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Documento DOUE-L-2017-81851

Reglamento de Ejecución (UE) 2017/1568 del Consejo, de 15 septiembre de 2017, por el que se aplica el Reglamento (UE) 2017/1509 relativo a medidas restrictivas contra la República Popular Democrática de Corea.

Publicado en:
«DOUE» núm. 238, de 16 de septiembre de 2017, páginas 10 a 11 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2017-81851

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2017/1509 del Consejo, de 30 de agosto de 2017, relativo a medidas restrictivas contra la República Popular Democrática de Corea y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 329/2007 (1), y en particular su artículo 47, apartado 1,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, Considerando lo siguiente:

(1)

El 30 de agosto de 2017, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) 2017/1509.

(2)

El 11 de septiembre de 2017, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptó la Resolución 2375 (2017), por la que se añadió a una persona y tres entidades a la lista de personas y entidades sujetas a medidas restrictivas.

(3)

Procede, por lo tanto, modificar en consecuencia el anexo III del Reglamento (UE) 2017/1509.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo XIII del Reglamento (UE) 2017/1509 queda modificado según lo establecido en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 15 de septiembre de 2017.

Por el Consejo

El Presidente

M. MAASIKAS

________________________

(1) DO L 224 de 31.8.2017, p. 1

ANEXO

.

Las personas y entidades enumeradas a continuación se añadirán a la lista de personas y entidades sujetas a las medidas restrictivas contempladas en el anexo XIII del Reglamento (UE) n.o 2017/1509.

a) Personas físicas

Nombre

Otras denominaciones

Información identificativa

Fecha de designación de las Naciones Unidas Exposición de motivos

63.

Pak Yon Sik

Nacionalidad: RPDC

Año de nacimiento: 1950

11.9.2017

Miembro de la Comisión Militar Central del Partido de los Trabajadores de Corea, que es la entidad responsable de la concepción y ejecución de las políticas militares del Partido de los Trabajadores de Corea, dirige y controla el estamento militar de la RPDC y ayuda a dirigir la industria de la defensa militar del país.

b) Personas jurídicas, entidades u organismos

Nombre

Otras denominaciones

Dirección

Fecha de designación de las Naciones Unidas Otra información

51.

Comisión Militar Central del Partido de los Trabajadores de Corea (CMC)

Pionyang, RPDC

11.9.2017

La Comisión Militar Central es responsable de la concepción y ejecución de las políticas militares del Partido de los Trabajadores de Corea, dirige y controla el estamento militar de la RPDC y dirige la industria de la defensa militar en coordinación con la Comisión de Asuntos Estatales.

52.

Departamento de Organización y Orientación (DOO)

RPDC

11.9.2017

El Departamento de Organización y Orientación es un órgano muy poderoso del Partido de los Trabajadores de Corea. Dirige nombramientos personales clave dentro del Partido de los Trabajadores de Corea, del estamento militar de la RPDC y de la administración pública de la RPDC. Asimismo aspira a controlar la totalidad de los asuntos políticos de la RPDC y desempeña un cometido esencial en la aplicación de las medidas de censura de la RPDC.

53.

Departamento de Propaganda y Agitación (DPA)

Pionyang, RPDC

11.9.2017

El Departamento de Propaganda y Agitación ejerce el pleno control de los medios de comunicación, que utiliza como instrumento para controlar a la población en nombre de los gobernantes de la RPDC. El Departamento de Propaganda y Agitación ejerce también las actividades de censura del gobierno de la RPDC o es responsable de ellas, en particular la censura de la prensa escrita y los medios de comunicación.

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo XIII del Reglamento 2017/1509, de 30 de agosto (Ref. DOUE-L-2017-81701).
Materias
  • Corea del Norte
  • Cuentas bloqueadas
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Sanciones

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