En la página 9, en el anexo del Reglamento:
donde dice:
«69.
Metanol
N.o CAS 67-56-1
N.o CE 200-659-6
No se comercializará para el público en general después del 9 de mayo de 2018 en los líquidos limpiaparabrisas ni en los líquidos para deshelar los parabrisas en una concentración igual o superior al 0,6 % en peso.».
debe decir:
«69.
Metanol
N.o CAS 67-56-1
N.o CE 200-659-6
No se comercializará para el público en general después del 9 de mayo de 2019 en los líquidos limpiaparabrisas ni en los líquidos para deshelar los parabrisas en una concentración igual o superior al 0,6 % en peso.».
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