EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 127, apartado 2, primer guion,
Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, y en particular su artículo 3.1, primer guion, y sus artículos 17 a 19,
Considerando lo siguiente:
(1) El Consejo de Gobierno considera que los fondos que es obligatorio depositar en el BCE para devolver la asistencia financiera proporcionada en virtud del Reglamento (UE) 2020/672 del Consejo (1) deben quedar exentos del pago de intereses negativos.
(2) Debe modificarse en consecuencia la Decisión (UE) 2019/1743 (BCE/2019/31) (2) .
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Modificación
El artículo 2 de la Decisión BCE/2019/31 se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 2
Remuneración de ciertos depósitos mantenidos en el BCE
Las cuentas mantenidas con el BCE conforme a la Decisión BCE/2003/14 del Banco Central Europeo (*1), la Decisión BCE/2010/31 del Banco Central Europeo (*2), la Decisión BCE/2010/17 del Banco Central Europeo (*3) y el Reglamento (UE) 2020/672 del Consejo (*4) seguirán remunerándose al tipo de la facilidad de depósito. No obstante, cuando se deban mantener ciertos depósitos en esas cuentas durante un período previo a la fecha en la que deba hacerse un pago conforme a las normas legales o contractuales aplicables a la facilidad pertinente, esos depósitos se remunerarán durante ese período previo al cero por ciento o al tipo de la facilidad de depósito si este fuera superior».
Entrada en vigor
La presente decisión entrará en vigor el quinto día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable desde el sexto período de mantenimiento de reservas de 2020 a partir del 16 de septiembre de 2020.
Hecho en Fráncfort del Meno, el 8 de septiembre de 2020.
Por el Consejo de Gobierno
La Presidenta del BCE
Christine LAGARDE
(1) Reglamento (UE) 2020/672 del Consejo, de 19 de mayo de 2020, relativo a la creación de un instrumento europeo de apoyo temporal para atenuar los riesgos de desempleo en una emergencia (SURE) a raíz del brote de COVID‐19 (DO L 159 de 20.5.2020, p. 1).
(2) Decisión (UE) 2019/1743 del Banco Central Europeo, de 15 de octubre de 2019, relativa a la remuneración de las tenencias de exceso de reservas y de determinados depósitos (refundición) (BCE/2019/31) (DO L 267 de 21.10.2019, p. 12).
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