EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 29,
Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
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El 17 de marzo de 2014, el Consejo adoptó la Decisión 2014/145/PESC (1).
La Unión mantiene su apoyo inquebrantable a la soberanía y la integridad territorial de Ucrania.
En sus Conclusiones de 9 de febrero de 2023, el Consejo Europeo reiteró la firme condena por parte de la Unión de la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania, que constituye una flagrante violación de la Carta de las Naciones Unidas. El Consejo Europeo reiteró asimismo que la Unión está dispuesta a seguir reforzando sus medidas restrictivas contra Rusia. |
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El Consejo ha estimado que existe una relación mutuamente beneficiosa entre el Gobierno de la Federación de Rusia y empresarios destacados que operan en Rusia. En particular, el Gobierno de la Federación de Rusia ha autorizado sistemáticamente a destacados empresarios rusos a acumular riqueza mediante la explotación de recursos naturales y otros recursos públicos. Habida cuenta de esta relación de dependencia mutua entre empresarios destacados y el Gobierno de la Federación de Rusia, el Consejo considera que los criterios de designación deben incluir a empresarios destacados que operen en cualquier sector económico de Rusia. Además, el Consejo considera que los criterios de designación deben ampliarse para permitir la inclusión en la lista, según proceda, de otros empresarios que participan en sectores económicos que proporcionan una fuente sustancial de ingresos al Gobierno de la Federación de Rusia, a fin de aumentar la presión sobre el Gobierno de la Federación de Rusia para que ponga fin a su guerra de agresión contra Ucrania. |
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El Consejo también ha estimado que destacados empresarios rusos han llevado a cabo una práctica sistemática de distribuir sus fondos y activos entre sus familiares directos y otras personas, a menudo con el fin de ocultar estos activos, eludir las medidas restrictivas y mantener el control sobre los recursos de que disponen. Por consiguiente, el Consejo considera que los familiares directos u otras personas físicas que se beneficien de este modo de empresarios destacados que operen en Rusia también deben ser designados como corresponda, tanto para aumentar la presión sobre el Gobierno de la Federación de Rusia para que ponga fin a su guerra de agresión contra Ucrania como para evitar el riesgo de elusión de las medidas restrictivas. |
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Con el fin de ejecutar determinadas medidas es necesaria una nueva actuación de la Unión.
Por lo tanto, procede modificar la Decisión 2014/145/PESC en consecuencia. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
La Decisión 2014/145/PESC se modifica como sigue:
1) En el artículo 1, apartado 1, la letra e) se sustituye por el texto siguiente:
«e) los principales empresarios que operen en Rusia y sus familiares directos, u otras personas físicas que se beneficien de ellos, o empresarios implicados en sectores económicos que proporcionen una fuente sustancial de ingresos al Gobierno de la Federación de Rusia, que es responsable de la anexión de Crimea y de la desestabilización de Ucrania, o».
2) En el artículo 2, apartado 1, la letra g) se sustituye por el texto siguiente:
«g) los principales empresarios que operen en Rusia y sus familiares directos, u otras personas físicas que se beneficien de ellos, o empresarios, personas jurídicas, entidades u organismos implicados en sectores económicos que proporcionen una fuente sustancial de ingresos al Gobierno de la Federación de Rusia, que es responsable de la anexión de Crimea y de la desestabilización de Ucrania, o».
La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 5 de junio de 2023.
Por el Consejo
La Presidenta
J. ROSWALL
(1) Decisión 2014/145/PESC del Consejo, de 17 de marzo de 2014, relativa a medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania (DO L 78 de 17.3.2014, p. 16).
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