En la página 7, en el artículo 2, punto 4 (apartado 3 del artículo 14 modificado):
donde dice:
«3. No obstante lo dispuesto en el apartado 2, los buques pesqueros a que se refiere el apartado 2 podrán faenar en las zonas a que se refiere el apartado 1 siempre que […]»,
debe decir:
«3. No obstante lo dispuesto en el apartado 2, los buques pesqueros a que se refiere el apartado 2 podrán faenar en las zonas a que se refiere dicho apartado, siempre que […]».
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