En la página 78, artículo 1, en el punto 2, nuevo artículo 1 bis, apartado 5, primera frase, del Reglamento (CE) n.o 539/2001:
donde dice:
«Antes de que acabe el período de vigencia de la decisión adoptada de conformidad con el apartado 4, la Comisión, en cooperación con el Estado o Estados miembros de que se trate, presentará un informe al Parlamento Europeo y al Consejo.»,
debe decir:
«Antes de que acabe el período de vigencia del acto de ejecución adoptado de conformidad con el apartado 4, la Comisión, en cooperación con el Estado miembro de que se trate, presentará un informe al Parlamento Europeo y al Consejo.».
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