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Documento DOUE-L-2017-80108

Corrección de errores del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1825 de la Comisión, de 6 de septiembre de 2016, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) nº 901/2014 en lo que se refiere a los requisitos administrativos para la homologación y la vigilancia del mercado de los vehículos de dos o tres ruedas y los cuatriciclos.

Publicado en:
«DOUE» núm. 23, de 28 de enero de 2017, páginas 122 a 122 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2017-80108

TEXTO ORIGINAL

En la página 79, en el anexo, punto 3, la letra c), que sustituye al punto 5 del apéndice 1 del anexo V del Reglamento de Ejecución (UE) nº 901/2014, se sustituye por el texto siguiente:

«c)en el apéndice 1, el punto 5 se sustituye por el texto siguiente:

“5.

Ejemplo de una motocicleta L3e-A3 con información adicional relativa al vehículo transformado (VT), una motocicleta L3e-A2, fuera del rectángulo claramente marcado. En este caso, a efectos de una modificación autorizada del fabricante, de carácter temporal y reversible, realizada en la motocicleta L3e-A3 matriculada por primera vez con el fin de matricularla a nivel nacional tras su transformación en una configuración L3e-A2 de menor potencia (por ejemplo, para conductores con permiso de conducción A2):

MOTORUDOLPH

L3e-A3

e4*168/2013*2691

JRM00DBP008002211

84 dB (A) — 4 250 min– 1

max 352 kg

L3e-A2

e4*168/2013*2692

83 dB (A) — 3 750 min– 1

35 kW”.».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 28/01/2017
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 2016/1825, de 6 de septiembre (Ref. DOUE-L-2016-81859).
  • CORRIGE errores del Reglamento 901/2014, de 18 de julio (Ref. DOUE-L-2014-81803).
Materias
  • Certificados
  • Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas CEPE
  • Homologación
  • Motocicletas
  • Procedimiento administrativo
  • Vehículos de motor

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