EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 29,
Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
(1) El 17 de marzo de 2014, el Consejo adoptó la Decisión 2014/145/PESC (1).
(2) A raíz del fallecimiento de una persona designada, el Consejo considera que la mención de dicha persona debe suprimirse del anexo de la Decisión 2014/145/PESC.
(3) Por lo tanto, procede modificar la Decisión 2014/145/PESC en consecuencia.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
El anexo de la Decisión 2014/145/PESC se modifica de conformidad con el anexo de la presente Decisión.
La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 21 de enero de 2019.
Por el Consejo
La Presidenta
F. MOGHERINI
(1) Decisión 2014/145/PESC del Consejo, de 17 de marzo de 2014, relativa a medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania (DO L 78 de 17.3.2014, p. 16).
La mención de la siguiente persona se suprime de la lista que figura en el anexo de la Decisión 2014/145/PESC:
«150. |
Iosif (Joseph) Davydovich KOBZON» |
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