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Documento DOUE-L-2022-81282

Corrección de errores del Reglamento (UE) 2022/515 del Consejo, de 31 de marzo de 2022, que modifica el Reglamento (UE) 2022/109 por el que se establecen para 2022 las posibilidades de pesca para determinadas poblaciones y grupos de poblaciones de peces aplicables en aguas de la Unión y, en el caso de los buques pesqueros de la Unión, en determinadas aguas no pertenecientes a la Unión.

Publicado en:
«DOUE» núm. 227, de 1 de septiembre de 2022, páginas 134 a 134 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2022-81282

TEXTO ORIGINAL

En la página 32, en el anexo I, punto 2, población SRX/89-C., cuadros en la nota 2:

donde dice:

«Especie:

Raya mosaico

Raja undulata

Zona:

Aguas de la Unión de la subzona 8

(RJU/8-C.)

Bélgica

0

TAC cautelar.

Francia

13

Portugal

10

España

10

Unión

33

Reino Unido

0

 

 

TAC

66

Especie:

Raya mosaico

Raja undulata

Zona:

Aguas de la Unión de la subzona 9

(RJU/9-C.)

Bélgica

0

TAC cautelar.»,

Francia

20

Portugal

15

España

15

Unión

50

Reino Unido

0

 

 

TAC

100

debe decir:

«Especie:

Raya mosaico

Raja undulata

Zona:

Aguas de la Unión de la subzona 8

(RJU/8-C.)

Bélgica

0

TAC cautelar.

Francia

13

Portugal

10

España

10

Unión

33

Reino Unido

0

 

 

TAC

33

Especie:

Raya mosaico

Raja undulata

Zona:

Aguas de la Unión de la subzona 9

(RJU/9-C.)

Bélgica

0

TAC cautelar.».

Francia

20

Portugal

15

España

15

Unión

50

Reino Unido

0

 

 

TAC

50

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 01/09/2022
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 2022/515, de 31 de marzo (Ref. DOUE-L-2022-80513).
  • CORRIGE errores del Reglamento 2022/109, de 27 de enero (Ref. DOUE-L-2022-80117).
Materias
  • Cuota de pesca
  • Flota pesquera
  • Material de pesca
  • Pesca marítima
  • Pescado
  • Unión Europea
  • Veda de pesca

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