EL CONSEJO DE ASOCIACIÓN UE-TURQUÍA,
Visto el Acuerdo por el que se crea una Asociación entre la Comunidad Económica Europea y Turquía (1),
Visto el Protocolo Adicional del Acuerdo por el que se crea una Asociación entre la Comunidad Económica Europea y Turquía (2), y en particular su artículo 35,
Considerando lo siguiente:
(1) La Decisión n.o 1/98 del Consejo de Asociación CE-Turquía (3) establece el régimen preferencial aplicable al comercio de productos agrícolas entre la Unión y Turquía. El Protocolo n.o 2 de la Decisión precisa el régimen preferencial aplicable a la importación en Turquía de productos agrícolas originarios de la Unión, incluyendo un régimen preferencial para la importación de carne de vacuno congelada.
(2) Tras haber mantenido consultas, la Unión y Turquía han acordado modificar el régimen preferencial aplicable a la importación en Turquía de carne de vacuno originaria de la Unión y hacer extensiva a la carne de vacuno fresca o refrigerada la cobertura del contingente arancelario vigente que se establece en el anexo del Protocolo n.o 2 de la Decisión n.o 1/98.
(3) Procede modificar, por lo tanto, el Protocolo n.o 2 de la Decisión n.o 1/98 del Consejo de Asociación CE-Turquía en consecuencia.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
El anexo del Protocolo n.o 2 de la Decisión n.o 1/98 queda modificado de conformidad con el anexo de la presente Decisión.
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Bruselas, el 27 de marzo de 2018.
Por el Consejo de Asociación UE-Turquía
La Presidenta
F. MOGHERINI
_____________
(1) DO L 361 de 31.12.1977, p. 29.
(2) DO L 361 de 31.12.1977, p. 60.
(3) Decisión n.o 1/98 del Consejo de Asociación CE-Turquía, de 25 de febrero de 1998, relativa al régimen comercial aplicable a los productos agrícolas (98/223/CE) (DO L 86 de 20.3.1998, p. 1).
Las entradas correspondientes al código NC 0202 20 del anexo del Protocolo n.o 2 de la Decisión n.o 1/98 se sustituyen por el texto siguiente:
«Código NC |
Designación |
Reducción de los derechos NMF (%) |
Contingente arancelario (peso neto en toneladas) |
0201 20 0202 20 |
Los demás trozos de carne de vacuno sin deshuesar, frescos, refrigerados o congelados |
Reducción de un 50 % con un derecho máximo del 30 % |
5 000 |
0201 20 0202 20 |
Los demás trozos de carne de vacuno sin deshuesar, frescos, refrigerados o congelados |
Reducción de un 30 % con un derecho máximo del 43 % |
14 100 » |
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