En la página 15, en el artículo 1, punto 3 [en el que figuran las modificaciones del artículo 10 del Reglamento (UE) nº 965/2012], en el apartado 2 del artículo 10 modificado de dicho Reglamento, primera frase:
donde dice:
«2.Los anexos II y VII se aplicarán a las operaciones comerciales con globos y planeadores a partir del 25 de agosto de 2013»,
debe decir: «2.Los anexos II y VII se aplicarán a las operaciones no comerciales con globos y planeadores a partir del 25 de agosto de 2013».
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