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Documento DOUE-L-2017-82406

Decisión (PESC) 2017/2214 del Consejo, de 30 de noviembre de 2017, por la que se modifica la Decisión 2014/512/PESC relativa a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania.

Publicado en:
«DOUE» núm. 316, de 1 de diciembre de 2017, páginas 20 a 21 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2017-82406

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 29,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 31 de julio de 2014, el Consejo adoptó la Decisión 2014/512/PESC (1).

(2)

El Consejo considera que las medidas restrictivas establecidas en la Decisión 2014/512/PESC no deben afectar a la industria espacial europea.

(3)

El 1 de octubre de 2015, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2015/1764 (2). Esta Decisión contenía excepciones para determinadas operaciones relativas a productos pirotécnicos específicos mencionados en la Lista Común Militar de la Unión Europea (3), necesarios para el uso de dispositivos de lanzamiento operados por proveedores de servicios de lanzamiento de los Estados miembros o establecidos en un Estado miembro, necesarios para el uso en lanzamientos de programas espaciales de la Unión, de sus Estados miembros o de la Agencia Espacial Europea, o necesarios para el abastecimiento en carburante de satélites por parte de fabricantes de satélites establecidos en un Estado miembro.

(4)

El Consejo estima que deben autorizarse determinadas operaciones relativas a la hidracina, que figura en la Lista Común Militar de la Unión Europea y necesaria para el ExoMars Carrier Module y el ExoMars Descent Module en el marco de la misión ExoMars 2020.

(5)

Por consiguiente, procede modificar la Decisión 2014/512/PESC en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El artículo 2 de la Decisión 2014/512/PESC queda modificado como sigue:

1)

Se inserta el apartado siguiente:

«5 bis. Las prohibiciones establecidas en los apartados 1 y 3 no se aplicarán a la venta, el suministro, la transferencia o la exportación ni a la importación, la compra o el transporte de hidracina (CAS 302-01-2) en concentraciones del 70 % o más para los ensayos y el vuelo del ExoMars Descent Module y para el vuelo del ExoMars Carrier Module en el marco de la misión ExoMars 2020, en las condiciones siguientes:

a)

la cantidad de hidracina destinada a los ensayos y el vuelo del ExoMars Descent Module en el marco de la misión ExoMars 2020, calculada de conformidad con las necesidades de cada fase de dicha misión, no excede un total de 5 000 kg para toda la duración de la misión;

b)

la cantidad de hidracina destinada al vuelo del ExoMars Carrier Module en el marco de la misión ExoMars 2020 no supera un total de 300 kg.».

2)

El apartado 6 se sustituye por el texto siguiente:

«6. Las prohibiciones establecidas en el apartado 2 no se aplicarán a la prestación de asistencia técnica, servicios de intermediación u otros servicios, ni a la prestación de financiación o asistencia financiera, en relación con las operaciones indicadas en los apartados 5 y 5 bis.».

3)

El apartado 7 se sustituye por el texto siguiente:

«7. Las operaciones indicadas en los apartados 5, 5 bis y 6 quedarán sujetas a autorización previa de las autoridades competentes de los Estados miembros. Los Estados miembros informarán debidamente al Consejo de todos los casos de concesión de autorizaciones. En la información se detallarán las cantidades transferidas y su utilización final.».

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 30 de noviembre de 2017.

Por el Consejo

La Presidenta

K. SIMSON

______________

(1) Decisión 2014/512/PESC del Consejo, de 31 de julio de 2014, relativa a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania (DO L 229 de 31.7.2014, p. 13).

(2) Decisión (PESC) 2015/1764 del Consejo, de 1 de octubre de 2015, por la que se modifica la Decisión 2014/512/PESC relativa a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania (DO L 257 de 2.10.2015, p. 42).

(3) Lista Común Militar de la Unión Europea adoptada por el Consejo el 9 de febrero de 2015 (DO C 129 de 21.4.2015, p. 1).

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 2 de la Decisión 2014/512, de 31 de julio (Ref. DOUE-L-2014-81726).
Materias
  • Carburantes y combustibles
  • Exportaciones
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Rusia
  • Sanciones
  • Ucrania

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