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Documento DOUE-L-2023-81037

Corrección de errores del Reglamento (CE) nº. 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2002, por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria.

Publicado en:
«DOUE» núm. 183, de 20 de julio de 2023, páginas 60 a 60 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2023-81037

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1370/2013 del Consejo, de 16 de diciembre de 2013, por el que se establecen medidas relativas a la fijación de determinadas ayudas y restituciones en relación con la organización común de mercados de los productos agrícolas (1), y en particular su artículo 5, apartado 6,

Considerando lo siguiente:

(1)

De conformidad con el artículo 3 del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/39 de la Comisión (2), los Estados miembros que deseen participar en el régimen de ayudas de la Unión para la distribución de frutas y hortalizas, plátanos y leche en los centros escolares (el programa escolar) deben presentar a la Comisión su solicitud de ayuda de la Unión relativa al curso escolar siguiente a más tardar el 31 de enero de cada año y, en su caso, actualizar la solicitud de ayuda de la Unión correspondiente al curso escolar corriente.

(2)

Sobre la base de la información notificada por los Estados miembros hasta el 31 de enero de 2022, la Decisión de Ejecución (UE) 2022/493 de la Comisión (3) fijó la asignación definitiva de ayuda de la Unión para las frutas y hortalizas destinadas a los centros escolares y la leche destinada a los centros escolares entre los Estados miembros que deseen participar en el programa escolar para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2022 y el 31 de julio de 2023.

(3)

En las notificaciones presentadas hasta el 31 de agosto de 2023 de conformidad con el artículo 3 del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/39, Portugal notificó una transferencia entre la asignación definitiva para las frutas y hortalizas destinadas a los centros escolares y la asignación definitiva para la leche destinada a los centros escolares.

(4)

Procede, por tanto, modificar la Decisión de Ejecución (UE) 2022/493 en consecuencia.

(5)

Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité de la Organización Común de Mercados Agrarios.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo I de la Decisión de Ejecución (UE) 2022/493 se sustituye por el texto del anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión son los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 5 de octubre de 2023.

Por la Comisión

Janusz WOJCIECHOWSKI

Miembro de la Comisión

 

(1)   DO L 346 de 20.12.2013, p. 12.

(2)  Reglamento de Ejecución (UE) 2017/39 de la Comisión, de 3 de noviembre de 2016, por el que se establecen las normas de desarrollo del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a la ayuda de la Unión para la distribución en los centros escolares de frutas y hortalizas, plátanos y leche (DO L 5 de 10.1.2017, p. 1).

(3)  Decisión de Ejecución (UE) 2022/493 de la Comisión, de 21 de marzo de 2022, por la que establece la asignación definitiva de ayuda de la Unión a los Estados miembros para las frutas y hortalizas destinadas a los centros escolares y la leche destinada a los centros escolares para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2022 y el 31 de julio de 2023 y por la que se modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2021/462 (DO L 100 de 28.3.2022, p. 55).

ANEXO
«ANEXO I

                                                                                                                                                                                                                                                                                             Curso escolar 2022/2023

Estado miembro

Asignación definitiva para las frutas y hortalizas destinadas a centros escolares

EUR

Asignación definitiva para la leche destinada a centros escolares

EUR

Bélgica

3 405 460

1 613 199

Bulgaria

2 145 826

1 030 342

Chequia

3 515 512

2 000 127

Dinamarca

1 855 060

1 578 658

Alemania

20 867 400

9 614 058

Estonia

520 903

779 265

Irlanda

1 811 303

1 033 661

Grecia

3 221 670

1 550 685

España

13 442 293

6 152 902

Francia

16 271 478

16 146 588

Croacia

1 390 541

800 354

Italia

17 117 780

8 003 535

Chipre

390 044

400 177

Letonia

658 180

748 041

Lituania

966 451

1 135 641

Luxemburgo

295 111

205 725

Hungría

3 122 448

1 945 693

Malta

293 504

201 724

Países Bajos

6 006 511

642 270

Austria

2 401 768

944 680

Polonia

12 494 071

10 739 507

Portugal

2 933 397

2 570 981

Rumanía

6 900 318

10 455 944

Eslovenia

570 823

311 770

Eslovaquia

1 872 965

1 070 557

Finlandia

1 799 047

3 624 689

Suecia

0

9 233 498

Total

126 269 864

94 534 271

»

 

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 20/07/2023
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 178/2002, de 28 de enero (Ref. DOUE-L-2002-80201).
Materias
  • Alimentación
  • Alimentos para animales
  • Armonización de legislaciones
  • Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria
  • Consumidores y usuarios
  • Productos alimenticios
  • Salud
  • Sanidad

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