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Documento DOUE-L-2016-82387

Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2243 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2016, que modifica el Reglamento (CE) nº 341/2007 en lo que atañe al contingente arancelario de importación de ajos originarios de China.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOUE» núm. 339, de 14 de diciembre de 2016, páginas 1 a 3 (3 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2016-82387

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 922/1972, (CEE) n.o 234/1979, (CE) n.o 1037/2001 y (CE) n.o 1234/2007 (1), y en particular su artículo 187, letra a),

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento (CE) n.o 341/2007 de la Comisión (2) abre contingentes arancelarios para los ajos del código NC 0703 20 00 y para otros productos agrícolas importados de terceros países y fija su modo de gestión.

(2)

El Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y la República Popular China, de conformidad con el artículo XXIV, párrafo 6, y el artículo XXVIII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, relativo a la modificación de las concesiones en la lista arancelaria de la República de Croacia en el marco de su adhesión a la Unión Europea, aprobado mediante la Decisión (UE) 2016/243 del Consejo (3), prevé un incremento de 2 150 toneladas del contingente arancelario de la Unión para los ajos originarios de China.

(3)

El incremento del contingente arancelario debe reflejarse en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 341/2007. Procede, por tanto, modificar el Reglamento (CE) n.o 341/2007 en consecuencia.

(4)

Dado que el Acuerdo entre la Unión Europea y la República Popular China fue aprobado por el Consejo el 18 de octubre de 2016 (4), los importadores podrían tener acceso a las cantidades suplementarias a partir del cuarto subperíodo del período del contingente arancelario de importación 2016/17. Según el artículo 10, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 341/2007, los importadores han de presentar sus solicitudes de certificados de importación durante los siete primeros días civiles de enero para el cuarto subperíodo. Por consiguiente, procede que el presente Reglamento se aplique a partir del 1 de enero de 2017.

(5)

Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de la Organización Común de Mercados Agrarios.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Modificación del Reglamento (CE) n.o 341/2007

El anexo I del Reglamento (CE) n.o 341/2007 se sustituye por el texto que figura en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

Entrada en vigor y aplicación

El presente Reglamento entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Será aplicable a partir del 1 de enero de 2017.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 13 de diciembre de 2016.

Por la Comisión

El Presidente

Jean-Claude JUNCKER

_____________________

(1) DO L 347 de 20.12.2013, p. 671.

(2) Reglamento (CE) n.o 341/2007 de la Comisión, de 29 de marzo de 2007, por el que se abren contingentes arancelarios, se fija su modo de gestión y se instaura un régimen de certificados de importación y de origen para los ajos y otros productos agrícolas importados de terceros países (DO L 90 de 30.3.2007, p. 12).

(3) Decisión (UE) 2016/243 del Consejo, de 12 de febrero de 2016, relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea, de un Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y la República Popular China, de conformidad con el artículo XXIV, párrafo 6, y el artículo XXVIII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, relativo a la modificación de las concesiones en la lista arancelaria de la República de Croacia en el marco de su adhesión a la Unión Europea (DO L 45 de 20.2.2016, p. 12).

(4) Decisión (UE) 2016/1885 del Consejo, de 18 de octubre de 2016, relativa a la celebración de un Acuerdo, en forma de Canje de Notas, entre la Unión Europea y la República Popular China, de conformidad con el artículo XXIV, párrafo 6, y el artículo XXVIII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, relativo a la modificación de las concesiones en la lista arancelaria de la República de Croacia en el marco de su adhesión a la Unión Europea (DO L 291 de 26.10.2016, p. 7).

ANEXO

.

«ANEXO I

Contingentes arancelarios abiertos en aplicación de las Decisiones 2001/404/CE, 2006/398/CE, 2014/116/UE y Decisión (UE) 2016/243 para las importaciones de ajos del código NC 0703 20 00

Origen

Número de orden

Contingente (toneladas)

Primer subperíodo (junio-agosto)

Segundo subperíodo (septiembre-noviembre)

Tercer subperíodo (diciembre-febrero)

Cuarto subperíodo (marzo-mayo)

Total

Argentina

19 147

Importadores tradicionales

09.4104

9 590

3 813

Nuevos importadores

09.4099

4 110

1 634

Total

13 700

5 447

China

48 225

Importadores tradicionales

09.4105

8 664

8 664

7 548

8 884

Nuevos importadores

09.4100

3 713

3 713

3 233

3 806

Total

12 377

12 377

10 781

12 690

Otros terceros países

6 023

Importadores tradicionales

09.4106

941

1 960

929

386

Nuevos importadores

09.4102

403

840

398

166

Total

1 344

2 800

1 327

552

Total

13 721

15 177

25 808

18 689

73 395 »

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 13/12/2016
  • Fecha de publicación: 14/12/2016
  • Fecha de entrada en vigor: 17/12/2016
  • Aplicable desde el 1 de enero de 2017.
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Reglamento 2020/760, de 17 de diciembre de 2019; (Ref. DOUE-L-2020-80900).
  • Fecha de derogación: 19/06/2020
  • Permalink ELI EUR-Lex: https://data.europa.eu/eli/reg/2016/2243/spa
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE el anexo I del Reglamento 341/2007, de 29 de marzo (Ref. DOUE-L-2007-80437).
Materias
  • China
  • Contingentes arancelarios
  • Importaciones
  • Legumbres de bulbo

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