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Documento DOUE-L-2016-81260

Decisión (PESC) 2016/1136 del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se actualiza la lista de personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la Posición Común 2001/931/PESC sobre la aplicación de medidas específicas de lucha contra el terrorismo, y se deroga la Decisión (PESC) 2015/2430.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOUE» núm. 188, de 13 de julio de 2016, páginas 21 a 24 (4 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2016-81260

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 29, Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, Considerando lo siguiente:

(1)

El 27 de diciembre de 2001, el Consejo adoptó la Posición Común 2001/931/PESC (1).

(2)

El 21 de diciembre de 2015, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2015/2430 (2), por la que se actualiza la lista de personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la Posición Común 2001/931/PESC (en lo sucesivo, «la lista»).

(3)

De conformidad con el artículo 1, apartado 6, de la Posición Común 2001/931/PESC, es necesario revisar periódicamente los nombres de las personas, grupos y entidades que figuran en la lista, con el fin de asegurar que su permanencia en ella está justificada.

(4)

La presente Decisión recoge los resultados de la revisión que el Consejo ha llevado a cabo con respecto a las personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la Posición Común 2001/931/PESC.

(5)

El Consejo ha verificado que las autoridades competentes a que se refiere el artículo 1, apartado 4, de la Posición Común 2001/931/PESC han adoptado las decisiones en relación con todas las personas, grupos y entidades que figuran en la lista a efectos de establecer que hayan intervenido en actos terroristas en el sentido del artículo 1, apartados 2 y 3, de la Posición Común 2001/931/PESC. El Consejo ha concluido que se debe seguir imponiendo a las personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la Posición Común 2001/931/PESC las medidas restrictivas específicas establecidas en ella.

(6)

Procede actualizar la lista en consecuencia y derogar la Decisión (PESC) 2015/2430.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Se establece en el anexo de la presente Decisión la lista de personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la Posición Común 2001/931/PESC.

Artículo 2

Queda derogada la Decisión (PESC) 2015/2430.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 12 de julio de 2016.

Por el Consejo

El Presidente

P. KAŽIMÍR

____________________________

(1) Posición Común 2001/931/PESC del Consejo, de 27 de diciembre de 2001, sobre la aplicación de medidas específicas de lucha contra el terrorismo (DO L 344 de 28.12.2001, p. 93).

(2) Decisión (PESC) 2015/2430 del Consejo, de 21 de diciembre de 2015, por la que se actualiza la lista de personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la Posición Común 2001/931/PESC sobre la aplicación de medidas específicas de lucha contra el terrorismo, y se deroga la Decisión (PESC) 2015/1334 (DO L 334 de 22.12.2015, p. 18).

ANEXO

.

LISTA DE PERSONAS, GRUPOS Y ENTIDADES A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 1

I. PERSONAS

1.

ABDOLLAHI Hamed (alias Mustafa Abdullahi), nacido el 11 de agosto de 1960 en Irán. Pasaporte: D9004878.

2.

AL-NASSER, Abdelkarim Hussein Mohamed, nacido en Al Ihsa (Arabia Saudí), nacional de Arabia Saudí.

3.

AL YACOUB, Ibrahim Salih Mohammed, nacido el 16 de octubre de 1966 en Tarut (Arabia Saudí), nacional de Arabia Saudí.

4.

ARBABSIAR Manssor (alias Mansour Arbabsiar), nacido el 6 o el 15 de marzo de 1955 en Irán. Nacional de Irán y de EE. UU. Pasaporte: C2002515 (Irán); Pasaporte: 477845448 (EE. UU.). DNI: 07442833, fecha de caducidad: 15 de marzo de 2016 (permiso de conducción estadounidense).

5.

BOUYERI, Mohamed (alias Abu ZUBAIR, alias SOBIAR, alias Abu ZOUBAIR), nacido el 8 de marzo de 1978 en Ámsterdam (Países Bajos), miembro del «Hofstadgroep».

6.

IZZ-AL-DIN, Hasan (alias GARBAYA, Ahmed; alias SA-ID; alias SALWWAN, Samir), nacido en 1963 en el Líbano, nacional del Líbano.

7.

MOHAMMED, Khalid Shaikh (alias ALI, Salem, alias BIN KHALID, Fahd Bin Abdallah, alias HENIN, Ashraf Refaat Nabith, alias WADOOD, Khalid Adbul), nacido el 14 de abril de 1965 o el 1 de marzo de 1964 en Pakistán, pasaporte n.o 488555.

8.

SHAHLAI Abdul Reza (alias Abdol Reza Shala'i, alias Abd-al Reza Shalai, alias Abdorreza Shahlai, alias Abdolreza Shahla'i, alias Abdul-Reza Shahlaee, alias Hajj Yusef, alias Haji Yusif, alias Hajji Yasir, alias Hajji Yusif, alias Yusuf Abu-al-Karkh), nacido hacia 1957 en Irán. Direcciones: 1) Kermanshah, Irán, 2) Base militar de Mehran, provincia de Ilam, Irán.

9.

SHAKURI Ali Gholam, nacido hacia 1965 en Teherán, Irán.

10.

SOLEIMANI Qasem (alias Ghasem Soleymani, alias Qasmi Sulayman, alias Qasem Soleymani, alias Qasem Solaimani, alias Qasem Salimani, alias Qasem Solemani, alias Qasem Sulaimani, alias Qasem Sulemani), nacido el 11 de marzo de 1957 en Irán. Nacionalidad iraní. Pasaporte: 008827 (diplomático iraní), expedido en 1999. Cargo: General de División.

II. GRUPOS Y ENTIDADES

1.

«Organización Abu Nidal» («OAN») (otras denominaciones: «Consejo Revolucionario de Al Fatah», «Brigadas Revolucionarias Árabes», «Septiembre Negro» y «Organización Revolucionaria de los Musulmanes Socialistas»).

2.

«Brigada de los Mártires de Al-Aqsa».

3.

«Al-Aqsa e.V.».

4.

«Babbar Khalsa».

5.

«Partido Comunista de Filipinas», incluido el «Nuevo Ejército del Pueblo» («NEP») [«New People's Army» («NPA»)] de Filipinas.

6.

«Gama'a al-Islamiyya» (otras denominaciones: «Al-Gama'a al-Islamiyya») («Grupo Islámico» — «GI»).

7.

«İslami Büyük Doğu Akıncılar Cephesi» — «IBDA-C» («Frente de Guerreros del Gran Oriente Islámico»).

8.

«Hamas» (incluido «Hamas-Izz al-Din al-Qassem»).

9.

«Ala militar de Hizbulá» [otras denominaciones: «Ala militar de Hezbolá», «Ala militar de Hizbulah», «Ala militar de Hizbolah», «Ala militar de Hezbalah», «Ala militar de Hisbolah», «Ala militar de Hizbu'llah», «Ala militar de Hizb Allah», «Consejo de la Yihad» (y todas las unidades bajo su mando, incluida la Organización de Seguridad Exterior)].

10.

«Hizbul Muyahidín» («HM») («Los Muyahidines Hizbul»).

11.

«Hofstadgroep».

12.

«Khalistan Zindabad Force» («KZF») («Fuerza de Jalistán Zindabad»).

13.

«Partido de los Trabajadores del Kurdistán» («PKK») (otras denominaciones: «KADEK», «KONGRA-GEL»).

14.

«Tigres para la Liberación de la Patria Tamil» («LTTE»).

15.

«Ejército de Liberación Nacional».

16.

«Palestinian Islamic Jihad» («PIJ») («Yihad islámica para la liberación de Palestina»).

17.

«Frente Popular de Liberación de Palestina» («FPLP»).

18.

«Frente Popular de Liberación de Palestina — Comando General» (otras denominaciones: «FPLP-Comando General»).

19.

«Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia» («FARC»).

20.

«Devrimci Halk Kurtuluș Partisi-Cephesi» («DHKP/C») («Ejército/Frente/Partido Revolucionario de Liberación Popular») [otras denominaciones: «Devrimci Sol» o «Dev Sol» («Izquierda revolucionaria»)].

21.

«Sendero Luminoso» («SL»).

22.

«Teyrbazen Azadiya Kurdistan» («TAK») (otras denominaciones: «Halcones para la Libertad del Kurdistán»).

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 12/07/2016
  • Fecha de publicación: 13/07/2016
  • Fecha de entrada en vigor: 14/07/2016
  • Fecha de derogación: 28/01/2017
  • Permalink ELI EUR-Lex: https://data.europa.eu/eli/dec/2016/1136/spa
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DECLARA la nulidad de lo indicado, por Sentencia de 10 de abril de 2019 (Ref. DOUE-Z-2019-70024).
  • SE DEROGA, por Decisión 2017/154, de 27 de enero (Ref. DOUE-L-2017-80106).
  • SE MODIFICA el anexo , por Decisión 20162384, de 22 de diciembre (Ref. DOUE-L-2016-82488).
Referencias anteriores
  • DEROGA la Decisión 2015/2430, de 21 de diciembre (Ref. DOUE-L-2015-82560).
  • MODIFICA la Lista a la que se refieren los arts. 2, 3 y 4 de la Decisión 2001/931, de 27 de diciembre (Ref. DOUE-L-2001-82804).
Materias
  • Cuentas bloqueadas
  • Sanciones
  • Terrorismo

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