento de buques, expedido por el Ministerio de Transporte e Infraestructuras, que establecen límites y condiciones para la explotación de la instalación. | Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 15 días. El plan de reciclado de buques forma parte de un conjunto de documentos, estudios y permisos/licencias que se presenta a las autoridades competentes a fin de obtener la autorización para el desmantelamiento de un buque. No hay ni una aprobación ni un rechazo expresos del plan en cuanto que documento independiente. | 111 823 (45) | 17 de agosto de 2028 | |||||
Avsar Gemi Sokum San. Dis Tic. Ltd Sti.
Teléfono: +90 2326182107 – 08 - 09 Email: info@avsargemiltd.com | Desembarque | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013, con la excepción de las plataformas. Dimensiones máximas del buque: Eslora: sin límite Manga: 50 metros Calado: 15 metros | La instalación cuenta con un permiso de desmantelamiento de buques, expedido por el Ministerio de Medio Ambiente y Urbanismo, y con un certificado de autorización para el desmantelamiento de buques, expedido por el Ministerio de Transporte e Infraestructuras, que establecen límites y condiciones para la explotación de la instalación. | Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 15 días. El plan de reciclado de buques forma parte de un conjunto de documentos, estudios y permisos/licencias que se presenta a las autoridades competentes a fin de obtener la autorización para el desmantelamiento de un buque. No hay ni una aprobación ni un rechazo expresos del plan en cuanto que documento independiente. | 54 224 (46) | 2 de diciembre de 2025 | |||||
BMS GEMİ GERİ DÖNÜŞÜM SAN. VE TİC. A.Ş.
Teléfono: +90 2326182220 Correo electrónico: bms@bmsgemi.com | Desembarque | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013, con la excepción de las plataformas. Dimensiones máximas del buque: Eslora: sin límite Manga: 49 metros Calado: 10 metros | La instalación cuenta con un permiso de desmantelamiento de buques, expedido por el Ministerio de Medio Ambiente y Urbanismo, y con un certificado de autorización para el desmantelamiento de buques, expedido por el Ministerio de Transporte e Infraestructuras, que establecen límites y condiciones para la explotación de la instalación. | Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 15 días. El plan de reciclado de buques forma parte de un conjunto de documentos, estudios y permisos/licencias que se presenta a las autoridades competentes a fin de obtener la autorización para el desmantelamiento de un buque. No hay ni una aprobación ni un rechazo expresos del plan en cuanto que documento independiente. | 37 132 (47) | 17 de agosto de 2028 | |||||
EGE CELIK SAN. VE TIC. A.S.
Teléfono: +90 2326182162 Email: pamirtaner@egecelik.com | Desembarque | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque: Eslora: sin límite Manga: 50 metros Calado: 15 metros | La instalación cuenta con un permiso de desmantelamiento de buques, expedido por el Ministerio de Medio Ambiente y Urbanismo, y con un certificado de autorización para el desmantelamiento de buques, expedido por el Ministerio de Transporte e Infraestructuras, que establecen límites y condiciones para la explotación de la instalación. | Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 15 días. El plan de reciclado de buques forma parte de un conjunto de documentos, estudios y permisos/licencias que se presenta a las autoridades competentes a fin de obtener la autorización para el desmantelamiento de un buque. No hay ni una aprobación ni un rechazo expresos del plan en cuanto que documento independiente. | 55 503 (48) | 12 de febrero de 2025 | |||||
LEYAL GEMİ SÖKÜM SANAYİ ve TİCARET LTD
Teléfono: +90 2326182030 Email: info@leyal.com.tr | Desembarque | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque: Eslora: sin límite Manga: 100 metros Calado: 15 metros | La instalación cuenta con un permiso de desmantelamiento de buques, expedido por el Ministerio de Medio Ambiente y Urbanismo, y con un certificado de autorización para el desmantelamiento de buques, expedido por el Ministerio de Transporte e Infraestructuras, que establecen límites y condiciones para la explotación de la instalación. | Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 15 días. El plan de reciclado de buques forma parte de un conjunto de documentos, estudios y permisos/licencias que se presenta a las autoridades competentes a fin de obtener la autorización para el desmantelamiento de un buque. No hay ni una aprobación ni un rechazo expresos del plan en cuanto que documento independiente. | 64 815 (49) | 10 de diciembre de 2028 | |||||
LEYAL-DEMTAŞ GEMİ SÖKÜM SANAYİ ve TİCARET A.Ş.
Teléfono: +90 2326182065 Correo electrónico: demtas@leyal.com.tr | Desembarque | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque: Eslora: sin límite Manga: 63 metros Calado: 15 metros | La instalación cuenta con un permiso de desmantelamiento de buques, expedido por el Ministerio de Medio Ambiente y Urbanismo, y con un certificado de autorización para el desmantelamiento de buques, expedido por el Ministerio de Transporte e Infraestructuras, que establecen límites y condiciones para la explotación de la instalación. | Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 15 días. El plan de reciclado de buques forma parte de un conjunto de documentos, estudios y permisos/licencias que se presenta a las autoridades competentes a fin de obtener la autorización para el desmantelamiento de un buque. No hay ni una aprobación ni un rechazo expresos del plan en cuanto que documento independiente. | 57 275 (50) | 10 de diciembre de 2028 | |||||
KILIÇLAR GERİ DÖNÜŞÜMLÜ MADDELER VE METAL SAN. TİC A.Ş. Atatürk Mahallesi, Aygaz Caddesi n.o 57 20 nolu parsel Aliaga-Izmir 35800, Turquía Teléfono: +90 2326182217 Correo electrónico: gemisokum@kiliclar.com.tr | Desembarque | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013, con la excepción de las plataformas. Dimensiones máximas del buque: Eslora: sin límite Manga: 49 metros Calado: 15 metros | La instalación cuenta con un permiso de desmantelamiento de buques, expedido por el Ministerio de Medio Ambiente y Urbanismo, y con un certificado de autorización para el desmantelamiento de buques, expedido por el Ministerio de Transporte e Infraestructuras, que establecen límites y condiciones para la explotación de la instalación. | Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 15 días. El plan de reciclado de buques forma parte de un conjunto de documentos, estudios y permisos/licencias que se presenta a las autoridades competentes a fin de obtener la autorización para el desmantelamiento de un buque. No hay ni una aprobación ni un rechazo expresos del plan en cuanto que documento independiente. | 16 711 (51) | 17 de agosto de 2028 | |||||
ÖGE GEMİ SÖKÜM İTH. İHR. TİC. SAN.AŞ.
Teléfono: +90 2326182105 Email: oge@ogegemi.com www.ogegemi.com | Desembarque | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque: Eslora: sin límite Manga: 70 metros Calado: 15 metros | La instalación cuenta con un permiso de desmantelamiento de buques, expedido por el Ministerio de Medio Ambiente y Urbanismo, y con un certificado de autorización para el desmantelamiento de buques, expedido por el Ministerio de Transporte e Infraestructuras, que establecen límites y condiciones para la explotación de la instalación. | Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 15 días. El plan de reciclado de buques forma parte de un conjunto de documentos, estudios y permisos/licencias que se presenta a las autoridades competentes a fin de obtener la autorización para el desmantelamiento de un buque. No hay ni una aprobación ni un rechazo expresos del plan en cuanto que documento independiente. | 62 471 (52) | 12 de febrero de 2025 | |||||
Sök Denizcilik Tic. Ltd Sti
Teléfono: +90 2326182092 Email: info@sokship.com | Desembarque | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque: Eslora: sin límite Manga: 90 metros Calado: 15 metros | La instalación cuenta con un permiso de desmantelamiento de buques, expedido por el Ministerio de Medio Ambiente y Urbanismo, y con un certificado de autorización para el desmantelamiento de buques, expedido por el Ministerio de Transporte e Infraestructuras, que establecen límites y condiciones para la explotación de la instalación. | Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 15 días. El plan de reciclado de buques forma parte de un conjunto de documentos, estudios y permisos/licencias que se presenta a las autoridades competentes a fin de obtener la autorización para el desmantelamiento de un buque. No hay ni una aprobación ni un rechazo expresos del plan en cuanto que documento independiente. | 66 167 (53) | 12 de febrero de 2025 | |||||
REINO UNIDO | |||||||||||
Dales Marine Services Ltd
Teléfono: + 44 1314543380; + 44 7834658588 Correo electrónico: Phil@dalesmarine.co.uk | Dique seco y embarcadero | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013, con la excepción de las plataformas. Dimensiones máximas del buque: Eslora: 165 metros Manga: 20 metros Calado: 7,7 metros | La instalación dispone de una licencia de tratamiento de residuos (número de autorización WML/L/1157331) que determina los límites de las operaciones y las condiciones a las que ha de atenerse el responsable de su explotación. | Aprobación expresa | 5 019 (54) | 22 de mayo de 2027 | |||||
Kishorn Port Ltd
Teléfono: +44 1397773840 Correo electrónico: enquiries@kishornportltd.com alasdair@kishornportltd.com frank@fergusontransport.co.uk | Dique seco | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque: Eslora: 160 metros Manga: 160 metros Calado: 13,8 metros LDT: 26 448 | La instalación dispone de una licencia de tratamiento de residuos (número de autorización WML/L/1175043, modificación 01 y WML/L/1175043, modificación 02) que determina los límites de las operaciones y las condiciones a las que ha de atenerse el responsable de su explotación. | Aprobación expresa | 38 148 (55) | 22 de mayo de 2027 | |||||
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA | |||||||||||
International Shipbreaking Limited L.L.C
Teléfono: +1 9568312299 Correo electrónico: chris.green@internationalshipbreaking.com robert.berry@internationalshipbreaking.com | Atraque en muelle (embarcadero), rampa | Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque: Eslora: 366 metros Manga: 48 metros Calado: 9 metros | Las condiciones en las que la instalación está autorizada a operar se definen en los permisos, certificados y autorizaciones expedidos a la instalación por la Agencia de Protección del Medio Ambiente, la Comisión de Calidad Ambiental de Texas, la Oficina General de Suelo de Texas y la Guardia Costera de los Estados Unidos. La Ley sobre el control de sustancias tóxicas de los Estados Unidos prohíbe la importación en los EE.UU. de buques bajo pabellón extranjero que contengan concentraciones de PCB superiores a 50 partes por millón. La instalación cuenta con dos gradas con rampas para el reciclado final de los buques (East Slip y West Slip). Los buques que enarbolan pabellón de los Estados miembros de la UE se reciclan exclusivamente en la rampa de East Slip. | En la actualidad, la legislación de los Estados Unidos no prevé ningún procedimiento relativo a la aprobación de planes de reciclado de buques. | 120 000 (56) | 10 de diciembre de 2028 |
(1) A que hace referencia el artículo 7, apartado 3, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.
(2) A que hace referencia el artículo 32, apartado 1, letra a), tercera frase, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.
(3) La fecha de expiración de la inclusión en la lista europea corresponde a la fecha de expiración del permiso o autorización concedido a la instalación en el Estado miembro.
(4) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 50 000 LDT.
(5) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 12 500 LDT.
(6) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 30 000 LDT.
(7) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 50 000 LDT.
(8) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 30 000 LDT.
(9) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 200 000 LDT.
(10) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 50 000 LDT.
(11) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 36 000 LDT.
(12) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 6 000 LDT.
(13) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 60 000 LDT.
(14) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 15 000 LDT.
(15) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 12 000 LDT.
(16) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 23 000 LDT.
(17) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 40 000 LDT.
(18) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 60 000 LDT.
(19) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 10 000 LDT.
(20) Según su autorización, la instalación puede reciclar un máximo de 30 000 LDT al año.
(21) Según su autorización, la instalación puede reciclar un máximo de 6 000 LDT al año.
(22) Según su autorización, la instalación puede reciclar un máximo de 10 000 LDT al año.
(23) Según su autorización, la instalación puede reciclar un máximo de 45 000 LDT al año.
(24) De acuerdo con su autorización, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 100 000 LDT.
(25) De acuerdo con su autorización, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 47 500 LDT.
(26) De acuerdo con su autorización, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 100 000 LDT.
(27) De acuerdo con su autorización, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 100 000 LDT.
(28) Según su autorización, la instalación puede reciclar un máximo de 75 000 LDT al año
(29) Según su autorización, la instalación puede reciclar un máximo de 75 000 LDT al año.
(30) La fecha de expiración se establece con referencia al periodo de validez que corresponde a cinco años desde la fecha de entrada en vigor de la presente Decisión.
(31) Según su autorización, la instalación puede reciclar un máximo de 30 000 LDT al año.
(32) La fecha de expiración se establece con referencia al periodo de validez que corresponde a cinco años desde la fecha de entrada en vigor de la presente Decisión.
(33) Según su autorización, la instalación puede reciclar un máximo de 30 000 LDT al año.
(34) Según su autorización, la instalación puede reciclar un máximo de 10 000 LDT al año.
(35) La fecha de expiración se establece con referencia al periodo de validez que corresponde a cinco años desde la fecha de entrada en vigor de la presente Decisión.
(36) Según su autorización, la instalación puede reciclar un máximo de 85 000 LDT al año.
(37) La fecha de expiración se establece con referencia al periodo de validez que corresponde a cinco años desde la fecha de entrada en vigor de la presente Decisión.
(38) Según su autorización, la instalación puede reciclar un máximo de 85 000 LDT al año.
(39) La fecha de expiración se establece con referencia al periodo de validez que corresponde a cinco años desde la fecha de entrada en vigor de la presente Decisión.
(40) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 40 000 LDT.
(41) Según su autorización, la instalación puede reciclar un máximo de 300 000 LDT al año.
(42) A que hace referencia el artículo 7, apartado 3, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.
(43) A que hace referencia el artículo 32, apartado 1, letra a), tercera frase, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.
(44) La inclusión en la lista europea de una instalación de reciclado de buques situada en un tercer país es válida durante un período de cinco años a partir de la fecha de entrada en vigor de la correspondiente Decisión de Ejecución de la Comisión por la que se incluya esa instalación en la lista, salvo que se indique otra cosa.
(45) La capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 120 000 LDT.
(46) La capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 60 000 LDT.
(47) La capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 75 000 LDT.
(48) La capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 60 000 LDT.
(49) La capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 80 000 LDT.
(50) La capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 70 000 LDT.
(51) La capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 30 000 LDT.
(52) La capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 90 000 LDT.
(53) La capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 100 000 LDT.
(54) Según su autorización, la instalación puede reciclar un máximo de 7 275 LDT al año.
(55) Según su autorización, la instalación puede reciclar un máximo de 38 148 LDT al año.
(56) La capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 120 000 LDT.
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