En la página 4, en el artículo 1 (Modificaciones del Reglamento (UE) 2018/1727), punto 2 (nuevo apartado 8 del artículo 80), párrafo tercero y frase introductoria del párrafo cuarto:
donde dice:
«No obstante lo dispuesto en el artículo 90 del Reglamento (UE) 2018/1725, Eurojust consultará al SEPD con anterioridad a la utilización de la instalación de gestión y almacenamiento automatizados de datos. El SEPD emitirá su dictamen en un plazo de dos meses a partir de la recepción de la notificación del responsable de la protección de datos.
La notificación del responsable de la protección de datos a que se refiere el párrafo tercero contendrá, como mínimo, los elementos siguientes:»,
debe decir:
«No obstante lo dispuesto en el artículo 90 del Reglamento (UE) 2018/1725, Eurojust consultará al SEPD con anterioridad a la utilización de la instalación de gestión y almacenamiento automatizados de datos. El SEPD emitirá su dictamen en un plazo de dos meses a partir de la recepción de la notificación del delegado de protección de datos.
La notificación del delegado de protección de datos a que se refiere el párrafo tercero contendrá, como mínimo, los elementos siguientes:».
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