EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 31, apartado 2,
Vista la Decisión (PESC) 2015/1333 del Consejo, de 31 de julio de 2015, relativa a la adopción de medidas restrictivas en vista de la situación existente en Libia y por la que se deroga la Decisión 2011/137/PESC (1), y en particular su artículo 12, apartado 1,
Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
(1)
El 31 de julio de 2015, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2015/1333.
(2)
Los días 18 y 29 de abril de 2018, el Comité del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, establecido en virtud de la Resolución 1970 (2011) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, puso al día la lista de los buques sujetos a medidas restrictivas.
(3)
Procede, por tanto, modificar el anexo V de la Decisión (PESC) 2015/1333 en consecuencia.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El anexo V de la Decisión (PESC) 2015/1333 queda modificado como se establece en el anexo de la presente Decisión.
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 14 de mayo de 2018.
Por el Consejo
La Presidenta
E. ZAHARIEVA
__________
(1) DO L 206 de 1.8.2015, p. 34.
ANEXO
En la sección B (Entidades) del anexo V de la Decisión (PESC) 2015/1333 del Consejo, la mención 1 (relativa al buque Nadine) y la mención 2 (relativa al buque Lynn S) quedan suprimidas.
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