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Documento DOUE-L-2018-81489

Decisión de Ejecución (PESC) 2018/1250 del Consejo, de 18 de septiembre de 2018, por la que se aplica la Decisión (PESC) 2015/1333 relativa a la adopción de medidas restrictivas en vista de la situación existente en Libia.

Publicado en:
«DOUE» núm. 235, de 19 de septiembre de 2018, páginas 21 a 23 (3 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2018-81489

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 31, apartado 2,

Vista la Decisión (PESC) 2015/1333 del Consejo, de 31 de julio de 2015, relativa a la adopción de medidas restrictivas en vista de la situación existente en Libia, y por la que se deroga la Decisión 2011/137/PESC (1), y en particular su artículo 12, apartado 1,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 31 de julio de 2015, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2015/1333.

(2)

El 11 de septiembre de 2018, el Comité del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, creado en virtud de la Resolución 1970 (2011) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, decidió incluir a una persona en la lista de personas y entidades sujetas a medidas restrictivas.

(3)

Procede, por tanto, modificar los anexos I y III de la Decisión (PESC) 2015/1333 en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Los anexos I y III de la Decisión (PESC) 2015/1333 quedan modificados como se establece en el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 18 de septiembre de 2018.

Por el Consejo

El Presidente

G. BLÜMEL

 _____________________

(1)  DO L 206 de 1.8.2015, p. 34.

ANEXO

Se añade la siguiente persona a la lista del anexo I:

«27.

Nombre: 1: Ibrahim 2: Saeed 3: Salim 4: Jadhran

Tratamiento: n.d. Cargo o grado: Dirigente de las milicias armadas. Fecha de nacimiento: 1982. Lugar de nacimiento: n.d. Alias de buena calidad: n.d. Alias de baja calidad: n.d. Nacionalidad: Libia. Pasaporte n.o: n.d. N.o nacional de identidad: n.d. Dirección: n.d. Fecha de inclusión en la lista: 11 de septiembre de 2018. Información complementaria: nombre de la madre: Salma Abdula Younis. Incluido en la lista con arreglo a los apartados 15 y 17 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar y congelación de activos). Enlace a la notificación especial de Interpol y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en el sitio web: www.interpol.int/en/notice/search/un/xxxx.

Incluido con arreglo al apartado 11, letras b), c) y d), de la Resolución 2213 (2015) y el apartado 11 de la Resolución 2362 (2017).

Información adicional:

La Fiscalía de Libia ha emitido una orden de detención a nombre del individuo en cuestión, al que se acusa de cometer delitos diversos.

El individuo en cuestión llevó a cabo acciones armadas y ataques contra instalaciones petrolíferas situadas en la región del creciente petrolero que causaron su destrucción, el más reciente de los cuales se produjo el 14 de junio de 2018.

Los ataques en la región del creciente petrolero ocasionaron la muerte de numerosos habitantes de la zona y pusieron en peligro la vida de la población civil.

Los ataques detuvieron intermitentemente las exportaciones libias de petróleo entre 2013 y 2018, lo que supuso pérdidas considerables para la economía libia.

El individuo en cuestión intentó exportar petróleo ilegalmente.

El individuo en cuestión recluta combatientes extranjeros para sus reiterados ataques en la región del creciente petrolero.

El individuo en cuestión, por medio de sus actos, se opone a la estabilidad de Libia y constituye un obstáculo para que las partes libias logren resolver la crisis política y poner en práctica el plan de acción de las Naciones Unidas.».

Se añade la siguiente persona a la lista del anexo III:

«27.

Nombre: 1: Ibrahim 2: Saeed 3: Salim 4: Jadhran

Tratamiento: n.d. Cargo o grado: Dirigente de las milicias armadas. Fecha de nacimiento: 1982. Lugar de nacimiento: n.d. Alias de buena calidad: n.d. Alias de baja calidad: n.d. Nacionalidad: Libia. Pasaporte n.o: n.d. N.o nacional de identidad: n.d. Dirección: n.d. Fecha de inclusión en la lista: 11 de septiembre de 2018. Información complementaria: Nombre de la madre: Salma Abdula Younis. Incluido en la lista en virtud de los apartados 15 y 17 de la Resolución 1970 (prohibición de viajar y congelación de activos). Enlace a la notificación especial de Interpol y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en el sitio web: www.interpol.int/en/notice/search/un/xxxx.

Incluido en virtud del apartado 11, letras b), c) y d), de la Resolución 2213 (2015) y el apartado 11 de la Resolución 2362 (2017).

Información adicional:

La Fiscalía de Libia ha emitido una orden de detención a nombre del individuo en cuestión, al que se acusa de cometer delitos diversos.

El individuo en cuestión llevó a cabo acciones armadas y ataques contra instalaciones petrolíferas situadas en la región del creciente petrolero que causaron su destrucción, el más reciente de los cuales se produjo el 14 de junio de 2018.

Los ataques en la región del creciente petrolero ocasionaron la muerte de numerosos habitantes de la zona y pusieron en peligro la vida de la población civil.

Los ataques detuvieron intermitentemente las exportaciones libias de petróleo entre 2013 y 2018, lo que supuso pérdidas considerables para la economía libia.

El individuo en cuestión intentó exportar petróleo ilegalmente.

El individuo en cuestión recluta combatientes extranjeros para sus reiterados ataques en la región del creciente petrolero.

El individuo en cuestión, por medio de sus actos, se opone a la estabilidad de Libia y constituye un obstáculo para que las partes libias logren resolver la crisis política y poner en práctica el plan de acción de las Naciones Unidas.».

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA los anexos I y III de la Decisión 2015/1333, de 31 de julio (Ref. DOUE-L-2015-81611).
Materias
  • Cuentas bloqueadas
  • Libia
  • Libre circulación de personas
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Sanciones
  • Transportes marítimos
  • Trata de seres humanos

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