EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) n.o 401/2013 del Consejo, de 2 de mayo de 2013, relativo a medidas restrictivas aplicables a Myanmar/Birmania y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 194/2008 (1) y, en particular, su artículo 4 decies,
Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
(1) El 2 de mayo de 2013, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) n.o 401/2013.
(2) El 17 de septiembre de 2018, la Misión de investigación internacional independiente del Consejo de Derechos Humanos (en lo sucesivo, «Misión de investigación») publicó su informe detallado sobre Myanmar, en el que se concluía que en los Estados de Kachin, Rakáin y Shan se habían cometido violaciones y abusos graves de los derechos humanos, en particular por las Fuerzas Armadas (Tatmadaw) y la Guardia de Fronteras de Myanmar, y que muchas de dichas violaciones correspondían a los delitos más graves con arreglo al Derecho internacional,
(3) Ante las conclusiones de la Misión de investigación, se debe incluir a siete personas en la lista de personas físicas y jurídicas, entidades y organismos objeto de medidas restrictivas que figura en el anexo IV del Reglamento (UE) n.o 401/2013.
(4) Procede modificar el anexo IV del Reglamento (UE) n.o 401/2013 en consecuencia.
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
El anexo IV del Reglamento (UE) n.o 401/2013 queda modificado como se establece en el anexo del presente Reglamento.
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 21 de diciembre de 2018.
Por el Consejo
La Presidenta
J. BOGNER-STRAUSS
(1) DO L 121 de 3.5.2013, p. 1.
Procede añadir las siguientes personas a la lista de personas físicas y jurídicas, entidades y organismos que figura en el anexo de la Decisión 2013/184/PESC:
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Nombre |
Información identificativa |
Motivos de la inclusión en la lista |
Fecha de inclusión en la lista |
«8. |
Ba Kyaw |
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Ba Kyaw es sargento primero del Batallón de Infantería Ligera n.o 564 de las Fuerzas Armadas de Myanmar (Tatmadaw). Durante el segundo semestre de 2017, cometió atrocidades y graves violaciones de los derechos humanos, entre las que se incluyen asesinatos, deportaciones y torturas, contra la población rohinyá en el Estado de Rakáin. En particular, fue identificado como uno de los principales autores de la masacre de Maung Nu del 27 de agosto de 2017. |
21.12.2018 |
9. |
Tun Naing |
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Tun Naing es el comandante del cuartel de la Guardia de Fronteras de Taung Bazar. Como tal, es responsable de las atrocidades y graves violaciones de los derechos humanos, entre las que se incluyen detenciones forzadas, malos tratos y torturas, cometidas por la Guardia de Fronteras de Taung Bazar contra la población rohinyá en el Estado de Rakáin antes, alrededor y después del 25 de agosto de 2017. |
21.12.2018 |
10. |
Khin Hlaing |
Fecha de nacimiento: 2 de mayo de 1968 |
El general de brigada Khin Hlaing es el antiguo comandante de la División de Infantería Ligera n.o 99 y el actual comandante del Mando Nororiental de las Fuerzas Armadas de Myanmar (Tatmadaw). Como comandante de la División de Infantería Ligera n.o 99 supervisó las operaciones militares llevadas a cabo en el Estado de Shan en 2016 y a principios de 2017. Como tal, es responsable de las atrocidades y graves violaciones de los derechos humanos que la División de Infantería Ligera n.o 99 cometió contra los habitantes de una aldea perteneciente a una minoría étnica en el Estado de Shan durante el segundo semestre de 2016. Entre tales atrocidades figuran asesinatos, detenciones forzadas y destrucción de pueblos. |
21.12.2018 |
11. |
Aung Myo Thu |
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El comandante Aung Myo Thu es el comandante operativo de la División de Infantería Ligera n.o 33 de las Fuerzas Armadas de Myanmar (Tatmadaw). Como comandante operativo de la División de Infantería Ligera n.o 33 supervisó las operaciones militares llevadas a cabo en el Estado de Rakáin en 2017. Como tal, es responsable de las atrocidades y graves violaciones de los derechos humanos que la División de Infantería Ligera n.o 33 cometió contra la población rohinyá en el Estado de Rakáin durante el segundo semestre de 2017. Entre tales atrocidades figuran asesinatos, violencia sexual y detenciones forzadas. |
21.12.2018 |
12. |
Thant Zaw Win |
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Thant Zaw Win es comandante del Batallón de Infantería Ligera n.o 564 de las Fuerzas Armadas de Myanmar (Tatmadaw). Como tal, supervisó las operaciones militares llevadas a cabo en el Estado de Rakáin y es responsable de la atrocidades y graves violaciones de los derechos humanos que el Batallón de Infantería Ligera n.o 564 cometió contra la población rohinyá en el Estado de Rakáin, y en particular en la localidad de Maung Nu y sus alrededores, el 27 de agosto de 2017. Entre tales atrocidades figuran asesinatos, violencia sexual y la quema sistemática de casas y edificios de viviendas de rohinyás. |
21.12.2018 |
13. |
Kyaw Chay |
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Kyaw Chay es cabo de la Guardia de Fronteras. Anteriormente, estaba destinado en Zay Di Pyin y era el comandante del cuartel de la Guardia de Fronteras de Zay Di Pyin en torno al 25 de agosto de 2017, cuando los miembros de la Guardia de Fronteras bajo su mando cometieron una serie de violaciones de los derechos humanos. Como tal, es responsable de las atrocidades y graves violaciones de los derechos humanos que la Guardia de Fronteras cometió durante ese periodo contra la población rohinyá en el Estado de Rakáin. También participó en graves violaciones de los derechos humanos, entre las que figuran malos tratos a las personas detenidas y torturas. |
21.12.2018 |
14. |
Nyi Nyi Swe |
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El general de división Nyi Nyi Swe es el antiguo comandante del Mando Septentrional de las Fuerzas Armadas de Myanmar (Tatmadaw). Como tal, es responsable de las atrocidades y graves violaciones de los derechos humanos, incluidos malos tratos a población civil, cometidas por el Mando Septentrional en el Estado de Kachin desde mayo de 2016 hasta abril de 2018 (hasta que fue nombrado comandante del Mando Suroccidental). También es responsable de haber obstaculizado la prestación de asistencia humanitaria a población civil necesitada en el Estado de Kachin durante dicho período, en particular del bloqueo del transporte de alimentos. |
21.12.2018». |
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