LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2021/696 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de abril de 2021, por el que se crean el Programa Espacial de la Unión y la Agencia de la Unión Europea para el Programa Espacial y por el que se derogan los Reglamentos (UE) n.o 912/2010, (UE) n.o 1285/2013 y (UE) n.o 377/2014 y la Decisión n.o 541/2014/UE (1), y en particular su artículo 66, apartado 2,
Considerando lo siguiente:
(1)
(2) |
El artículo 62 del Reglamento (UE) 2021/696 establece que en el marco del componente Govsatcom deben combinarse capacidades y servicios de comunicación por satélite en un conjunto común de la Unión de tales capacidades y servicios con requisitos apropiados en materia de seguridad.
De conformidad con el artículo 66, apartado 2, del Reglamento (UE) 2021/696, la Comisión debe adoptar, mediante actos de ejecución, las normas detalladas sobre el reparto y la priorización de las capacidades de comunicación por satélite, servicios y equipos de usuario, teniendo en cuenta la demanda prevista para los distintos casos de uso de Govsatcom, el análisis de los riesgos de seguridad para tales casos de uso y, cuando proceda, la relación coste-eficacia. |
(3) |
El reparto y la priorización deben proporcionar un uso equitativo y optimizado de los recursos disponibles de Govsatcom, adaptados a las necesidades de cada participante. Con el fin de garantizar la mejor adecuación entre la oferta y la demanda de los servicios de Govsatcom, la disponibilidad de los servicios debe basarse en la oferta y la demanda de las capacidades de comunicación por satélite que se pongan en común y sean objeto de reparto y los servicios contratados. |
(4) |
Los recursos de los proveedores de recursos deben agruparse en un conjunto común de la Unión. El reparto y la priorización deben proporcionar mecanismos para la asignación de servicios a los participantes en función de sus necesidades de servicios de Govsatcom. Por consiguiente, el conjunto común de la Unión debe dividirse en una asignación fija y una asignación dinámica. La prestación garantizada de servicios se satisface mediante una asignación fija de servicios a cada participante, mientras que las necesidades no planificadas se satisfacen a través de una asignación dinámica de servicios. Debe incluirse en el conjunto común de la Unión un volumen de recursos como margen de crisis a los efectos de apoyar la prestación de servicios en caso de necesidades imprevistas, urgentes y de alta prioridad por parte de cualquier participante. |
(5) |
El reparto y la priorización deben permitir satisfacer distintas prioridades de solicitudes de servicios de Govsatcom por parte de los participantes y aplicar mecanismos adecuados para su gestión. Debe preverse un mecanismo de compensación de los servicios de Govsatcom para facilitar el uso eficiente de los recursos y evitar distorsiones del mercado. A tal efecto, debe establecerse un sistema de fichas con valores de compensación basados en el nivel de prioridad de las solicitudes. También debe preverse la posibilidad de comprar fichas adicionales o de donarlas a otro participante. |
(6)
(7) |
El número total de fichas disponibles con arreglo al presupuesto disponible debe dividirse entre la cuota total de los Estados miembros, la cuota de las instituciones de la UE y un margen de crisis.
Los recursos del conjunto común deben asignarse a servicios con arreglo a las solicitudes de servicios de los participantes que reciba el centro de Govsatcom. A tal efecto, cada participante debe determinar la pertinencia de sus usuarios y la importancia crítica de su solicitud. |
(8)
(9) |
Para garantizar la correcta gestión de las solicitudes de servicios, el centro de Govsatcom debe poner en correspondencia la solicitud de servicio y los recursos del conjunto común. Para aquellos casos en los que no se pueda establecer una correspondencia entre las solicitudes de servicios y los recursos del conjunto común que se encuentren disponibles, deberá preverse un mecanismo de resolución de conflictos.
Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del comité creado en virtud del artículo 107 del Reglamento (UE) 2021/696. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Ámbito de aplicación
1. Esta Decisión establece las normas de reparto y priorización de Govsatcom para la inclusión de recursos en un conjunto común de la Unión y el reparto de servicios entre los participantes.
2. La presente Decisión se aplica a los servicios de Govsatcom, tal como se definen en la Decisión de Ejecución (UE) 2023/1054 de la Comisión (2). Los usuarios interactúan con el centro de Govsatcom a través de la respectiva autoridad competente de Govsatcom (ACG).
Definiciones
1) Recurso asignado: recurso que se asigna a un servicio durante un período de tiempo específico, de acuerdo con la solicitud de servicio de que se trate.
2) Recurso disponible: recurso que no se ha asignado a un servicio durante un período de tiempo específico.
3) Conjunto común de la Unión o conjunto común: conjunto común de recursos que se ponen a disposición de Govsatcom a través de contratos o acuerdos con proveedores de recursos.
4) Compensación: mecanismo de pago basado en fichas.
5) Autoridad competente de Govsatcom (ACG): entidad designada por un participante de conformidad con el artículo 68, apartado 4, del Reglamento (UE) 2021/696 para llevar a cabo las tareas a las que se refiere el artículo 68, apartado 5.
6) Conflicto: situación en la que el volumen de un determinado recurso del conjunto común es inferior al volumen agregado necesario para las solicitudes de servicios durante un período de tiempo específico; como resultado, se produce un conflicto entre solicitudes de servicios relativas al mismo recurso.
7) Margen de crisis: recursos del conjunto común que se mantienen siempre disponibles para una asignación dinámica en caso de producirse solicitudes de alta prioridad para las que no exista una correspondencia de recursos disponibles en las demás partes del conjunto común.
8) Asignación dinámica: asignación de servicios y recursos a un participante en función de las solicitudes de servicios de sus usuarios que se emitan durante un período de programación del conjunto común (PPC).
9) Asignación fija: asignación de servicios y recursos para la totalidad del PPC de acuerdo con el plan presentado por cada participante, antes de la fecha de inicio del PPC.
10) Servicios de Govsatcom o servicios: servicios incluidos en la cartera de servicios de Govsatcom.
11) Servicios del centro de Govsatcom: servicios prestados por el centro de Govsatcom para facilitar el funcionamiento del sistema Govsatcom. Los servicios del centro de Govsatcom prestan apoyo a actividades como la selección, la reserva, el establecimiento y la provisión de servicios de Govsatcom, la asignación y la desasignación de recursos, etc., no incluidas en la cartera de servicios de Govsatcom.
12) Sistema Govsatcom: sistema que incluye el o los centros de Govsatcom, la infraestructura de supervisión de la seguridad de Govsatcom, las interfaces entre el o los centros de Govsatcom y las autoridades competentes de Govsatcom, las interfaces entre el o los centros de Govsatcom y los proveedores de recursos, y cualquier otra infraestructura propiedad de la UE necesaria para el suministro de las capacidades y servicios por satélite que pongan en común y compartan los proveedores de recursos y puestos a disposición de los usuarios de Govsatcom.
13) Cuenta del participante: la cuenta del participante, en la que se recogen sus fichas.
14) Cuota de participante: la parte de los recursos del conjunto común que le corresponde a un participante de Govsatcom, la cual se expresa en fichas.
15) Período de programación del conjunto común (PPC): período fijo para el cual han celebrado contratos o acuerdos la Comisión y los proveedores de recursos a los efectos de incluir sus recursos en el conjunto común de la Unión.
16) Desplazamiento por uso preferente: el descarte, la interrupción o la reducción de un servicio debido a un proceso de resolución de conflictos.
17) Recurso: en el ámbito de la comunicación por satélite, la capacidad, el servicio, el activo o el equipo de usuario utilizados para la prestación de los servicios indicados en los actos de ejecución relativos a la cartera de servicios [ref.] y que se asignan a los participantes de Govsatcom en forma de servicios.
18) Proveedor de recursos: entidad a que se refiere el artículo 64 del Reglamento (UE) 2021/696 que proporciona recursos al conjunto común de la Unión, mediante contratos o acuerdos con la Unión, y que posee y/o explota los sistemas espaciales y el segmento terrestre y las redes asociados.
19) Solicitud de recurso: solicitud presentada por el centro de Govsatcom a un proveedor de recursos con el fin de asignar o desasignar recursos puestos en común.
20) Solicitud de servicio: solicitud que una ACG presenta al centro de Govsatcom con el fin de confirmar la disponibilidad de recursos y proceder a su asignación para la prestación de un servicio.
21) Ficha: unidad utilizada para el pago (compensación) de los servicios de Govsatcom.
Conjunto común de la Unión
1. Los servicios de Govsatcom se pondrán a disposición de los participantes mediante la inclusión de recursos de los proveedores de recursos en un conjunto común.
2. Los recursos del conjunto común se pondrán a disposición a través de contratos o acuerdos celebrados entre la Comisión y los proveedores de recursos durante un período de programación del conjunto común (PPC) para cada una de las partes del conjunto común.
3. El conjunto común constará de cuatro (4) partes:
a) una parte de asignación fija, que incluye los recursos destinados a la prestación de servicios de asignación fija a los participantes de conformidad con el artículo 6;
b) una parte de asignación dinámica de prepago, que incluye los recursos destinados a la prestación de servicios solicitados a través del mecanismo de asignación dinámica de prepago de conformidad con los artículos 7 y 8;
c) una parte de asignación dinámica a demanda, que incluye los recursos destinados a la prestación de servicios solicitados a través del mecanismo de asignación dinámica a demanda de conformidad con los artículos 7 y 8, y
d) una parte correspondiente al margen de crisis, que incluye recursos destinados a la prestación de servicios cuando se trate de solicitudes dinámicas de alta prioridad para las que los recursos de otras partes del conjunto común no sean suficientes, de conformidad con el artículo 7.
4. La Comisión comunicará a los participantes sus cuotas, los servicios disponibles y los atributos conexos para el siguiente PPC, junto con sus valores expresados en fichas, a más tardar treinta semanas antes de la fecha de inicio del PPC.
5. El primer PPC comenzará en el momento de la entrada en servicio del centro de Govsatcom y su duración será de dos años. Cuando concluya un PPC, se iniciará otro PPC de la misma duración.
Compensación de los servicios de Govsatcom, fichas y cuentas
1. Los servicios de Govsatcom se repartirán y priorizarán entre los usuarios con arreglo a un sistema de compensación mediante fichas.
2. El valor de base de la compensación de un servicio consistirá en la suma de las compensaciones que se proporcionan a los proveedores de recursos para que pongan a disposición los recursos necesarios para la prestación del servicio con los atributos y la duración específicos indicados en la solicitud de servicio correspondiente. El valor de la compensación de un servicio será: a) el 80 % de su valor de base de compensación para las solicitudes de baja prioridad; b) el 100 % de su valor de base de compensación en el caso de solicitudes de prioridad media; c) el 130 % de su valor de base de compensación cuando se trate de solicitudes de alta prioridad.
3. Cada participante dispondrá de una cuenta de participante en la que se mantendrán sus fichas. La cuenta de cada participante se dividirá en dos partes: a) la parte de prepago y b) la parte de pago a demanda, las cuales se utilizarán para compensar los servicios solicitados por medio de los mecanismos de asignación dinámica de prepago o de pago a demanda, respectivamente.
El reparto de las fichas de los participantes entre una y otra parte de su cuenta lo establecerá el participante antes de la fecha de inicio del PPC a la que se refiere el artículo 6, y las fichas no podrán transferirse de una parte a la otra durante un mismo PPC.
Las fichas restantes de la parte de prepago de la cuenta se liquidarán al final del PPC con arreglo al apartado 6.
El centro de Govsatcom mantiene las cuentas de los participantes.
4. Durante un PPC, los participantes podrán utilizar euros para comprar fichas adicionales a través de la Comisión con arreglo al valor de conversión de fichas a euros definido para dicho PPC.
La Comisión informará de ello al centro de Govsatcom y las fichas adicionales se añadirán a la parte de pago a demanda de la cuenta del participante en cuestión.
5. Un participante podrá donar fichas de su cuenta a otro participante.
La transferencia de las fichas de la cuenta de un participante a la de otro la solicitará la ACG del participante donante al centro de Govsatcom, y la aceptación de la donación la emitirá la ACG del participante receptor.
Las fichas se transferirán de una parte de la cuenta del participante donante (la parte de prepago o a demanda) a la misma parte de la cuenta del participante receptor.
Un participante podrá donar a otro participante fichas de su cuota para la asignación fija de servicios de conformidad con el artículo 6, informando de ello a la Comisión.
6. El número de fichas a disposición de cada participante en la parte de prepago de su cuenta se liquidará al final del PPC y el número de fichas de la parte de prepago de las cuentas de todos los participantes se pondrá a cero.
7. Cada proveedor de recursos recibirá una compensación en euros por cada servicio prestado con éxito en el que hayan utilizado sus recursos, de conformidad con el acuerdo o contrato que haya suscrito con la Comisión.
Cuotas de los participantes
1. La Comisión definirá el número total de fichas que se distribuirán para el siguiente PPC con arreglo al presupuesto disponible y a las condiciones recogidas en los contratos y acuerdos a los que se refiere el artículo 3, apartado 2. Estas fichas se pondrán a disposición de los participantes de Govsatcom de conformidad con las normas establecidas en los apartados 2 a 5.
2. El número total de fichas se dividirá en tres partes:
a) la cuota total de los Estados miembros , que se fija en el 75 % del número total de fichas;
b) el margen de crisis , que se fija en el 10 % del número total de fichas;
c) la cuota total de las instituciones de la UE , que se fija en el 15 % del número total de fichas.
3. La cuota total de los Estados miembros se dividirá a su vez en las cuotas de cada Estado miembro. Cada Estado miembro recibirá un porcentaje (en fichas) de la cuota total de los Estados miembros proporcional al número de sus votos en el Consejo. El número de fichas que reciba un Estado miembro constituirá la cuota de participante de ese Estado miembro durante el siguiente PPC.
Si un Estado miembro no ha designado a su autoridad competente de Govsatcom al menos treinta y dos semanas antes de la fecha de inicio del PPC, sus fichas se distribuirán entre los Estados miembros que hayan designado a sus ACG a prorrata de sus cuotas.
4. La cuota total de las instituciones de la UE se dividirá a su vez en las cuotas de las instituciones de la UE. Cada institución de la UE recibirá un porcentaje (en fichas) de la cuota total de las instituciones de la UE con arreglo al plan de reparto de las instituciones de la UE que defina la Comisión para cada PPC. El número de fichas que reciba cada institución de la UE constituirá la cuota de participante de dicha institución de la UE para el siguiente PPC.
Si una institución de la UE no ha designado a su autoridad competente de Govsatcom al menos treinta y dos semanas antes de la fecha de inicio del PPC, sus fichas se distribuirán entre las instituciones de la UE que hayan designado a sus ACG a prorrata de sus cuotas según el plan de reparto de las instituciones de la UE.
5. Las fichas de la cuota de cada participante para un nuevo PPC se añadirán a las fichas restantes que puedan haber quedado en la parte de pago a demanda de la cuenta del respectivo participante al final del PPC anterior. Antes de sumarlas, las fichas restantes de la parte de pago a demanda de la cuenta del participante se convertirán en fichas para el nuevo PPC con arreglo al valor de conversión de fichas a euros correspondiente a dicho nuevo PPC.
Recursos para la asignación fija de servicios
1. Cada participante seleccionará los servicios que se le asignarán mediante asignación fija. El valor agregado de los servicios seleccionados no podrá superar el número de fichas de su cuenta.
Partiendo de esta base, los participantes elaborarán un plan que constará de:
a) las solicitudes de servicio para los servicios seleccionados, y
b) la distribución de las fichas restantes del participante entre las partes de prepago y de pago a demanda de su cuenta.
El participante enviará el plan al centro de Govsatcom, a más tardar veinte semanas antes de la fecha de inicio del PPC.
2. Al recibir los planes a que se refiere el apartado 1, el centro de Govsatcom agregará los recursos necesarios para los servicios solicitados y los comunicará a la Comisión a más tardar dieciocho semanas antes de la fecha de inicio del PPC.
La Comisión celebrará los respectivos contratos o acuerdos con los proveedores de recursos con respecto a los recursos necesarios para la asignación fija de servicios.
La Comisión comunicará al Centro de Govsatcom los contratos y acuerdos formalizados con los proveedores de recursos a más tardar diez semanas antes de la fecha de inicio del PPC.
El centro de Govsatcom evaluará la disponibilidad de los recursos necesarios para la asignación fija de servicios y, en caso de que alguno de los servicios solicitados no pueda prestarse debido a la falta de recursos suficientes de los proveedores de recursos o a cualquier otro motivo, descartará la solicitud de servicio correspondiente de conformidad con el artículo 11, apartado 4.
Las fichas relacionadas con el servicio descartado seguirán disponibles para su uso en las partes destinadas a la asignación dinámica de la cuenta del participante afectado.
3. El centro de Govsatcom informará a los participantes de los servicios que se pondrán a su disposición mediante asignación fija y de acuerdo con el plan de cada participante, a más tardar seis semanas antes de la fecha de inicio del PPC.
Del número de fichas de cada participante se deducirá el valor total de los servicios que se hayan puesto a su disposición a través del mecanismo de asignación fija, y se comunicará a cada participante el número de fichas que queden en su cuenta.
4. Tras la celebración y entrada en vigor de los contratos o acuerdos de asignación fija de servicios, los respectivos recursos se incluirán en la parte correspondiente del conjunto común.
Recursos para la asignación dinámica de servicios y parte destinada a la gestión de crisis
1. El participante podrá utilizar el número restante de fichas de su cuenta para emitir solicitudes de servicios mediante asignación dinámica de servicios. Cada participante definirá el reparto de sus fichas restantes entre las partes de prepago y a demanda de su cuenta, a más tardar cuatro semanas antes de la fecha de inicio del PPC, e informará de ello al centro de Govsatcom.
2. Los contratos o acuerdos con proveedores a los que se refiere el artículo 3, apartado 2, incluirán recursos del conjunto común de la Unión que se pondrán a disposición a través del mecanismo dinámico de asignación de prepago durante el PPC.
3. Los contratos o acuerdos con proveedores a los que se refiere el artículo 3, apartado 2, incluirán también recursos del conjunto común reservados para casos de crisis («margen de crisis»). La utilización de estos recursos se reservará para solicitudes de alta prioridad de conformidad con el artículo 9 para las que no exista una correspondencia de recursos disponibles en las demás partes del conjunto común.
4. Tras la celebración de los contratos o acuerdos de asignación dinámica de servicios y en cumplimiento de las disposiciones del apartado 7, los respectivos recursos se incluirán en las partes correspondientes del conjunto común. El valor total de estos contratos o acuerdos no podrá superar el número total de fichas disponibles para el margen de crisis y la asignación dinámica de prepago de servicios durante el PPC.
5. La Comisión tendrá en cuenta los servicios que hayan solicitado los participantes para la asignación fija a la hora de seleccionar los recursos que se incluirán en el conjunto común para la asignación dinámica de prepago y el margen de crisis.
6. La Comisión celebrará contratos o acuerdos con proveedores de recursos para la inclusión de recursos en la parte de asignación dinámica a demanda del conjunto común a través del mecanismo de asignación dinámica de pago a demanda. Estos contratos o acuerdos podrán celebrarse también durante el período de vigencia del PPC.
7. Tras la celebración de los contratos o acuerdos a los que se refieren los apartados 2 y 3, los recursos se incluirán en la parte de asignación dinámica de prepago, en la parte de asignación dinámica a demanda y en la parte destinada al margen de crisis del conjunto común de la Unión tras la entrada en vigor del correspondiente contrato o acuerdo entre la Comisión y el proveedor de recursos.
8. Los recursos quedarán excluidos del conjunto común de la Unión en el momento de la resolución del contrato o acuerdo correspondiente.
Activación de los servicios de asignación dinámica
1. Durante un PPC, cada ACG podrá solicitar servicios utilizando el mecanismo de asignación dinámica.
2. La asignación dinámica de servicios se llevará a cabo mediante la emisión de solicitudes de servicios de conformidad con los artículos 9 y 10. Las solicitudes de servicios para la asignación dinámica de servicios se efectuarán bien a través de una solicitud de servicio de prepago o bien a través de una solicitud de servicio de pago a demanda.
3. Cada ACG definirá la proporción entre las partes de prepago y de pago a demanda de las fichas asignadas a los servicios de asignación dinámica antes del inicio de cada PPC.
4. La ACG del participante emitirá las solicitudes de servicios al centro de Govsatcom.
Solicitudes de servicios
1. Cada participante determinará la pertinencia de sus usuarios con arreglo a una escala que va del cero al dos.
2. Cada usuario deberá determinar el nivel de importancia crítica de su solicitud (3) de acuerdo con una escala que va del cero al dos, e informará de ello a su ACG.
3. La prioridad de una solicitud de servicio se determinará en función de la pertinencia del usuario y la importancia crítica de la solicitud. La puntuación de la prioridad es el resultado de multiplicar la pertinencia y la importancia crítica con arreglo a la norma definida en el anexo.
4. Cada solicitud de servicio presentada por la ACG al centro de Govsatcom incluirá la puntuación de la prioridad a la que se refiere el apartado 3. El intervalo de puntuación de la prioridad va de cero (0) a cuatro (4) y describe tres niveles de prioridad: i) prioridad baja, cuando la puntuación de la prioridad es igual a cero; ii) prioridad media, cuando las puntuaciones de la prioridad son superiores a cero e inferiores a cuatro; iii) prioridad alta, cuando la puntuación de la prioridad es igual a cuatro.
En cada solicitud de servicio de asignación dinámica se identificará la subcategoría a la que pertenece: i) de prepago o ii) de pago a demanda.
La solicitud de servicio incluirá también el identificador del participante de que se trate.
5. El procedimiento y las normas de reparto y priorización entre los usuarios de Govsatcom autorizados por un mismo participante los determinará dicho participante y los aplicará su ACG.
6. Las solicitudes de servicios de alta prioridad incluirán una opción de persistencia de treinta días. El tratamiento de las solicitudes de servicios de alta prioridad con la opción de persistencia activada se rige por lo dispuesto en el artículo 10. Siempre que no se hayan asignado aún recursos a la solicitud de servicio y se haya activado la opción de persistencia, el centro de Govsatcom realizará de forma habitual la puesta en correspondencia de la solicitud de servicio y los recursos disponibles del conjunto común. En caso de que se encuentren nuevos recursos coincidentes en el conjunto común, el centro de Govsatcom actualizará la propuesta de servicio y la transmitirá al usuario a través de la ACG correspondiente.
7. Una ACG podrá solicitar la cancelación de un servicio de asignación dinámica enviando una solicitud de cancelación de servicio al centro de Govsatcom. La tramitación de la solicitud de cancelación del servicio se llevará a cabo de conformidad con el artículo 10, apartado 5.
Tramitación de las solicitudes de servicios
1. Tras la recepción de una solicitud de servicio, el centro de Govsatcom evaluará su validez y exhaustividad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 y en la Decisión de Ejecución (UE) 2023/1054. El centro de Govsatcom rechazará las solicitudes no válidas o incompletas e informará de ello al emisor.
2. El centro de Govsatcom pondrá en correspondencia la solicitud de servicio y los recursos del conjunto común. La adecuación entre las solicitudes de asignación dinámica de servicios de prepago se llevará a cabo con los recursos de la parte de asignación dinámica de prepago del conjunto común. La adecuación entre las solicitudes de asignación dinámica de servicios a demanda se llevará a cabo con los recursos de la parte de asignación dinámica a demanda del conjunto común, y los proveedores de recursos confirmarán la disponibilidad de recursos desde la fecha de activación del servicio hasta la fecha de desactivación del mismo. Se identificarán los siguientes casos en función de los resultados de la búsqueda de correspondencia:
a) no se encuentran recursos coincidentes en el conjunto común, se rechaza la solicitud de servicio y se informa al emisor;
b) se encuentran recursos coincidentes y disponibles en el conjunto común, las opciones de servicio disponibles, incluidos sus respectivos valores de compensación expresados en fichas, se transmiten al usuario en forma de propuesta de servicio del centro de Govsatcom a través de la ACG para proceder a su clasificación;
c) todos los recursos coincidentes del conjunto común se asignan a una o varias solicitudes previas de servicios. Si la prioridad de la solicitud de servicio es baja o media, se descarta la solicitud de servicio y se informa de ello al emisor. Si la prioridad de la solicitud de servicio es alta, el mecanismo de resolución de conflictos se activa de conformidad con el artículo 11. Si el mecanismo de resolución de conflictos devuelve recursos coincidentes, se notifica al emisor con arreglo a lo dispuesto en la letra b); si no se encuentran recursos coincidentes, se descarta la solicitud de servicio y se informa de ello al emisor.
3. El usuario clasificará las opciones de servicios de la propuesta por orden de preferencia y las presentará al Centro de Govsatcom a través de la ACG respectiva para la asignación de los recursos correspondientes.
Si la selección no fuese válida, se rechazará la solicitud de servicio y se informará de ello al emisor.
4. Siempre que se disponga de suficientes fichas en la parte de prepago o de pago a demanda de la cuenta del participante, según cual sea la subcategoría de la solicitud de servicio de asignación dinámica, el centro de Govsatcom emitirá una solicitud de recursos al proveedor de recursos de la opción de servicio con la clasificación más alta de la propuesta de servicio, según la clasificación facilitada por la ACG.
En caso de que el proveedor de recursos rechace la solicitud de recursos, el centro de Govsatcom presentará una solicitud de recursos al proveedor de recursos de la siguiente opción de servicio por orden de preferencia. La emisión de solicitudes de recursos continuará hasta que un proveedor de recursos confirme que los recursos solicitados están disponibles y pueden asignarse, o hasta que los proveedores de recursos rechacen todas las solicitudes de recursos. Cuando un proveedor de recursos haya confirmado que un recurso está disponible, el centro de Govsatcom procederá a la asignación de los recursos y sustraerá el valor del servicio de las fichas de la cuenta de participante que corresponda. Si todas las solicitudes de recursos son rechazadas por los proveedores de recursos, se descartará la solicitud de servicio. En ambos casos, el centro de Govsatcom notificará al emisor la situación de la solicitud de servicio.
5. Tras la recepción de una solicitud de cancelación de servicio por parte de una ACG, el centro de Govsatcom desasignará los recursos asignados para la prestación del servicio y los pondrá a disposición del conjunto común. El participante podrá recibir el reembolso de las fichas utilizadas para la compensación de los recursos, con arreglo a las condiciones acordadas con el proveedor de recursos.
Resolución de conflictos
1. El centro de Govsatcom activará el proceso de resolución de conflictos a los efectos de resolver los conflictos entre solicitudes con diferentes puntuaciones de la prioridad, en virtud del artículo 9, apartado 2.
2. Si una solicitud de servicio de alta prioridad entrase en conflicto con una o varias solicitudes de servicios de baja prioridad, y siempre que el desplazamiento por uso preferente de las solicitudes de servicio de baja prioridad libere recursos suficientes que se adecuen a la solicitud de servicio de alta prioridad, se marcarán las respectivas solicitudes de servicio de baja prioridad para su desplazamiento y las opciones de servicio correspondientes se incluirán en la propuesta de servicio.
En función de la clasificación de las opciones de servicio y de la disponibilidad de fichas, se descartarán la o las solicitudes de servicio de baja prioridad que corresponda y se otorgará uso preferente al o a los servicios activos correspondientes.
Tras adoptar la decisión con respecto al uso preferente, se informará sin demora a las ACG cuyos servicios vayan a ser desplazados debido al uso preferente. El valor del servicio desplazado durante el tiempo en el que dicho servicio no esté disponible debido al uso preferente se devolverá a la cuenta de participante correspondiente, al cual se notificará de ello.
3. En caso de no existir recursos coincidentes para la aplicación del procedimiento descrito en el apartado 2, el centro de Govsatcom procederá a poner en correspondencia la solicitud de servicio de alta prioridad con los recursos de la parte destinada al margen de crisis del conjunto común. Si se hallan recursos disponibles coincidentes, se incluirán en la propuesta de servicio las opciones de servicio pertinentes.
4. En caso de que los recursos de los proveedores de recursos no sean suficientes para la prestación de los servicios solicitados a los que se refiere el artículo 6, el mecanismo de resolución de conflictos se basará en las prioridades de las solicitudes de servicios.
En caso de conflicto entre solicitudes de servicios de la misma prioridad, se dará prioridad a la solicitud de servicio que sea la continuación de un servicio ya prestado al participante solicitante al final del anterior PPC, en su caso.
Cuando entren en conflicto solicitudes de servicios de la misma prioridad y ninguna de ellas sea la continuación de un servicio ya prestado al participante solicitante, el centro de Govsatcom comparará los valores de los servicios en conflicto expresados como porcentaje de la cuota de participante de que se trate y otorgará prioridad a la solicitud de servicio que se corresponda con el porcentaje más elevado.
Entrada en vigor
La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 30 de mayo de 2023.
Por la Comisión
La Presidenta
Ursula VON DER LEYEN
(1) DO L 170 de 12.5.2021, p. 69.
(2) Decisión de Ejecución (UE) 2023/1054 de la Comisión, de 30 de mayo de 2023, por la que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) 2021/696 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la cartera de servicios de comunicaciones gubernamentales por satélite que ofrece el sistema establecido en el marco del Programa Espacial de la Unión (véase la página 49 del presente Diario Oficial).
(3) La Comisión proporcionará un documento de orientación sobre la evaluación de la pertinencia del usuario y la importancia crítica de las solicitudes de servicios.
Puntuación de la prioridad como producto de la pertinencia del usuario y de la importancia crítica de la solicitud de servicio
|
Pertinencia del usuario |
||
Importancia crítica de la solicitud de servicio |
0 |
1 |
2 |
0 |
0 (BAJA) |
0 (BAJA) |
0 (BAJA) |
1 |
0 (BAJA) |
1 (MEDIA) |
2 (MEDIA) |
2 |
0 (BAJA) |
2 (MEDIA) |
4 (ALTA) |
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid