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Documento DOUE-L-2017-82046

Reglamento de Ejecución (UE) 2017/1862 de la Comisión, de 16 de octubre de 2017, que modifica el Reglamento (CE) n° 1235/2008, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n° 834/2007 del Consejo en lo que se refiere a las importaciones de productos ecológicos procedentes de terceros países.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOUE» núm. 266, de 17 de octubre de 2017, páginas 1 a 2 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2017-82046

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n.o 834/2007 del Consejo, de 28 de junio de 2007, sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el Reglamento (CEE) n.o 2092/91 (1), y en particular su artículo 38, letra d),

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento (CE) n.o 1235/2008 de la Comisión (2) prevé un plazo para que los organismos y autoridades de control presenten su solicitud de reconocimiento a efectos de la importación de productos que cumplen los requisitos, de conformidad con el artículo 32 del Reglamento (CE) n.o 834/2007. Dado que la aplicación de las disposiciones relativas a la importación de productos conformes con los requisitos se encuentra todavía en fase de evaluación, y puesto que aún se están elaborando las directrices, los modelos y los cuestionarios correspondientes, así como el sistema electrónico de transmisión necesario, conviene ampliar el plazo para que esos organismos y autoridades de control presenten las solicitudes.

(2)

Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité sobre la Producción Ecológica.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el artículo 4, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 1235/2008, la fecha de «31 de octubre de 2017» se sustituye por la de «31 de octubre de 2018».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los siete días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 16 de octubre de 2017.

Por la Comisión

El Presidente

Jean-Claude JUNCKER

______________________________

(1) DO L 189 de 20.7.2007, p. 1.

(2) Reglamento (CE) n.o 1235/2008 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2008, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.o 834/2007 del Consejo en lo que se refiere a las importaciones de productos ecológicos procedentes de terceros países (DO L 334 de 12.12.2008, p. 25).

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 16/10/2017
  • Fecha de publicación: 17/10/2017
  • Fecha de entrada en vigor: 24/10/2017
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Reglamento 2021/2306, de 21 de octubre ((Ref. DOUE-L-2021-81830)).
  • Fecha de derogación: 01/01/2022
  • Permalink ELI EUR-Lex: https://data.europa.eu/eli/reg/2017/1862/spa
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 4.1 del Reglamento 1235/2008, de 8 de diciembre (Ref. DOUE-L-2008-82464).
Materias
  • Entidades de certificación
  • Importaciones
  • Productos ecológicos

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