EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 28 y su artículo 31, apartado 1,
Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
(1)
El 26 de junio de 2014, el Consejo adoptó la Decisión 2014/401/PESC (1) relativa al Centro de Satélites de la Unión Europea y por la que se deroga la Acción Común 2001/555/PESC relativa a la creación de un centro de satélites de la Unión Europea.
(2)
La Junta Directiva del Centro de Satélites de la Unión Europea («SATCEN») debe tener la posibilidad de invitar a algunas de sus reuniones a expertos de Estados, organizaciones internacionales, organismos y entidades pertinentes, para que aporten información sobre temas concretos.
(3)
El SATCEN debe ser responsable de la ejecución de los acuerdos internacionales celebrados por la Unión en el ámbito de la política exterior y de seguridad común en relación con las actividades del SATCEN.
(4)
Por lo tanto, procede modificar la Decisión 2014/401/PESC en consecuencia.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
La Decisión 2014/401/PESC se modifica como sigue:
1)El artículo 6, apartado 4, se sustituye por el texto siguiente:
«4. El director del SATCEN o su representante asistirá, como regla general, a las reuniones de la Junta Directiva. También podrán asistir a las reuniones el presidente del Comité Militar de la Unión Europea, el director general del Estado Mayor de la Unión Europea y el comandante de la operación civil de la Unión Europea. Asimismo, podrán asistir a las reuniones de la Junta Directiva, a invitación de esta, representantes de las instituciones de la Unión, de agencias, organismos y entidades pertinentes, así como a representantes de Estados terceros, organizaciones internacionales y entidades, para que aporten información en relación con puntos concretos del orden del día.».
2)En el artículo 20 se inserta el siguiente apartado después del apartado 2:
«2 bis. El SATCEN será responsable de la ejecución de los acuerdos internacionales celebrados por la Unión en el ámbito de la política exterior y de seguridad común, en la medida en que afecten a las actividades del SATCEN.».
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Bruselas, el 1 de diciembre de 2016.
Por el Consejo
El Presidente
A. ÉRSEK
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(1) Decisión 2014/401/PESC del Consejo, de 26 de junio de 2014, relativa al Centro de Satélites de la Unión Europea y por la que se deroga la Acción Común 2001/555/PESC relativa a la creación de un centro de satélites de la Unión Europea (DO L 188 de 27.6.2014, p. 73).
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