En la página 16, en el anexo II, en la definición de «Frutado maduro»:
donde dice: «Frutado maduro: conjunto de sensaciones olfativas características del aceite que recuerdan a los frutos verdes, dependen de la variedad de las aceitunas, proceden de frutos sanos y frescos, y se perciben por vía directa y/o retronasal.»,
debe decir: «Frutado maduro: conjunto de sensaciones olfativas características del aceite que recuerdan a los frutos maduros, dependen de la variedad de las aceitunas, proceden de frutos sanos y frescos, y se perciben por vía directa y/o retronasal.».
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