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Documento DOUE-L-2021-80401

Decisión (PESC) 2021/543 del Consejo de 26 de marzo de 2021 por la que se modifica la Decisión 2011/173/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas en vista de la situación existente en Bosnia y Herzegovina.

Publicado en:
«DOUE» núm. 108, de 29 de marzo de 2021, páginas 59 a 59 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2021-80401

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 29,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1) El 21 de marzo de 2011, el Consejo adoptó la Decisión 2011/173/PESC (1) relativa a la adopción de medidas restrictivas en vista de la situación existente en Bosnia y Herzegovina.

(2) De la revisión de la Decisión 2011/173/PESC se desprende que las medidas restrictivas deben prorrogarse hasta el 31 de marzo de 2022.

(3) Por consiguiente, procede modificar la Decisión 2011/173/PESC en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el artículo 6 de la Decisión 2011/173/PESC, el párrafo segundo se sustituye por el texto siguiente:

«La presente Decisión será aplicable hasta el 31 de marzo de 2022.».

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 26 de marzo de 2021

Por el Consejo

La Presidenta

A. P. ZACARIAS

 

(1)  Decisión 2011/173/PESC del Consejo, de 21 de marzo de 2011, relativa a la adopción de medidas restrictivas en vista de la situación existente en Bosnia y Herzegovina (DO L 76 de 22.3.2011, p. 68).

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 6 de la Decisión 2011/173, de 21 de marzo (Ref. DOUE-L-2011-80525).
Materias
  • Bosnia Herzegovina
  • Cuentas bloqueadas
  • Libre circulación de personas
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Sanciones

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