EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 31, apartado 2,
Vista la Decisión (PESC) 2015/1333 del Consejo, de 31 de julio de 2015, relativa a la adopción de medidas restrictivas en vista de la situación existente en Libia y por la que se deroga la Decisión 2011/137/PESC (1), y en particular su artículo 12, apartado 1,
Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
(1)
El 31 de julio de 2015, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2015/1333.
(2)
El 26 de enero de 2018, el Comité del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, creado en virtud de la Resolución 1970 (2011) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, renovó y modificó la inclusión de un buque en la lista sujeto a medidas restrictivas.
(3)
Procede, por tanto, modificar el anexo V de la Decisión (PESC) 2015/1333 en consecuencia.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El anexo V de la Decisión (PESC) 2015/1333 queda modificado como se establece en el anexo de la presente Decisión.
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 2 de febrero de 2018.
Por el Consejo
La Presidenta
E. ZAHARIEVA
___________________
(1) DO L 206 de 1.8.2015, p. 34.
ANEXO
.
En la sección B (Entidades) del anexo V de la Decisión (PESC) 2015/1333 del Consejo, la mención 2 se sustituye por el texto siguiente:
«2.
Nombre: Lynn S
Alias: nd. Antes: nd. Dirección: nd. Fecha de inclusión en la lista: 2 de agosto de 2017 (modificada el 31 de octubre de 2017 y 26 de enero de 2018) Información adicional
OMI: 8706349. Incluido en la lista en virtud del párrafo 10, letras a) y b), de la Resolución 2146 (2014), prorrogada y modificada por el párrafo 2 de la Resolución 2362 (2017) (prohibición de carga, transporte o descarga; prohibición de entrada en puertos). En virtud del párrafo 11 de la Resolución 2146, esta designación fue renovada por el Comité 26 de enero de 2018 (prórroga precedente válida hasta el 29 de enero de 2018) y es válida hasta el 28 de abril de 2018, salvo que el Comité decida excluir antes de esa fecha el nombre del buque designado en virtud del párrafo 12 de la Resolución 2146. Estado del pabellón: San Vicente y las Granadinas. A 6 de octubre de 2017, el buque estaba situado en aguas territoriales de Líbano antes de hacer rumbo al oeste.».
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