En la página 8, en el anexo, que sustituye al anexo IV de la Directiva 2009/128/CE, sección 2, punto 4, cuadro 1, fila iv), grupo 3, categoría F, último párrafo y en la página 10, en el anexo, que sustituye al anexo IV de la Directiva 2009/128/CE, sección 3, punto 3, cuadro 2, fila iv), grupo 3, categoría F, último párrafo:
donde dice:
«Alteradores endocrinos, en los que el riesgo para los seres humanos es insignificante»,
debe decir:
«Alteradores endocrinos, en los que la exposición para los seres humanos es insignificante».
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