EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 29,
Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
(1) El 17 de marzo de 2014, el Consejo adoptó la Decisión 2014/145/PESC (1).
(2) A raíz de la sentencia del Tribunal General en el asunto T-714/20 (2), procede suprimir una entrada de la lista de personas, entidades y organismos que figura en el anexo de la Decisión 2014/145/PESC.
(3) Por lo tanto, procede modificar la Decisión 2014/145/PESC en consecuencia.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
El anexo de la Decisión 2014/145/PESC se modifica de conformidad con el anexo de la presente Decisión.
La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 6 de febrero de 2023.
Por el Consejo
La Presidenta
J. ROSWALL
(1) Decisión 2014/145/PESC del Consejo, de 17 de marzo de 2014, relativa a medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania (DO L 78 de 17.3.2014, p. 16).
(2) Sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) de 26 de octubre de 2022, Dmitry Vladimirovich Ovsyannikov/Consejo de la Unión Europea, T-714/20, identificador ECLI: ECLI:EU:T:2022:674.
En el anexo de la Decisión 2014/145/PESC, «Lista de personas, entidades y organismos a que se refieren los artículos 1 y 2», bajo el encabezamiento «Personas», se suprime la entrada correspondiente a la siguiente persona:
161. |
Dmitry Vladimirovich OVSYANNIKOV. |
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