LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) n.o 1257/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013, relativo al reciclado de buques y por el que se modifican el Reglamento (CE) n.o 1013/2006 y la Directiva 2009/16/CE (1), y en particular su artículo 16,
Considerando lo siguiente:
(1)
(2) |
El artículo 6, apartado 2, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013 exige a los propietarios de buques que garanticen que los buques destinados a ser reciclados solo se reciclen en instalaciones de reciclado de buques que figuren en la lista europea de tales instalaciones publicada con arreglo a lo dispuesto en el artículo 16 de dicho Reglamento.
La lista europea figura en la Decisión de Ejecución (UE) 2016/2323 de la Comisión (2). |
(3) |
Dinamarca ha informado a la Comisión de que la autoridad competente ha autorizado, de conformidad con el artículo 14 del Reglamento (UE) n.o 1257/2013, dos instalaciones de reciclado de buques (3) situadas en su territorio. Dinamarca ha facilitado a la Comisión toda la información pertinente para incluir dichas instalaciones en la lista europea. Por consiguiente, debe actualizarse la lista europea para incluir esas instalaciones. |
(4) |
Tras la incorporación del Reglamento (UE) n.o 1257/2013 al Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (4), Noruega ha informado a la Comisión de que la autoridad competente ha autorizado, de conformidad con el artículo 14 del mismo, cinco instalaciones de reciclado de buques (5) situadas en su territorio. Noruega ha facilitado a la Comisión toda la información pertinente para incluir dichas instalaciones en la lista europea. Por consiguiente, debe actualizarse la lista europea para incluir esas instalaciones. |
(5) |
La Comisión ha recibido una solicitud de conformidad con el artículo 15, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013 para incluir en la lista europea una instalación de reciclado de buques (6) situada en Turquía. Tras haber evaluado la información y la documentación aportadas o recabadas con arreglo al artículo 15 de ese Reglamento, la Comisión considera que la instalación cumple los requisitos establecidos en el artículo 13 de dicho Reglamento para llevar a cabo operaciones de reciclado de buques y para ser incluida en la lista europea. Por consiguiente, debe actualizarse la lista europea para incluir esa instalación. |
(6) |
Además, procede corregir un error con relación a la información relativa al artículo 16, apartado 2, letra d), del Reglamento (UE) n.o 1257/2013 que se incluye en la lista europea para la instalación de reciclado de buques situada en Finlandia. |
(7)
(8) |
Procede, por tanto, modificar la Decisión de Ejecución (UE) 2016/2323 en consecuencia.
Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité establecido por el artículo 25 del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
El anexo de la Decisión de Ejecución (UE) 2016/2323 se sustituye por el texto del anexo de la presente Decisión.
La presente Decisión entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 17 de junio de 2019.
Por la Comisión
El Presidente
Jean-Claude JUNCKER
(1) DO L 330 de 10.12.2013, p. 1.
(2) Decisión de Ejecución (UE) 2016/2323 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2016, por la que se establece la lista europea de instalaciones de reciclado de buques con arreglo al Reglamento (UE) n.o 1257/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al reciclado de buques (DO L 345 de 20.12.2016, p. 119).
(3) FAYARD A/S y Stena Recycling A/S
(4) Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 257/2018, de 5 de diciembre de 2018, por la que se modifican el anexo XIII (Transporte) y el anexo XX (Medio ambiente) del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (pendiente de publicación en el Diario Oficial).
(5) AF Offshore Decom, Green Yard AS, Kvaerner AS (Stord), Lutelandet Industrihamn y Norscrap West AS.
(6) Isiksan Gemi Sokum Pazarlama Ve Tic. Ltd. Sti.
«ANEXO
LISTA EUROPEA DE INSTALACIONES DE RECICLADO DE BUQUES CONTEMPLADA EN EL ARTÍCULO 16 DEL REGLAMENTO (UE) n.o 1257/2013
PARTE A
Instalaciones de reciclado de buques situadas en un Estado miembro
Nombre de la instalación |
Método de reciclado |
Tipo y tamaño de los buques que pueden reciclarse |
Limitaciones y condiciones que rigen el funcionamiento de la instalación, incluida la gestión de residuos peligrosos |
Información sobre el procedimiento, expreso o tácito, de aprobación del plan de reciclado por la autoridad competente (1) |
Capacidad máxima anual de reciclado, calculada como la suma del peso de los buques, expresado en LDT, que se ha reciclado en la instalación un año determinado (2) |
Fecha de expiración de la inclusión en la lista europea (3) |
||||||||||||||||||||
BÉLGICA |
||||||||||||||||||||||||||
NV Galloo Recycling Gante
|
Atraque en muelle (embarcadero), rampa. |
Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
|
|
Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 30 días. |
34 000 (4) |
31 de marzo de 2020 |
||||||||||||||||||||
DINAMARCA |
||||||||||||||||||||||||||
FAYARD A/S
|
Desmantelamiento y reciclaje en dique seco. |
Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
|
La instalación de reciclado de buques se regula conforme a la legislación aplicable y las condiciones previstas en el permiso medioambiental de 7 de noviembre de 2018 expedido por el municipio de Kerteminde. En el permiso medioambiental se prevén condiciones relativas a las horas de funcionamiento, condiciones de funcionamiento especiales, condiciones de tratamiento y almacenamiento de los residuos, y se establece la condición de que las actividades tengan lugar en un dique seco. |
Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 14 días. |
0 (5) |
7 de noviembre de 2023 |
||||||||||||||||||||
Fornæs ApS
|
Desmantelamiento en muelle y subsiguiente desguace en suelos impermeables con sistemas de drenaje eficaces. |
Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
|
El municipio de Norddjurs tiene derecho a obligar al tratamiento de los residuos peligrosos en instalaciones receptoras autorizadas desde el punto de vista del medio ambiente. |
Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 14 días. |
30 000 (6) |
30 de junio de 2021 |
||||||||||||||||||||
Modern American Recycling Services Europe (M.A.R.S)
|
Corte y oxicorte después de que el elemento que se va a desmantelar se haya colocado en una grada de desmontaje. |
Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
|
Las condiciones que rigen el funcionamiento de la instalación figuran en el permiso medioambiental, de 9 de marzo de 2018, expedido por el municipio de Frederikshavn. El municipio de Frederikshavn tiene derecho a obligar al tratamiento de los residuos peligrosos en instalaciones receptoras autorizadas desde el punto de vista del medio ambiente, como se establece en el permiso medioambiental de la instalación de reciclado de buques. La instalación no puede almacenar residuos peligrosos durante más de un año. |
Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 14 días |
0 (7) |
23 de agosto de 2023 |
||||||||||||||||||||
Smedegaarden A/S
|
Desmantelamiento en muelle y subsiguiente desguace en suelos impermeables con sistemas de drenaje eficaces. |
Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
|
|
Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 14 días. |
20 000 (8) |
15 de septiembre de 2021 |
||||||||||||||||||||
Stena Recycling A/S
|
Corte y oxicorte después de que el elemento que se va a desmantelar se haya colocado en una zona delimitada a prueba de inundaciones con suelos impermeables y sistemas de drenaje eficaces. |
Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
|
Las condiciones que rigen el funcionamiento de la instalación figuran en el permiso medioambiental, de 5 de octubre de 2017, expedido por el municipio de Esbjerg. El municipio de Esbjerg tiene derecho a obligar al tratamiento de los residuos peligrosos en instalaciones receptoras autorizadas desde el punto de vista del medio ambiente, como se establece en el permiso medioambiental de la instalación de reciclado de buques. |
Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 14 días. |
0 (9) |
7 de febrero de 2024 |
||||||||||||||||||||
ESTONIA |
||||||||||||||||||||||||||
BLRT Refonda Baltic OÜ
|
A flote en el muelle y en el dique flotante. |
Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
|
Permiso de residuos n.o L.JÄ/327249. Licencia de tratamiento de residuos peligrosos n.o 0222. Normas del Puerto Vene-Balti, Manual de reciclado de buques MSR-Refonda. Sistema de gestión medioambiental, tratamiento de residuos EP 4.4.6-1-13. La instalación puede reciclar únicamente los materiales peligrosos para los que tiene licencia. |
Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 30 días |
21 852 (10) |
15 de febrero de 2021 |
||||||||||||||||||||
ESPAÑA |
||||||||||||||||||||||||||
DDR VESSELS XXI, SL.
|
Rampa de desarme. |
Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013, excepto buques con propulsión nuclear. Dimensiones máximas del buque:
|
Las limitaciones se precisan en la autorización medioambiental integrada. |
Aprobación explícita por la autoridad portuaria del puerto donde esté ubicada la instalación |
0 (11) |
28 de julio de 2020 |
||||||||||||||||||||
FRANCIA |
||||||||||||||||||||||||||
Démonaval Recycling
|
Atraque en muelle, dique seco |
Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque (dique seco):
|
Las obligaciones medioambientales se determinan en la autorización de la prefectura. |
Aprobación expresa; la autoridad competente para la decisión de aprobación es el ministro de Medio Ambiente. |
0 (12) |
11 de diciembre de 2022 |
||||||||||||||||||||
GARDET & DE BEZENAC Recycling/Groupe BAUDELET ENVIRONNEMENT – GIE MUG
|
Flotante y grada |
Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
|
Las obligaciones medioambientales se determinan en la autorización de la prefectura. |
Aprobación expresa; la autoridad competente para la decisión de aprobación es el ministro de Medio Ambiente. |
16 000 (13) |
30 de diciembre de 2021 |
||||||||||||||||||||
Grand Port Maritime de Bordeaux
|
Atraque en muelle, dique seco. |
Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque (dique seco):
|
Las obligaciones medioambientales se determinan en la autorización de la prefectura. |
Aprobación expresa; la autoridad competente para la decisión de aprobación es el ministro de Medio Ambiente. |
18 000 (14) |
21 de octubre de 2021 |
||||||||||||||||||||
Les Recycleurs bretons
|
Atraque en muelle, dique seco. |
Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque (dique seco):
|
Las obligaciones medioambientales se determinan en la autorización de la prefectura. |
Aprobación expresa; la autoridad competente para la decisión de aprobación es el ministro de Medio Ambiente. |
5 500 (15) |
24 de mayo de 2021 |
||||||||||||||||||||
ITALIA |
||||||||||||||||||||||||||
San Giorgio del Porto S.p.A.
|
Atraque en muelle, dique seco. |
Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
|
Las limitaciones y restricciones se precisan en la autorización medioambiental integrada. La instalación cuenta con un plan de reciclado de buques que se ajusta a los requisitos del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. |
Aprobación expresa |
38 564 (16) |
6 de junio de 2023 |
||||||||||||||||||||
LETONIA |
||||||||||||||||||||||||||
A/S “Tosmares kuģubūvētava”
|
Desarme de buques (embarcadero y dique seco). |
Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
|
Autorización nacional n.o LI10IB0024. |
Aprobación expresa; notificación por escrito en 30 días laborables. |
0 (17) |
11 de junio de 2020 |
||||||||||||||||||||
LITUANIA |
||||||||||||||||||||||||||
UAB APK
|
Atraque en muelle (embarcadero). |
Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
|
Autorización nacional n.o TL-KL.1-15/2015. |
Aprobación expresa; notificación por escrito en 30 días laborables. |
1 500 (18) |
17 de marzo de 2020 |
||||||||||||||||||||
UAB Armar
|
Atraque en muelle (embarcadero). |
Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque (amarre 127A):
Dimensiones máximas del buque (amarre 131 A):
|
Autorización nacional n.o TL-KL.1-16/2015 (amarre 127A). Autorización nacional n.o TL-KL.1-51/2017 (amarre 131 A). |
Aprobación expresa; notificación por escrito en 30 días laborables. |
3 910 (19) |
17 de marzo de 2020 (amarre 127A) 19 de abril de 2022 (amarre 131A) |
||||||||||||||||||||
UAB Vakaru refonda
|
Atraque en muelle (embarcadero). |
Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
|
Autorización nacional n.o (11.2)-30-161/2011/TL-KL.1-18/2015 |
Aprobación expresa; notificación por escrito en 30 días laborables. |
20 140 (20) |
21 de mayo de 2020 |
||||||||||||||||||||
PAÍSES BAJOS |
||||||||||||||||||||||||||
Keppel-Verolme
|
Desguace |
Dimensiones máximas del buque:
|
La instalación cuenta con autorización para operar; dicha autorización contiene limitaciones y condiciones de carácter medioambiental. |
Aprobación expresa |
52 000 (21) |
21 de julio de 2021 |
||||||||||||||||||||
Scheepssloperij Nederland B.V.
|
Desguace |
Dimensiones máximas del buque:
Las operaciones de reciclado comienzan en el mar con el fin de aligerar el casco; el cabrestante para remolcar los buques hacia la rampa puede arrastrar 2 000 toneladas. |
La instalación cuenta con autorización para operar; dicha autorización contiene limitaciones y condiciones de carácter medioambiental. |
Aprobación expresa |
9 300 (22) |
27 de septiembre de 2021 |
||||||||||||||||||||
NORUEGA |
||||||||||||||||||||||||||
AF Offshore Decom
|
Desmantelamiento junto al muelle y posterior deslizamiento del casco hasta el muelle. Gestión de residuos y desguace en superficie impermeable con sistemas de drenaje eficaces. |
Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
AF también puede recibir plataformas de sondeo y perforación. |
Autorización nacional n.o 2005.0038.T. |
Aprobación expresa |
20 000 (23) |
28 de enero de 2024 |
||||||||||||||||||||
Green Yard AS
|
Instalación interior en grada de desmontaje. Las operaciones de desmantelamiento de mayor envergadura deben realizarse en un espacio interior. |
Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
|
Autorización nacional n.o 2018.0833.T. La autorización establece límites a las labores que pueden efectuarse en el exterior para acomodar los buques al interior de la instalación. |
Aprobación expresa. |
0 (24) |
28 de enero de 2024 |
||||||||||||||||||||
Kvaerner AS (Stord)
|
Embarcadero y grada de desmontaje. Los buques grandes se desmontarán parcialmente en el muelle hasta que el casco pueda transportarse a la grada de desmontaje. Todos los trabajos posteriores de desmontaje se realizan sobre superficies de hormigón con drenaje a una instalación de tratamiento de aguas. |
Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
Kvaerner también puede recibir cubiertas y estructuras de torres de perforación, así como instalaciones semisumergibles. |
Autorización nacional n.o 2013.0111.T. |
Aprobación expresa |
60 000 (25) |
28 de enero de 2024 |
||||||||||||||||||||
Lutelandet Industrihamn
|
Desmantelamiento junto al muelle, traslado a tierra para desguace en suelos impermeables con sistemas de drenaje eficaces y sistemas de tratamiento. |
Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Cualquier buque cuyas dimensiones correspondan a las de la autorización. Luteland también puede recibir cubiertas y estructuras de torres de perforación, así como instalaciones semisumergibles. |
Autorización nacional n.o 2014.0646.T |
Aprobación expresa. |
7 000 (26) |
28 de enero de 2024 |
||||||||||||||||||||
Norscrap West AS
|
Grada de desmontaje flotante. Con carácter facultativo en función de la complejidad, además:
|
Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
|
Autorización nacional n.o 2017.0864.T. |
Aprobación expresa |
4 500 (27) |
1 de marzo de 2024 |
||||||||||||||||||||
PORTUGAL |
||||||||||||||||||||||||||
Navalria-Docas, Construções e Reparações Navais
|
Desmantelamiento en dique seco, descontaminación y desmantelamiento en plano horizontal o en rampa, según el tamaño del buque |
Capacidad nominal del plano horizontal: 700 toneladas
|
Las condiciones aplicables a la actividad se determinan en las especificaciones adjuntas al título (AL n.o 5/2015/CCDRC, de 26 de enero de 2016). |
Aprobación expresa |
1 900 (28) |
26 de enero de 2020 |
||||||||||||||||||||
FINLANDIA |
||||||||||||||||||||||||||
Turun Korjaustelakka Oy (Turku Repair Yard Ltd)
|
Atraque en muelle, dique seco. |
Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
|
Las limitaciones se precisan en la autorización medioambiental integrada. |
Aprobación expresa. |
20 000 (29) |
1 de octubre de 2023 |
||||||||||||||||||||
REINO UNIDO |
||||||||||||||||||||||||||
Able UK Limited
|
Desmantelamiento de buques y tratamientos asociados autorizados en dique seco y embarcadero. |
Cualquier buque cuyas dimensiones correspondan a las de la autorización. Dimensiones máximas del buque:
|
La instalación cuenta con un plan de reciclado de buques que se ajusta a los requisitos del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. La instalación dispone de una autorización (Referencia EPR/VP3296ZM) que determina los límites de las operaciones y las condiciones a las que ha de atenerse el operador. |
Aprobación expresa. |
66 340 (30) |
6 de octubre de 2020 |
||||||||||||||||||||
Dales Marine Services Ltd
|
Desmantelamiento de buques y tratamientos asociados autorizados en dique seco y embarcadero. |
Todo buque hasta un máximo de 7 000 toneladas. Dimensiones máximas del buque:
|
La instalación cuenta con un plan de reciclado de buques que se ajusta a los requisitos del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. La instalación dispone de una licencia (Ref: WML L 1157331) que determina los límites de las operaciones y las condiciones a las que ha de atenerse el operador. |
Aprobación expresa |
7 275 (31) |
2 de noviembre de 2022 |
||||||||||||||||||||
Harland and Wolff Heavy Industries Limited
|
Desmantelamiento de buques y tratamientos asociados autorizados en dique seco y embarcadero. |
Cualquier buque cuyas dimensiones correspondan a lo acordado en el plan de trabajo. Dimensiones máximas del buque:
|
La instalación cuenta con un plan de reciclado de buques que se ajusta a los requisitos del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. La instalación dispone de una licencia de tratamiento de residuos (número de autorización LN/07/21/V2) que determina los límites de las operaciones y las condiciones a las que ha de atenerse el operador. |
Aprobación expresa. |
13 200 (32) |
3 de agosto de 2020 |
||||||||||||||||||||
Swansea Drydock Ltd
|
Desmantelamiento de buques y tratamientos asociados autorizados en dique seco y embarcadero. |
Cualquier buque cuyas dimensiones correspondan a las de la autorización. Dimensiones máximas del buque:
|
La instalación cuenta con un plan de reciclado de buques que se ajusta a los requisitos del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. La instalación dispone de una autorización (Referencia EPR/UP3298VL) que determina los límites de las operaciones y las condiciones a las que ha de atenerse el operador. |
Aprobación expresa |
7 275 (33) |
2 de julio de 2020 |
PARTE B
Instalaciones de reciclado de buques situadas en un tercer país
Nombre de la instalación |
Método de reciclado |
Tipo y tamaño de los buques que pueden reciclarse |
Limitaciones y condiciones que rigen el funcionamiento de la instalación, incluida la gestión de residuos peligrosos |
Información sobre el procedimiento, expreso o tácito, de aprobación del plan de reciclado por las autoridades competentes (34) |
Capacidad máxima anual de reciclado, calculada como la suma del peso de los buques, expresado en LDT, que se ha reciclado en la instalación un año determinado (35) |
Fecha de expiración de la inclusión en la lista europea (36) |
||||||||||||
TURQUÍA |
||||||||||||||||||
Isiksan Gemi Sokum Pazarlama Ve Tic. Ltd. Sti.
|
Método de atraque |
Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
|
La instalación cuenta con un permiso de desarme de buques expedido por el Ministerio de Medio Ambiente y Urbanismo, y con un certificado de autorización para el desmantelamiento de buques expedido por el Ministerio de Transporte, Asuntos Marítimos y Comunicación, que establecen límites y condiciones para la explotación de la instalación. La manipulación de los residuos peligrosos corre a cargo de SRAT (asociación de reciclado de buques de Turquía) que opera al amparo de la licencia necesaria expedida por el Ministerio de Medio Ambiente y Urbanismo. |
Aprobación tácita. El plan de reciclado de buques forma parte de un conjunto de documentos, estudios y permisos/licencias que se presenta a las autoridades competentes para obtener la autorización de desmantelamiento de un buque. El plan no recibe la aprobación expresa ni se rechaza como documento independiente. |
91 851 (37) |
7 de julio de 2024 |
||||||||||||
LEYAL GEMİ SÖKÜM SANAYİ ve TİCARET LTD.
|
Método de atraque. |
Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
|
La instalación cuenta con un permiso de desguace de buques expedido por el Ministerio de Medio Ambiente y Urbanismo, y con un certificado de autorización para el desmantelamiento de buques expedido por el Ministerio de Transporte, Asuntos Marítimos y Comunicación, que establecen límites y condiciones para la explotación de la instalación. La manipulación de los residuos peligrosos corre a cargo de SRAT (asociación de reciclado de buques de Turquía) que opera al amparo de la licencia necesaria expedida por el Ministerio de Medio Ambiente y Urbanismo. |
Aprobación tácita. El plan de reciclado de buques forma parte de un conjunto de documentos, estudios y permisos/licencias que se presenta a las autoridades competentes para obtener la autorización de desmantelamiento de un buque. El plan no recibe la aprobación expresa ni se rechaza como documento independiente. |
55 495 (38) |
9 de diciembre de 2023 |
||||||||||||
LEYAL-DEMTAŞ GEMİ SÖKÜM SANAYİ ve TİCARET A.Ş.
|
Método de atraque |
Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
|
La instalación cuenta con un permiso de desguace de buques expedido por el Ministerio de Medio Ambiente y Urbanismo, y con un certificado de autorización para el desmantelamiento de buques expedido por el Ministerio de Transporte, Asuntos Marítimos y Comunicación, que establecen límites y condiciones para la explotación de la instalación. La manipulación de los residuos peligrosos corre a cargo de SRAT (asociación de reciclado de buques de Turquía) que opera al amparo de la licencia necesaria expedida por el Ministerio de Medio Ambiente y Urbanismo. |
Aprobación tácita. El plan de reciclado de buques forma parte de un conjunto de documentos, estudios y permisos/licencias que se presenta a las autoridades competentes para obtener la autorización de desmantelamiento de un buque. El plan no recibe la aprobación expresa ni se rechaza como documento independiente. |
50 350 (39) |
9 de diciembre de 2023 |
||||||||||||
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA |
||||||||||||||||||
International Shipbreaking Limited L.L.C
|
Atraque en muelle (embarcadero), rampa. |
Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Dimensiones máximas del buque:
|
Las condiciones en las que la instalación está autorizada a operar se definen en los permisos, certificados y autorizaciones expedidos a la instalación por la Agencia de Protección del Medio Ambiente, la Comisión de Calidad Ambiental de Texas, la Oficina de Ordenación Territorial de Texas y la Guardia Costera de los Estados Unidos. La Ley sobre el control de sustancias tóxicas de los Estados Unidos prohíbe la importación en el país de buques bajo pabellón extranjero que contengan concentraciones de PCB superiores a 50 partes por millón. La instalación cuenta con dos gradas con rampas para el reciclado final de los buques (East Slip y West Slip). Los buques que enarbolan pabellón de los Estados miembros de la UE se reciclan exclusivamente en la rampa de East Slip. |
En la actualidad la legislación de los Estados Unidos no prevé ningún procedimiento relativo a la aprobación de planes de reciclado de buques. |
120 000 (40) |
9 de diciembre de 2023 |
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(1) De acuerdo con el artículo 7, apartado 3, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013, relativo al reciclado de buques.
(2) De acuerdo con el artículo 32, apartado 1, letra a), tercera frase, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.
(3) La fecha de expiración de la inclusión en la lista europea corresponde a la fecha de expiración del permiso o autorización concedido a la instalación en el Estado miembro.
(4) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 50 000 LDT.
(5) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 30 000 LDT.
(6) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 50 000 LDT.
(7) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 200 000 LDT.
(8) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 50 000 LDT.
(9) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 45 000 LDT.
(10) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 15 000 LDT.
(11) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 60 000 LDT.
(12) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 15 000 LDT.
(13) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 18 000 LDT.
(14) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 23 000 LDT.
(15) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 10 000 LDT.
(16) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 60 000 LDT.
(17) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 15 000 LDT.
(18) Según su autorización, la instalación puede reciclar un máximo de 30 000 LDT al año.
(19) ) Según su autorización, la instalación puede reciclar un máximo de 12 000 LDT al año (6 000 LTD por amarre).
(20) De acuerdo con su autorización, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 45 000 LDT.
(21) De acuerdo con su autorización, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 100 000 LDT.
(22) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 45 000 LDT.
(23) De acuerdo con su autorización, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 75 000 LDT.
(24) De acuerdo con su autorización, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 30 000 LDT.
(25) De acuerdo con su autorización, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 60 000 LDT.
(26) De acuerdo con su autorización, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 200 000 LDT.
(27) De acuerdo con su autorización, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 100 000 LDT.
(28) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 5 000 LDT.
(29) De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 40 000 LDT.
(30) De acuerdo con su autorización, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 230 000 LDT.
(31) De acuerdo con su autorización, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 7 275 LDT.
(32) De acuerdo con su autorización, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 300 000 LDT.
(33) De acuerdo con su autorización, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 74 999 LDT.
(34) De acuerdo con el artículo 7, apartado 3, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013, relativo al reciclado de buques.
(35) De acuerdo con el artículo 32, apartado 1, letra a), tercera frase, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.
(36) La inclusión en la lista europea de una instalación de reciclado de buques situada en un tercer país es válida durante un período de cinco años a partir de la fecha de entrada en vigor de la correspondiente Decisión de Ejecución de la Comisión que establezca la inclusión de dicha instalación, salvo que se indique otra cosa.
(37) La capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 120 000 LDT.
(38) La capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 80 000 LDT.
(39) La capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 60 000 LDT.
(40) La capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 120 000 LDT.
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