De conformidad con la Notificación del Depositario de la C.N.557.2018.TREATIES — XI.A.16 las siguientes modificaciones del Convenio TIR entrarán en vigor el 3 de febrero de 2019 para todas las Partes contratantes
Artículo 1, letra q)
Después de «autoridades aduaneras», se inserta «u otras autoridades competentes».
Artículo 3, letra b)
Esta modificación no afecta a la versión española. En la versión inglesa, se sustituye la palabra «approved» por «authorised».
Artículo 6, apartado 2
Esta modificación no afecta a la versión española. En la versión inglesa, se sustituye la palabra «approved» por «authorised».
Artículo 11, apartado 3
Se sustituye «tres meses» por «un mes».
Artículo 38, apartado 1
El texto actual se sustituye por el texto siguiente:
«1.Cada Parte contratante tendrá derecho a excluir, temporal o definitivamente, de la aplicación del presente Convenio a toda persona culpable de infracción grave o reiterada de las leyes o reglamentos aduaneros aplicables al transporte internacional de mercancías. Las condiciones en las que la infracción de las leyes o reglamentos aduaneros se considerará grave serán decididas por la Parte contratante.».
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