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Documento DOUE-L-2018-80669

Decisión (PESC) 2018/611 del Consejo, de 19 de abril de 2018, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2016/849 relativa a la adopción de medidas restrictivas contra la República Popular Democrática de Corea.

Publicado en:
«DOUE» núm. 101, de 20 de abril de 2018, páginas 70 a 72 (3 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2018-80669

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 29,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 27 de mayo de 2016, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2016/849 (1), que establece medidas restrictivas contra la República Popular Democrática de Corea (RPDC).

(2)

La RPDC prosigue sus programas nucleares y balísticos, incumpliendo así sus obligaciones en virtud de diversas resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Estos programas están en parte financiados por transferencias ilegales de fondos y de recursos económicos.

(3)

Debe añadirse a la lista de personas y entidades que figura en el anexo II de la Decisión (PESC) 2016/849 a cuatro personas que transfirieron activos o recursos que podrían contribuir financieramente a programas relacionados con actividades nucleares, misiles balísticos u otras armas de destrucción masiva de la RPDC.

(4)

Procede, por lo tanto, modificar el anexo II de la Decisión (PESC) 2016/849 en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo II de la Decisión (PESC) 2016/849 queda modificado según lo establecido en el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 19 de abril de 2018.

Por el Consejo

La Presidenta

E. ZAHARIEVA

____________________________

(1) Decisión (PESC) 2016/849 del Consejo, de 27 de mayo de 2016, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra la República Popular Democrática de Corea y por la que se deroga la Decisión 2013/183/PESC (DO L 141 de 28.5.2016, p. 79).

ANEXO

.

El anexo II de la Decisión (PESC) 2016/849 queda modificado como sigue:

1)En el epígrafe II, el título se sustituye por el texto siguiente:

«II.

Personas y entidades que prestan servicios financieros o transfieren activos o recursos que podrían contribuir a programas relacionados con actividades nucleares, misiles balísticos u otras armas de destrucción masiva de la RPDC».

2)En el epígrafe II se añaden las siguiente entradas al apartado «A. Personas»:

Nombre

Alias

Información de identificación

Fecha de inclusión en la lista

Exposición de motivos

«9.

KIM Yong Nam

KIM Yong-Nam, KIM Young-Nam, KIM Yong-Gon

Fecha de nacimiento: 2.12.1947

Lugar de nacimiento: Sinuju, RPDC

20.4.2018

KIM Yong Nam ha sido identificado por el grupo de expertos como agente de la Oficina General de Reconocimiento, entidad incluida en la lista de las Naciones Unidas. El grupo de expertos concluyó que él y su hijo KIM Su Gwang han realizado prácticas financieras fraudulentas que podrían contribuir a los programas de la RPDC relacionados con actividades nucleares, misiles balísticos u otras armas de destrucción masiva. KIM Yong Nam ha abierto diversas cuentas corrientes y de ahorro en la Unión y ha participado en varias transferencias bancarias de gran envergadura a cuentas bancarias en la Unión o a cuentas en el exterior de la Unión, al tiempo que trabaja como diplomático, incluidas las cuentas bancarias a nombre de su hijo y su nuera KIM Su Gwang KIM Kyong Hui.

10.

DJANG Tcheul Hy

Fecha de nacimiento: 11.5.1950

Lugar de nacimiento: Kangwon

20.4.2018

DJANG Tcheul Hy ha participado junto con su marido KIM Yong Nam, su hijo KIM Su Gwang y su nuera KIM Kyong Hui en prácticas financieras fraudulentas que podrían contribuir a los programas de la RPDC relacionados con actividades nucleares, misiles balísticos u otras armas de destrucción masiva. Fue titular de diversas cuentas bancarias en la Unión abiertas a su nombre por su hijo KIM Su Gwang. También estuvo implicada en diversas transferencias bancarias desde cuentas de su nuera KIM Kyong Hui a cuentas bancarias en el exterior de la Unión.

11.

KIM Su Gwang

KIM Sou-Kwang, KIM Sou-Gwang, KIM Son-Kwang, KIM Su-Kwang, KIM Soukwang

Fecha de nacimiento: 18.8.1976

Lugar de nacimiento: Pionyang (RPDC)

Diplomático de la Embajada de la RPDC en Bielorrusia

20.4.2018

KIM Su Gwang ha sido identificado por el grupo de expertos como agente de la Oficina General de Reconocimiento, entidad incluida en la lista de las Naciones Unidas. El grupo de expertos concluyó que él y su hijo KIM Yong Nam han realizado prácticas financieras fraudulentas que podrían contribuir a los programas de la RPDC relacionados con actividades nucleares, misiles balísticos u otras armas de destrucción masiva. KIM Su Gwang ha abierto numerosas cuentas bancarias en diversos Estados miembros, utilizando incluso nombres de familiares. Ha participado en varias transferencias bancarias de gran envergadura a cuentas bancarias en la Unión o a cuentas bancarias en el exterior de la Unión, al tiempo que trabaja como diplomático, incluidas cuentas bancarias a nombre de su esposa KIM Kyong Hui.

12.

KIM Kyong Hui

Fecha de nacimiento: 6.5.1981

Lugar de nacimiento: Pionyang (RPDC)

20.4.2018

KIM Kyong Hui ha participado, junto con su marido KIM Su Gwang, su suegro KIM Yong Nam y su suegra DJANG Tcheul Hy, en prácticas financieras fraudulentas que podrían contribuir a los programas de la RPDC relacionados con actividades nucleares, misiles balísticos u otras armas de destrucción masiva. Recibió diversas transferencias bancarias de su marido KIM Su Gwang y de su suegro KIM Yong Nam, y transfirió dinero de cuentas en el exterior de la Unión en su nombre o en nombre de su suegra, DJANG Tcheul Hy.»

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo II de la Decisión 2016/849, de 27 de mayo (Ref. DOUE-L-2016-80909).
Materias
  • Corea del Norte
  • Cuentas bloqueadas
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Sanciones

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