EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO, (BCE/2015/44)
Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, y en particular los artículos 5.1, 12.1 y 14.3,
el Reglamento (CE) n.o 2533/98 del Consejo, de 23 de noviembre de 1998, sobre la obtención de información estadística por el Banco Central Europeo (1),
Considerando lo siguiente:
(1)
Es preciso actualizar la elaboración de las estadísticas monetarias y financieras en vista de que, conforme al Reglamento (UE) n.o 1374/2014 del Banco Central Europeo (BCE/2014/50) (2), las compañías de seguros estarán sujetas a obligaciones de presentación de información estadística a partir del período de referencia del primer trimestre de 2016. Por lo tanto, es preciso empezar a elaborar estadísticas sobre las compañías de seguros en el marco establecido en la Orientación BCE/2014/15 (3).
(2)
Debe modificarse en consecuencia la Orientación BCE/2014/15.
HA ADOPTADO LA PRESENTE ORIENTACIÓN:
Artículo 1
Modificaciones
La Orientación BCE/2014/15 se modifica como sigue:
1.En el artículo 1, el apartado 2 se sustituye por el siguiente:
Los BCN presentarán las partidas a que se refieren los artículos 3 a 26 bis de conformidad con los planes establecidos en el anexo II y de acuerdo con las normas de presentación electrónica de información establecidas en el anexo III. A más tardar al final de septiembre de cada año, el BCE comunicará a los BCN las fechas exactas de transmisión en forma de calendario de presentación de información para el año siguiente.».
2.En el artículo 25, se añade al apartado 1 el párrafo siguiente:
«A fin de permitir la elaboración y el mantenimiento de la lista de compañías de seguros a efectos estadísticos a que se refiere el artículo 3 del Reglamento (UE) n.o 1374/2014 del Banco Central Europeo (BCE/2014/50) (*), las variables especificadas en las partes 1 y 2 del anexo V deben recopilarse en RIAD con los intervalos prescritos. Los BCN presentarán las actualizaciones de estas variables, en particular cuando una entidad se incorpore a la población de compañías de seguros o la abandone. Los BCN transmitirán los datos de referencia completos conforme a las partes 1 y 2 del anexo V de las compañías de seguros matrices y filiales residentes, de todas las sucursales residentes con independencia del lugar donde estén situadas sus matrices, y de las sucursales de compañías de seguros matrices y filiales residentes situadas fuera del territorio económico de la Unión. Este conjunto de datos se complementará con los datos de referencia completos conforme a las partes 1 y 2 del anexo V de las sucursales de compañías de seguros matrices y filiales residentes situadas en Estados miembros no informadores y no participantes. Esta presentación de información podrá basarse en una recopilación de datos más amplia que comprenda todas las sucursales, cualquiera que sea su país de residencia, de compañías de seguros matrices y filiales residentes.
_______________________
(*) Reglamento (UE) n.o 1374/2014 del Banco Central Europeo, de 28 de noviembre de 2014, sobre las obligaciones de información estadística de las compañías de seguros (BCE/2014/50) (DO L 366 de 20.12.2014, p. 36).»."
3.En el artículo 25, se añade al apartado 2 el párrafo siguiente:
«En la primera presentación de la lista de las compañías de seguros, los BCN transmitirán al BCE, el 31 de marzo de 2016 a más tardar, los datos de referencia trimestrales completos conforme a la parte 1 del anexo V de las compañías de seguros matrices y filiales residentes. Sin embargo, se recomienda a los BCN que transmitan esta información el 31 de diciembre de 2015 a más tardar. Los BCN transmitirán al BCE, el 31 de julio de 2016 a más tardar, los datos de referencia completos conforme a las partes 1 y 2 del anexo V de todas las sucursales residentes con independencia del lugar donde estén situadas sus matrices, y de las sucursales de compañías de seguros matrices y filiales residentes situadas fuera del territorio económico de la Unión y en Estados miembros no informadores y no participantes. Los atributos requeridos con carácter anual se presentarán para todas las entidades el 31 de julio de 2016 a más tardar.
En posteriores transmisiones, los BCN transmitirán al BCE las actualizaciones de las variables trimestrales especificadas para las compañías de seguros al menos con carácter trimestral, en los dos meses siguientes a la fecha de referencia. Las variables anuales se actualizarán para todas las compañías de seguros con carácter anual, con una diferencia máxima de seis meses respecto de la fecha de referencia del 31 de diciembre.».
4.En el artículo 25, se añade al apartado 3 el párrafo siguiente:
«A más tardar a las 18.00 horas, hora central europea, del cuarto día hábil siguiente al plazo de transmisión de las actualizaciones, el BCE hará una copia del conjunto de datos de las compañías de seguros y la facilitará a los BCN. El BCE publicará entonces en su dirección en internet la lista de las compañías de seguros.».
5.En el artículo 26, el apartado 2 se sustituye por el siguiente:
La frecuencia de presentación de la información al BCE será trimestral. Las estadísticas de fondos de pensiones a que se refiere la letra a) del apartado 1 se presentarán al BCE dentro de los 80 días naturales siguientes al final del trimestre de referencia. Las fechas exactas de presentación se comunicarán a los BCN con antelación en forma de calendario de presentación de información facilitado por el BCE a más tardar en septiembre de cada año.».
6.Se inserta el siguiente artículo 26 bis:
«Artículo 26 bis
Estadísticas de compañías de seguros
Los BCN presentarán información estadística sobre los activos y pasivos de las compañías de seguros, así como sobre sus primas, siniestros y comisiones, con arreglo a la parte 23 del anexo II. Se informará de cada uno de los tipos siguientes de compañías de seguros: vida, no vida, combinado y reaseguro. Se incluirán los saldos de fin de mes y los ajustes de flujos trimestrales de los activos y pasivos de las compañías de seguros, así como la información anual sobre primas, siniestros y comisiones.
Se presentará información complementaria como partidas pro memoria por países que dispongan de dicha información incluso sobre la base de estimaciones óptimas, con arreglo a la parte 23 del anexo II.
Los BCN presentarán al BCE datos separados sobre los ajustes de revalorización (tanto por variaciones de precios como de tipos de cambio) y los ajustes de reclasificación, con arreglo a la parte 23 del anexo II y al anexo IV.
Las operaciones financieras, incluidos los ajustes, se obtendrán con arreglo al SEC 2010.
Los BCN podrán apartarse del SEC 2010 debido a la existencia de prácticas nacionales divergentes de conformidad con el Reglamento (UE) n.o 1374/2014 (BCE/2014/50). Cuando se disponga de la información sobre los saldos activo por activo (a-p-a), se podrán obtener los ajustes de revalorización con arreglo a un método común del Eurosistema, es decir, el método de obtención de flujos al que se hace referencia en la parte 6 del anexo IV.
Podrán obtenerse aproximaciones de operaciones financieras sobre pasivos con arreglo a la parte 6 del anexo IV.
Los BCN presentarán al BCE los datos trimestrales de las compañías de seguros antes del cierre de actividad del décimo día hábil siguiente al plazo especificado para los datos trimestrales en el artículo 8 del Reglamento (UE) n.o 1374/2014 (BCE/2014/50). Para el período transitorio que comprende la presentación de información de los tres primeros trimestres de 2016, el plazo se amplía, para el período de referencia del primer trimestre de 2016, hasta el trigésimo día hábil siguiente al plazo mencionado; para el período de referencia del segundo trimestre de 2016, hasta el vigésimo quinto día hábil siguiente al plazo mencionado, y, para el período de referencia del tercer trimestre de 2016, hasta el vigésimo día hábil siguiente al plazo mencionado.
Los BCN presentarán al BCE los datos anuales de las compañías de seguros antes del cierre de actividad del décimo día hábil siguiente al plazo especificado para los datos anuales en el artículo 8 del Reglamento (UE) n.o 1374/2014 (BCE/2014/50).
Las fechas exactas de presentación se comunicarán a los BCN con antelación en forma de calendario de presentación de información facilitado por el BCE a más tardar en septiembre de cada año.
En la primera presentación al BCE de los datos trimestrales de las compañías de seguros, los BCN deberán presentar los datos de los saldos vivos. Los BCN harán lo posible por presentar los ajustes de flujos.
Se aplicarán las normas generales siguientes a las revisiones de los datos trimestrales y anuales:
a)durante los períodos regulares de elaboración trimestral, es decir, para un período de referencia determinado, desde el plazo especificado en el apartado 2 hasta el día en que los datos se devuelven a los BCN, estos podrán revisar los datos relativos al trimestre de referencia anterior;
b)durante los períodos regulares de elaboración anual, es decir, para un año de referencia determinado, desde el plazo especificado en el apartado 2 hasta el día en que los datos se devuelven a los BCN, estos podrán revisar los datos relativos al año de referencia anterior;
c)fuera de los períodos regulares de elaboración, los BCN también podrán revisar los datos relativos a los períodos de referencia anteriores.
Para garantizar la calidad de las estadísticas de las compañías de seguros de la zona del euro, cuando concedan exenciones a las compañías de seguros de tamaño más reducido de conformidad con el artículo 7, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) n.o 1374/2014 (BCE/2014/50), los BCN extrapolarán al 100 % de cobertura los datos trimestrales de las compañías de seguros presentados al BCE.
Los BCN podrán escoger el procedimiento de extrapolación al 100 % de cobertura sobre la base de los datos recopilados conforme al artículo 7, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento (UE) n.o 1374/2014 (BCE/2014/50), siempre que las estimaciones se basen en el tipo correspondiente de compañía de seguros (es decir, vida, no vida, combinado y reaseguro).
Los BCN garantizarán además que, para los trimestres de referencia de 2016, los datos presentados al BCE representen el 100 % de la población informadora.
Los BCN que se propongan conceder exenciones a las compañías de seguros de tamaño más reducido conforme al artículo 7, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) n.o 1374/2014 (BCE/2014/50), recopilarán toda la información necesaria para garantizar que los datos transmitidos al BCE son de gran calidad. Los BCN que obtengan los datos requeridos de datos recopilados con fines de supervisión conforme a la Directiva 2009/138/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (**), podrán, a estos efectos:
i) ampliar los datos recopilados para el día inicial desde la fecha de referencia de 1 de enero de 2016 (véase el apartado 5),
ii) aumentar la cobertura de la población informadora del primer o los primeros trimestres de referencia, o
iii) utilizar fuentes de datos alternativas de las cuales puedan obtenerse datos extrapolados también de gran calidad.
Los BCN transmitirán al BCE los datos de los saldos de fin de 2015, incluidas aproximaciones si fueran necesarias, para los agregados principales conforme a la parte 23 del anexo II. Los BCN podrán utilizar a estos efectos los datos referidos al 1 de enero de 2016 recopilados con fines de supervisión conforme a la Directiva 2009/138/CE. Estos datos se transmitirán al BCE junto con los datos del primer trimestre de 2016.
Los BCN obtendrán los datos agregados trimestrales de los activos y pasivos de cada tipo de compañía de seguros con arreglo a los cuadros 2a y 2b del anexo II, parte 23, como sigue:
a)Para los valores con código ISIN, los BCN vincularán la información suministrada valor a valor (v-a-v) a la información obtenida de la base de datos centralizada de valores como base de datos de referencia. La información v-a-v obtenida se usará para elaborar el valor de los activos y pasivos en euros y obtener los desgloses necesarios para cada valor concreto mantenido o emitido por la compañía de seguros. Si los identificadores de los valores no se encuentran en la base de datos centralizada de valores, o si la información necesaria para elaborar los activos y pasivos conforme a los cuadros 2a y 2b del anexo II, parte 23, no está disponible en la base de datos centralizada de valores, los BCN estimarán los datos que falten.
b)Los BCN agregarán los datos de valores obtenidos conforme a la letra a) y los añadirán a la información presentada para los valores sin código ISIN, a fin de elaborar los agregados de: i) los valores representativos de deuda detallados por vencimiento (inicial y residual) y contrapartida (sector y residencia); ii) las participaciones en el capital desglosadas por instrumento y contrapartida (sector y residencia), y iii) las participaciones en fondos de inversión desglosadas por tipo de fondo de inversión y residencia de la contrapartida.
Los BCN presentarán al BCE estimaciones óptimas de las carteras de participaciones en fondos de inversión mantenidas por las compañías de seguros, desglosadas por objetivo principal de inversión (es decir, fondos de obligaciones, fondos de participaciones, fondos mixtos, fondos inmobiliarios, fondos de alto riesgo y otros fondos). Estos datos podrán obtenerse vinculando la información facilitada v-a-v conforme al Reglamento (UE) n.o 1374/2014 (BCE/2014/50) a la información obtenida de la base de datos centralizada de valores como base de datos de referencia.
Si las participaciones mantenidas en fondos de inversión no se encuentran en la base de datos centralizada de valores, los BCN estimarán los datos que falten o utilizarán fuentes alternativas para obtenerlos.
Como medida transitoria, los BCN podrán presentar al BCE estos datos por primera vez cuando presenten los datos del segundo trimestre de 2016, que comprenden también los del primer trimestre de 2016.
Conforme al artículo 4, apartado 1, letra c), del Reglamento (UE) n.o 1374/2014 (BCE/2014/50), los BCN recopilarán anualmente los datos de las reservas técnicas de seguros distintos del de vida desglosadas por ramo de negocio y área geográfica. Los BCN presentarán al BCE datos trimestrales que podrán estimarse a partir de los recopilados anualmente.
Las normas de valoración y contables del Reglamento (UE) n.o 1374/2014 (BCE/2014/50) se aplicarán también cuando los BCN presenten al BCE los datos de las compañías de seguros.
Los BCN presentarán notas explicativas en las que indicarán las razones de las revisiones significativas y de las revisiones hechas fuera de los períodos regulares de elaboración conforme al artículo 26 bis, apartado 3, letra c). Además, los BCN presentarán al BCE notas explicativas de los ajustes de reclasificación.
Los BCN podrán recopilar los datos de todas las compañías de seguros residentes en el país («método del país de acogida»), conforme al artículo 2, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 1374/2014 (BCE/2014/50), u obtener los datos requeridos a efectos del SEBC a partir de los datos recopilados con fines de supervisión en virtud de la Directiva 2009/138/CE, conforme al artículo 2, apartado 2, del Reglamento (UE) n.o 1374/2014 (BCE/2014/50) («método del país de origen»).
En principio, la presentación de datos al BCE en virtud de la presente orientación seguirá el método del país de acogida. Sin embargo, los BCN que obtengan los datos requeridos a efectos del SEBC a partir de los datos recopilados con fines de supervisión podrán presentar los datos según el método del país de origen siempre que la diferencia entre ambos métodos no se considere significativa.
La cuestión de si la diferencia entre el método del país de acogida y el método del país de origen es o no significativa se determinará en función de los datos sobre primas presentados conforme al cuadro 3 del anexo II, parte 23, de la presente orientación. Tras esta determinación, el BCE, en estrecha cooperación con los BCN, precisará el método que deba seguirse para presentar al BCE los datos recopilados conforme al método del país de acogida. Mientras el BCE no precise el método, los BCN estarán exentos de ajustar sus datos.
Los BCN que deseen ajustar sus datos podrán, voluntariamente y en la medida de lo posible, obtener los datos del método del país de acogida a partir de los datos recopilados conforme al método del país de origen. Con este fin, podrán producirse contactos e intercambios de datos bilaterales entre los BCN interesados.
________________________
(**) Directiva 2009/138/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, sobre el seguro de vida, el acceso a la actividad de seguro y reaseguro y su ejercicio (Solvencia II) (DO L 335 de 17.12.2009, p. 1).»."
7.Los anexos II, III, IV y V se modifican conforme al anexo de la presente orientación.
Artículo 2
Entrada en vigor y aplicación
La presente orientación entrará en vigor el día de su notificación a los BCN de los Estados miembros. Los BCN de los Estados miembros cuya moneda es el euro aplicarán la presente orientación desde el 1 de enero de 2016.
Artículo 3
Destinatarios
La presente orientación se dirige a los BCN de los Estados miembros cuya moneda es el euro.
Hecho en Fráncfort del Meno, el 4 de diciembre de 2015.
El presidente del BCE
Mario DRAGHI
________________
(1) DO L 318 de 27.11.1998, p. 8.
(2) Reglamento (UE) n.o 1374/2014 del Banco Central Europeo, de 28 de noviembre de 2014, sobre las obligaciones de información estadística de las compañías de seguros (BCE/2014/50) (DO L 366 de 20.12.2014, p. 36).
(3) Orientación del Banco Central Europeo, de 4 de abril de 2014, sobre las estadísticas monetarias y financieras (BCE/2014/15) (DO L 340 de 26.11.2014, p. 1).
ANEXO
.
Los anexos II, III, IV y V se modifican como sigue:
1.En el anexo II, el cuadro de las estadísticas de los fondos de pensiones de la parte 22 se sustituye por el cuadro siguiente:
«Activo Fondos de Pensiones
Total
Residentes
Total
IFM (S.121 + S.122 + S.123)
Instituciones distintas de IFM
Total
Adm. públicas (S.13)
Instituciones distintas de IFM excluidas las administraciones públicas
Total
Fondos de inversión no monetarios (S.124)
OIF + auxiliares financieros + instituciones financieras de ámbito limitado y prestamistas de dinero (S.125 + S.126 + S.127)
Compañías de seguros (S.128)
Fondos pensiones (S.129)
SONF (S.11)
Hogares e instituciones sin fines de lucro al servicio de los hogares (S.14 + S.15)
Efectivo y depósitos
Hasta 1 año
Más de un año y hasta 2 años
A más de 2 años
de los cuales, depósitos transferibles
Valores representativos de deuda
Hasta 1 año
A más de un año y hasta 2 años
A más de 2 años
Derivados financieros
Préstamos
Hasta 1 año
A más de un año y hasta 5 años
A más de 5 años
Participaciones en el capital
de las cuales: acciones cotizadas
Participaciones en fondos de inversión
Participaciones en fondos monetarios
Participaciones en fondos no monetarios
Reservas técnicas de seguros y derechos conexos (1)
Otros activos
Total activos no financieros
Estados miembros de la zona del euro
Resto del mundo
Total
IFM (S.121 + S.122 + S.123)
Instituciones distintas de IFM
Total
Adm. públicas (S.13)
Instituciones distintas de IFM excluidas las administraciones públicas
Total
Fondos de inversión no monetarios (S.124)
OIF + auxiliares financieros + instituciones financieras de ámbito limitado y prestamistas de dinero (S.125 + S.126 + S.127)
Cías. de seguros (S.128)
Fondos pensiones (S.129)
SONF (S.11)
Hogares e instituciones sin fines de lucro al servicio de los hogares (S.14 + S.15)
Efectivo y depósitos
Hasta 1 año
A más de un año y hasta 2 años
A más de 2 años
de los cuales, depósitos transferibles
Valores representativos de deuda
Hasta 1 año
A más de un año y hasta 2 años
A más de 2 años
Derivados financieros
Préstamos
Hasta 1 año
A más de un año y hasta 5 años
A más de 5 años
Participaciones en el capital
de las cuales: acciones cotizadas
Participaciones en fondos de inversión
Participaciones en fondos monetarios
Participaciones en fondos no monetarios
Reservas técnicas de seguros y derechos conexos (1)
Otros activos
Total activos no financieros
Pasivo Fondos de Pensiones
Total
Residentes
Total
IFM (S.121 + S.122 + S.123)
Instituciones distintas de IFM
Total
Adm. públicas (S.13)
Instituciones distintas de IFM excluidas las administraciones públicas
Total
Fondos de inversión no monetarios (S.124)
OIF (S.125 + S.126 + S.127)
Compañías de seguros (S.128)
Fondos pensiones (S.129)
SONF (S.11)
Hogares e instituciones sin fines de lucro al servicio de los hogaress (S.14 + S.15)
Valores representativos de deuda emitidos
Derivados financieros
Préstamos
Hasta 1 año
A más de 1 año y hasta 5 años
A más de 5 años
Participaciones en el capital
de las cuales: acciones cotizadas
Reservas técnicas de seguros
de las cuales: Derechos por pensiones (2)
Cotizacion definida
Prestación definida
Planes híbridos
Otros pasivos
Estados miembros de la zona del euro
Resto del mundo
Total
IFM (S.121 + S.122 + S.123)
Instituciones distintas de IFM
Total
Adm. públicas (S.13)
Instituciones distintas de IFM excluidas las administraciones públicas
Total
Fondos de inversión no monetarios (S.124)
OIF (S.125 + S.126 + S.127)
Cías. de seguros (S.128)
Fondos pensiones (S.129)
SONF (S.11)
Hogares e instituciones sin fines de lucro al servicio de los hogaress (S.14 + S.15)
Valores representativos de deuda emitidos
Derivados financieros
Préstamos
Hasta 1 año
A más de 1 año y hasta 5 años
A más de 5 años
Participaciones en el capital
de las cuales: acciones cotizadas
Reservas técnicas de seguros
de las cuales: Derechos por pensiones (2)
Cotizacion definida
Prestación definida
Planes híbridos
Otros pasivos
»
2.
En el anexo II, se añade la parte 23 siguiente:
«PARTE 23
Estadísticas de compañías de seguros
Cuadro 1
Datos de activos y pasivos que deben presentarse respecto del cuarto trimestre de 2015: saldos (3)
Total
ACTIVO (F)
1.
Efectivo y depósitos (SEC 2010: F.21 + F.22 + F.29) — valor razonable
1x.
Efectivo y depósitos, de los cuales depósitos transferibles (F.22)
2.
Valores representativos de deuda (SEC 2010: F.3)
3.
Préstamos (SEC 2010: F.4) — valor razonable
3x.
Préstamos, de los cuales garantías de depósitos en relación con reaseguros — valor razonable
4.
Participaciones en el capital (SEC 2010: F.51)
4a.
Participaciones en el capital, de las cuales acciones cotizadas
5.
Participaciones en fondos de inversión (SEC 2010: F.52)
6.
Derivados financieros (SEC 2010: F.7)
7.
Reservas técnicas de seguro no vida (SEC 2010: F.61)
8.
Activos no financieros (SEC 2010: AN)
9.
Otros activos
PASIVO (F)
1.
Valores representativos de deuda emitidos y préstamos (SEC 2010: F.3 + F.4)
1.x.
de los cuales garantías de depósitos en relación con reaseguros
2.
Participaciones en el capital (SEC 2010: F.51)
2a.
Participaciones en el capital, de las cuales acciones cotizadas
2b.
Participaciones en el capital, de las cuales acciones no cotizadas
2c.
Participaciones en el capital, de las cuales otras participaciones
3
Reservas técnicas de seguro (SEC 2010: F.6)
3.1
Reservas técnicas de seguro de vida
de las cuales “unit-linked”
de las cuales no “unit linked”
3.2
Reservas técnicas de seguro no vida
4
Derivados financieros (SEC 2010: F.7)
5
Otros pasivos
Cuadro 2a
Datos de activos que deben presentarse trimestralmente: saldos y ajustes de flujos
Total
Zona del euro
Resto del mundo
Residentes
Estados miembros de la zona del euro
Estados miembros de la zona del euro
(información país a país)
Total
Estados miembros no participantes
(información país a país)
Contrapartes principales de fuera de la Unión Europea (información país a país para Brasil, Canadá, China, EE. UU., Hong Kong, India, Japón, Rusia y Suiza)
ACTIVO (F)
1.
Efectivo y depósitos (SEC 2010: F.21 + F.22 + F.29) — valor razonable
hasta 1 año (restante hasta vencimiento)
a más de 1 año (restante hasta vencimiento)
1x.
Efectivo y depósitos, de los cuales depósitos transferibles (F.22)
1.
Efectivo y depósitos (SEC 2010: F.21 + F.22 + F.29) — valor nominal
2.
Valores representativos de deuda (SEC 2010: F.3)
emitidos por IFM
emitidos por administraciones públicas
emitidos por OIF
emitidos por cías. de seguros
emitidos por fondos de pensiones
emitidos por SONF
emitidos por hogares y entidades sin fines de lucro al servicio de los hogares
hasta 1 año (vencimiento inicial)
emitidos por IFM
emitidos por adm. públicas
emitidos por OIF
emitidos por companías de seguros
emitidos por fondos de pensiones
emitidos por SONF
emitidos por hogares y entidades sin fines de lucro al servicio de los hogares
de 1 a 2 años (vencimiento inicial)
emitidos por IFM
emitidos por administraciones públicas
emitidos por OIF
emitidos por compañías de seguros
emitidos por fondos de pensiones
emitidos por SONF
emitidos por hogares y entidades sin fines de lucro al servicio de los hogares
a más de 2 años (vencimiento inicial)
emitidos por IFM
emitidos por administraciones públicas
emitidos por OIF
emitidos por compañías de seguros
emitidos por fondos de pensiones
emitidos por SONF
emitidos por hogares y entidades sin fines de lucro al servicio de los hogares
hasta 1 año (restante hasta vencimiento)
emitidos por IFM
emitidos por administraciones públicas
emitidos por OIF
emitidos por compañías de seguros
emitidos por fondos de pensiones
emitidos por SONF
emitidos por hogares y entidades sin fines de lucro al servicio de los hogares
de 1 a 2 años (restantes hasta vencimiento)
emitidos por IFM
emitidos por administraciones públicas
emitidos por OIF
emitidos por compañías de seguros
emitidos por fondos de pensiones
emitidos por SONF
emitidos por hogares y entidades sin fines de lucro al servicio de los hogares
de 2 a 5 años (restantes hasta vencimiento)
emitidos por IFM
emitidos por administraciones públicas
emitidos por OIF
emitidos por compañías de seguros
emitidos por fondos de pensiones
emitidos por SONF
emitidos por hogares y entidades sin fines de lucro al servicio de los hogares
a más de 5 años (restantes hasta vencimiento)
emitidos por IFM
emitidos por administraciones públicas
emitidos por OIF
emitidos por compañías de seguros
emitidos por fondos de pensiones
emitidos por SONF
emitidos por hogares y entidades sin fines de lucro al servicio de los hogares
3.
Préstamos (SEC 2010: F.4) — valor razonable
vencimiento inicial hasta 1 año — valor razonable
a IFM
a administraciones públicas
a fondos de inversión
a OIF
a compañías de seguros
a fondos de pensiones
a SONF
a hogares y entidades sin fines de lucro al servicio de los hogares
vencimiento inicial de 1 a 5 años — valor razonable
a IFM
a administraciones públicas
a fondos de inversión
a OIF
a compañías de seguros
a fondos de pensiones
a SONF
a hogares y entidades sin fines de lucro al servicio de los hogares
vencimiento inicial a más de 5 años — valor razonable
a IFM
a administraciones públicas
a fondos de inversión
a OIF
a compañías de seguros
a fondos de pensiones
a SONF
a hogares y entidades sin fines de lucro al servicio de los hogares
hasta 1 año restante hasta vencimiento — valor razonable
de 1 a 2 años restantes hasta vencimiento — valor razonable
de 2 a 5 años restantes hasta vencimiento — valor razonable
más de 5 años restantes hasta vencimiento — valor razonable
3x.
Préstamos, de los cuales garantías de depósitos en relación con reaseguros — valor razonable
3.
Préstamos (SEC 2010: F.4) — valor nominal
vencimiento inicial hasta 1 año — valor nominal
vencimiento inicial de 1 a 5 años — valor nominal
vencimiento inicial a más de 5 años — valor nominal
4.
Participaciones en el capital (SEC 2010: F.51)
4a.
Participaciones en el capital, de las cuales acciones cotizadas
emitidas por IFM
emitidas por administraciones públicas
emitidas por OIF
emitidas por compañías de seguros
emitidas por fondos de pensiones
emitidas por SONF
4b.
Participaciones en el capital, de las cuales acciones no cotizadas
emitidas por IFM
emitidas por adm. públicas
emitidas por OIF
emitidas por cías. de seguros
emitidas por fondos de pensiones
emitidas por SONF
4c.
Participaciones en el capital, de las cuales otras participaciones
emitidas por IFM
emitidas por administraciones públicas
emitidas por OIF
emitidas por compañías de seguros
emitidas por fondos de pensiones
emitidas por SONF
5.
Participaciones en fondos de inversión (SEC 2010: F.52)
5a.
Participaciones en FMM
5b.
Participaciones en fondos no monetarios
Fondos de participaciones
Fondos de obligaciones
Fondos mixtos
Fondos inmobiliarios
Fondos de alto riesgo
Otros fondos
6.
Derivados financieros (SEC 2010: F.7)
7.
Reservas técnicas de seguros y derechos conexos (4)
8.
Activos no financieros (SEC 2010: AN)
9.
Otros activos
10.
Total activos
Abreviaturas: IFM: institución financiera monetaria; OIF: otras instituciones financieras; SONF: sociedades no financieras; FMM: fondos del mercado monetario.
Cuadro 2b
Datos de pasivos que deben presentarse trimestralmente: saldos y ajustes de flujos
Total
Zona del euro
Resto del mundo
Residentes
Estados miembros de la zona del euro
Estados miembros de la zona del euro (información país a país)
Total
Estados miembros no participantes (información país a país)
Contrapartes principales de fuera de la Unión Europea (información país a país para Brasil, Canadá, China, EE. UU., Hong Kong, India, Japón, Rusia y Suiza)
PASIVO (F)
1.
Valores representativos de deuda emitidos (SEC 2010: F.3)
2.
Préstamos (SEC 2010: F.4)
emitidos por IFM (5)
emitidos por instituciones distintas de IFM (5)
2.x.
Préstamos, de los cuales garantías de depósitos en relación con reaseguros
3.
Participaciones en el capital (SEC 2010: F.51)
Acciones cotizadas
Acciones no cotizadas
Otras participaciones
4
Reservas técnicas de seguro (SEC 2010: F.6)
4.1
Reservas técnicas de seguro de vida
“Unit-linked”
No “unit linked” (6)
4.1.a
Reservas técnicas de seguro de vida, de las cuales derechos de pensiones (7)
Planes de cotización definida
Planes de prestación definida
Planes híbridos
4.1.b
Reservas técnicas de seguro de vida, de las cuales reaseguros aceptados
4.2
Reservas técnicas de seguro no vida (8)
por ramo
Seguro de gastos médicos
Seguro de protección de ingresos
Seguro de compensación de trabajadores
Seguro de responsabilidad civil de vehículos automóviles
Otros seguros de vehículos automóviles
Seguro marítimo, de aviación y de transporte
Seguro de incendio y otros daños a los bienes
Seguro de responsabilidad civil general
Seguro de crédito y caución
Seguro de gastos de defensa jurídica
Asistencia
Pérdidas pecuniarias diversas
Reaseguro
5
Derivados financieros (SEC 2010: F.7)
6
Otros pasivos
IFM: institución financiera monetaria.
Cuadro 3
Datos de primas, siniestros y comisiones que deben presentarse anualmente
Total
Residentes
Sucursales del EEE (información país a país)
Sucursales de fuera del EEE (total)
1.
Primas
2.
Siniestros
3.
Comisiones»
3.
En el anexo III, las partes 2, 3 y 4 se sustituyen por las siguientes:
«PARTE 2
Definiciones de la estructura de los datos y conjuntos de datos
1. En los mensajes SDMX intercambiados se pueden utilizar conceptos estadísticos tanto como dimensiones (al componer las «claves» que identifican la serie temporal) o como atributos (al proporcionar información sobre los datos). Las dimensiones y atributos codificados toman sus valores de listas de código predefinidas. Las definiciones de la estructura de los datos definen la estructura de las claves de serie intercambiadas en términos de conceptos y listas de código asociadas. Además, definen su relación con los atributos pertinentes. Puede utilizarse la misma estructura para varios flujos de datos que se diferencian por la información del conjunto de datos.
2. En el contexto de las estadísticas monetarias y financieras, el BCE ha establecido 12 definiciones de la estructura de los datos empleadas actualmente para el intercambio de estadísticas con el SEBC y otras organizaciones internacionales. Para la mayoría de esas definiciones de la estructura de los datos, se intercambia un conjunto de datos que emplee esa estructura y, en consecuencia, el identificador de las definiciones de la estructura de los datos y el identificador del conjunto de datos asociado empleado en los mensajes de datos SDMX es el mismo. A efectos de tratamiento, cumplimiento de plazos y responsabilidad, se definen y distinguen en el ámbito del identificador del conjunto de datos dos conjuntos diferentes de datos que siguen la definición de la estructura de datos “ECB_BSI1”. De igual modo, se definen y distinguen en el ámbito del identificador del conjunto de datos dos conjuntos diferentes de datos que siguen la definición de la estructura de datos “ECB_ICPF1”. Las características de los siguientes flujos de datos están en preparación:
—
partidas del balance (BSI), identificador de definiciones de la estructura de los datos e identificador del conjunto de datos “ECB_BSI1”,
—
partidas del balance en el contexto del Libro Azul (BSP), identificador de la estructura de los datos “ECB_BSI1” e identificador del conjunto de datos “ECB_BSP”,
—
indicadores financieros estructurales bancarios (SSI), identificador de definiciones de la estructura de los datos e identificador del conjunto de datos “EBC_SSI1”,
—
indicadores financieros estructurales bancarios en el contexto del Libro Azul (SSP), identificador de la estructura de los datos “ECB_SS1” e identificador del conjunto de datos “ECB_SSP”,
—
tipos de interés de las IFM (MIR), identificador de definiciones de la estructura de los datos e identificador del conjunto de datos “ECB_MIR1”,
—
otros intermediarios financieros (OFI), identificador de definiciones de la estructura de los datos e identificador del conjunto de datos “ECB_OFI1”,
—
emisiones de valores (SEC), identificador de definiciones de la estructura de los datos e identificador del conjunto de datos “ECB_SEC1”,
—
sistemas de pago y liquidación (PSS), identificador de definiciones de la estructura de los datos e identificador del conjunto de datos “ECB_PSS1”,
—
fondos de inversión (IVF), identificador de definiciones de la estructura de los datos e identificador del conjunto de datos “ECB_IVF1”,
—
sociedades instrumentales (FVC), identificador de definiciones de la estructura de los datos e identificador del conjunto de datos “ECB_FVC1”,
—
datos bancarios consolidados (CBD), identificador de definiciones de la estructura de los datos e identificador del conjunto de datos “ECB_CBD1”,
—
estadísticas bancarias internacionales consolidadas (CBS), identificador de definiciones de la estructura de los datos e identificador del conjunto de datos “BIS_CBS”,
—
activos y pasivos de compañías de seguros (ICB), identificador de definiciones de la estructura de los datos “ECB_ICPF1” e identificador del conjunto de datos “ECB_ICB”,
—
operaciones de compañías de seguros (primas, siniestros, comisiones) (ICO), identificador de definiciones de la estructura de los datos e identificador del conjunto de datos “ECB_ICO1”,
—
activos y pasivos de fondos de pensiones (PFB), identificador de definiciones de la estructura de los datos “ECB_ICPF1” e identificador del conjunto de datos “ECB_PFB”.
2.1. El identificador del conjunto de datos “ECB_BSI1” se usa para definir las claves de las series para los datos sobre:
—
las estadísticas del balance de las IFM,
—
el dinero electrónico,
—
las estadísticas del balance de las entidades de crédito,
—
las estadísticas del balance de los FMM,
—
los pasivos en forma de depósito y las tenencias de efectivo y valores de la administración central,
—
las partidas pro memoria,
—
los datos de las partidas del balance suplementarios facilitados por los BCN al Fondo Monetaria Internacional usando los servicios de comunicación del BCE,
—
los préstamos de las IFM titulizados y vendidos a terceros,
—
las estadísticas de la base de reservas,
—
el macrocoeficiente,
—
los préstamos a sociedades no financieras desglosadas por rama de actividad,
—
las líneas de crédito.
2.2. A efectos de las compañías de seguros y los fondos de pensiones, el identificador del conjunto de datos “ECB_ICPF1” se usa para definir las claves de las series para los datos sobre los activos y pasivos de las compañías de seguros y los activos y pasivos de los fondos de pensiones.
PARTE 3
Dimensiones
El cuadro que sigue identifica las dimensiones que componen las claves de serie de las estadísticas monetarias y financieras específicas enumeradas en la parte 2, su formato y las listas de código de las que toman sus valores de código.
Definición de la estructura de datos
Concepto
Nombre del concepto
Valor
Lista de códigos
Nombre de la lista de códigos
BSI
SSI
MIR
OFI
SEC
PSS
IVF
FVC
CBD
CBS (9)
ICPF
ICO
(identificador)
Formato (10)
ORDEN DE DIMENSIÓN EN LA CLAVE
DIMENSIONES
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
FREQ
Frecuencia
AN1
CL_FREQ
Lista de códigos de frecuencia
2
2
2
2
2
2
2
2
2
REF_AREA
Área de referencia
AN2
CL_AREA_EE
Lista de códigos de área
2
2
REF_AREA
Área de referencia
AN2
CL_AREA (11)
Lista de códigos de área
3
3
3
3
ADJUSTMENT
Indicador de ajuste
AN1
CL_ADJUSTMENT
Lista de códigos de indicadores de ajuste
4
3
BS_REP_SECTOR
Detalle por sectores de referencia del balance
AN..2
CL_BS_REP_SECTOR
Lista de códigos de detalles por sectores de referencia del balance
3
REF_SECTOR
Detalle por sectores de referencia
AN4
CL_ESA95_SECTOR
Lista de códigos del desglose sectorial de referencia del SEC 95
3
SEC_ISSUING SECTOR
Sector emisor de los valores
AN4
CL_ESA95_SECTOR
Lista de códigos del desglose sectorial de referencia del SEC 95
3
PSS_INFO_TYPE
Tipo de información del sistema de pago y liquidación
AN4
CL_PSS_INFO_TYPE
Lista de códigos del tipo de información del sistema de pago y liquidación
4
PSS_INSTRUMENT
Instrumento del sistema de pago y liquidación
AN4
CL_PSS_INSTRUMENT
Lista de códigos del instrumento del sistema de pago y liquidación
5
PSS_SYSTEM
Punto de entrada del sistema de pago y liquidación
AN4
CL_PSS_SYSTEM
Lista de códigos del punto de entrada del sistema de pago y liquidación
6
DATA_TYPE_PSS
Tipo de datos del sistema de pago y liquidación
AN2
CL_DATA_TYPE_PSS
Lista de códigos del tipo de datos del sistema de pago y liquidación
3
COMP_APPROACH
Indicador del método de elaboración
AN1
CL_COMP_APPROACH
Lista de códigos de los indicadores del método de elaboración
4
OFI_REP_SECTOR
Sector de presentación de información de otros intermediarios financieros
AN2
CL_OFI_REP_SECTOR
Lista de códigos del desglose sectorial de referencia de otros intermediarios financieros
4
IVF_REP_SECTOR
Sector de presentación de información de los fondos de inversión
AN2
CL_IVF_REP_SECTOR
Lista de códigos del desglose sectorial de referencia de los fondos inversión
4
FVC_REP_SECTOR
Sector de presentación de información de las sociedades instrumentales
AN1
CL_FVC_REP_SECTOR
Lista de códigos del desglose sectorial de referencia de las sociedades instrumentales
4
3
REPORTING_SECTOR
Sector informador
AN..6
CL_SECTOR (11)
Lista de códigos de sectores informadores
3
CB_REP_SECTOR
Detalle por sectores de referencia de los datos bancarios consolidados
AN2
CL_CB_REP_SECTOR
Lista de códigos de detalles por sectores de referencia de los datos bancarios consolidados
4
CB_SECTOR_SIZE
Tamaño de los sectores de referencia de los datos bancarios consolidados
AN1
CL_CB_SECTOR_SIZE
Lista de códigos del tamaño de los sectores de referencia de los datos bancarios consolidados
4
SSI_INDICATOR
Indicador financiero estructural
AN3
CL_SSI_INDICATOR
Lista de códigos del indicador financiero estructural
5
4
BS_ITEM
Partida del balance
AN..7
CL_BS_ITEM
Lista de códigos de las partidas del balance
5
OFI_ITEM
Partida del balance de otros intermediarios financieros
AN3
CL_OFI_ITEM
Lista de códigos de las partidas del balance de otros intermediarios financieros
4
SEC_ITEM
Partida de los valores
AN6
CL_ESA95_ACCOUNT
Lista de códigos de cuentas en el contexto del SEC 95
5
IF_ITEM
Activos y pasivos de los fondos de inversión
AN3
CL_IF_ITEM
Lista de códigos de las partidas del balance de los fondos de inversión
5
FVC_ITEM
Activos y pasivos de las sociedades instrumentales
AN3
CL_FVC_ITEM
Lista de códigos de las partidas del balance de las sociedades instrumentales
5
ICPF_ITEM
Activos y pasivos de las compañías de seguros y los fondos de pensiones
AN..4
CL_ICPF_ITEM
Lista de códigos de los activos y pasivos de las compañías de seguros y los fondos de pensiones
4
ICO_PAY_ITEM
Partida de las operaciones de las compañías de seguros
AN1
CL_ICO_PAY
Lista de códigos de las operaciones de las compañías de seguros
5
CB_ITEM
Partida de los datos bancarios consolidados
AN5
CL_CB_ITEM
Lista de códigos de las partidas de datos bancarios consolidados
6
5
6
6
6
6
MATURITY_ORIG
Vencimiento inicial
AN..3
CL_MATURITY_ORIG
Lista de códigos de vencimiento inicial
6
MATURITY
Vencimiento
AN..6
CL_MATURITY (11)
Lista de códigos de vencimiento
5
SEC_VALUATION
Tipo de datos
AN1
CL_MUFA_VALUATION
Lista de códigos de valoración en el contexto de MUFA
7
5
7
7
7
7
7
DATA_TYPE
Tipo de datos
AN1
CL_DATA_TYPE
Lista de códigos de tipo monetario y bancario de datos, flujo y posición
6
DATA_TYPE_MIR
Tipo de datos de los tipos de interés de las IFM
AN1
CL_DATA_TYPE_MIR
Lista de códigos de tipos de datos de los tipos de interés de las IFM
6
DATA_TYPE_SEC
Tipo de datos de los valores
AN1
CL_DATA_TYPE_SEC
Lista de códigos del tipo de datos de los valores
2
L_MEASURE
Saldos, flujo
AN1
CL_STOCK_FLOW
Saldos, flujo
3
L_REP_CTY
Código de zona de referencia para las estadísticas financieras internacionales del BPI
AN2
CL_BIS_IF_REF_AREA
Código del área de referencia para las estadísticas financieras internacionales del BPI
4
CBS_BANK_TYPE
Tipo de banco de las estadísticas bancarias internacionales consolidadas
AN2
CL_BIS_IF_REF_AREA
Tipo de banco de las estadísticas bancarias internacionales consolidadas
5
CBS_BASIS
Base de presentación de información de las estadísticas bancarias internacionales consolidadas
AN1
CL_CBS_BASIS
Base de presentación de información de las estadísticas bancarias internacionales consolidadas
6
L_POSITION
Tipo de posición de las estadísticas bancarias internacionales consolidadas
AN1
CL_L_POSITION
Tipo de posición
7
L_INSTR
Tipo de instrumento de las estadísticas bancarias internacionales consolidadas
AN1
CL_L_INSTR
Tipo de instrumento
8
REM_MATURITY
Vencimientos restantes de las estadísticas bancarias internacionales consolidadas
AN1
CL_ISSUE_MAT
Lista de códigos de vencimiento inicial
9
CURR_TYPE_BOOK
Tipo de moneda del lugar de la anotación de las estadísticas bancarias internacionales consolidadas
AN3
CL_CURRENCY_3POS
Tipo de moneda del lugar de la anotación
10
L_CP_SECTOR
Sector de la entidad de contrapartida de las estadísticas bancarias internacionales consolidadas
AN1
CL_L_SECTOR
Sector de la entidad de contrapartida de las estadísticas bancarias internacionales consolidadas
11
L_CP_COUNTRY
Área de la entidad de contrapartida de las estadísticas bancarias internacionales consolidadas
AN2
CL_BIS_IF_REF_AREA
Código del área de referencia para las estadísticas financieras internacionales del BPI
8
6
8
7
8
8
8
COUNT_AREA
Área de contrapartida
AN2
CL_AREA_EE
Lista de códigos de área
8
5
COUNTERPART_AREA
Área de contrapartida
AN2
CL_AREA
Lista de códigos de área
7
AMOUNT_CAT
Categoría de la cantidad
AN1
CL_AMOUNT_CAT
Lista de códigos de la categoría de la cantidad
9
8
9
9
9
9
BS_COUNT_SECTOR
Sector de contrapartidas del balance
AN..7
CL_BS_COUNT_SECTOR
Lista de códigos del sector de contrapartidas del balance
9
COUNTERPART_SECTOR
Sector de la contrapartida
AN..6
CL_SECTOR
Lista de códigos de sectores institucionales
8
COUNTERPART_SECTOR
Sector de la contrapartida
AN2
CL_PS_COUNT_SECTOR
Sector beneficiario del sistema de pago y liquidación
10
FVC_ORI_SECTOR
Sector originador de las sociedades instrumentales
AN2
CL_FVC_ORI_SECTOR
Lista de códigos del sector originador de las sociedades instrumentales
6
ICO_UNIT
Unidad de compañías de seguros
AN1
CL_ICO_UNIT
Lista de códigos de unidad de compañías de seguros
10
7
9
10
7
9
10
11
10
10
CURRENCY_TRANS
Moneda de la operación
AN3
CL_CURRENCY
Lista de códigos de monedas
8
11
8
10
11
11
SERIES_DENOM
Denominación de las series o cálculo especial
AN1
CL_SERIES_DENOM
Lista de códigos de denominación de las series o cálculo especial
11
7
CURRENCY_DENOM
Denominador de la moneda
AN..15
CL_UNIT
Lista de código de unidad
11
12
BS_SUFFIX
Sufijo del balance
AN..3
CL_BS_SUFFIX
Lista de códigos de sufijos de balance
9
SEC_SUFFIX
Sufijo de la serie en el contexto de los valores
AN1
CL_SEC_SUFFIX
Lista de códigos de sufijos de valores
10
IR_BUS_COV
Cobertura de negocio del tipo de interés
AN1
CL_IR_BUS_COV
Lista de códigos de cobertura de negocio de tipos de interés
Frecuencia. Esta dimensión indica la frecuencia de las series temporales presentadas. Los requisitos específicos para el intercambio de datos son los siguientes.
—
para la definición de la estructura de datos “ECB_OFI1”: cuando los datos nacionales solamente estén disponibles con una menor frecuencia, es decir, con carácter semestral o anual, los BCN aportan estimaciones de los datos trimestrales. Cuando no sea posible realizar estimaciones trimestrales, en todo caso se aportan datos como series temporales trimestrales, es decir, se aportan los datos anuales como aaaaQ4 y los datos semestrales como aaaaQ2 y aaaaQ4, mientras que no se presenta información sobre los demás trimestres o se presenta indicando que faltan con el estado de observación “L”,
—
para la definición de la estructura de datos “ECB_SEC1”: si no se dispone de los datos mensuales necesarios y no pueden realizarse estimaciones, podrán enviarse datos trimestrales o anuales.
Zona de referencia. Esta dimensión está relacionada con el país de residencia de la entidad informadora. En la definición de la estructura de datos “ECB_SEC1”, se indica el país de residencia del sector emisor (*).
Indicador de ajuste. Esta dimensión indica si se aplica un ajuste estacional o un ajuste de días hábiles.
Detalle por sectores de referencia del balance. Esta dimensión se refiere al sector de presentación de información de conformidad con la definición de la lista de códigos asociada.
Detalle del sector de referencia. Esta dimensión indica el sector de referencia para los indicadores financieros estructurales (en la definición de la estructura de datos “ECB_SSI1”).
Sector emisor de los valores. Esta dimensión se refiere al sector de los emisores de valores (en la definición de la estructura de datos “ECB_SEC1”).
Tipo de información del sistema de pago y liquidación. Esta dimensión representa el tipo general de información que debe presentarse en el contexto de la definición de la estructura de datos “ECB_PSS1”.
Instrumento del sistema de pago y liquidación. Esta dimensión, utilizada en la definición de la estructura de datos “ECB_PSS1”, indica el tipo concreto de instrumento o dispositivo empleado para el pago de operaciones, por ejemplo, tarjetas con función de efectivo o transferencias, etc.
Punto de entrada del sistema de pago y liquidación. Esta dimensión está relacionada con el tipo de terminal o sistema a través del cual se ha realizado la operación subyacente de pagos. Para la correspondencia de sistemas de pago y valores del código del punto de entrada del sistema de pago y liquidación, véase la parte 16 del anexo II.
Tipo de datos del sistema de pago y liquidación. En el contexto del sistema de pago y liquidación, esta dimensión da la unidad de medida para la observación, es decir, si se debe informar de un número o valor para la partida (por ejemplo, número de operaciones por tarjeta, valor de las operaciones por tarjeta, etc.).
Método de elaboración. Esta dimensión indica si los datos corresponden al método del país de origen o al método del país de acogida.
Sector de presentación de información de otros intermediarios financieros. Esta dimensión indica el sector de la entidad informadora dentro del sector de los OIF.
Sector de presentación de información de los fondos de inversión. Esta dimensión indica el sector de la entidad informadora dentro del sector de los fondos de inversión.
Sector de presentación de información de las sociedades instrumentales. Esta dimensión indica el sector de la entidad informadora dentro del sector de las sociedades instrumentales.
Sector de presentación de la información. Esta dimensión indica si la entidad que presenta la información es un fondo de pensiones o un tipo de compañía de seguros.
Desglose sectorial de referencia de los datos bancarios consolidados. Esta dimensión indica la propiedad y tipo de entidad informadora (entidades de crédito nacionales frente a sucursales o filiales bajo control extranjero).
Tamaño del sector de datos bancarios consolidados. Esta dimensión indica el tamaño de la entidad informadora con respecto a sus activos totales. Únicamente es de aplicación a las entidades de crédito nacionales.
Indicador financiero estructural. Esta dimensión es específica de la definición de estructura de datos “ECB_SSI1” y representa el tipo de indicador financiero estructural.
Partida del balance. Esta dimensión indica la partida del balance de las IFM según se define en el Reglamento (UE) n.o 1071/2013 (BCE/2013/33).
Partida del balance de otros intermediarios financieros. Esta dimensión indica una partida del balance de otros intermediarios financieros. Los OIF se concentran en diferentes actividades financieras dependiendo del tipo de entidad y no todas las partidas del balance se aplican a todos los tipos de intermediarios. Por lo tanto, mientras que la mayoría de las partidas del balance son comunes para todos los tipos de OIF, “otros activos” y “otros pasivos” pueden tener diferentes definiciones para diferentes tipos de intermediarios. Por el lado de los activos, se adoptan dos definiciones diferentes para la partida “otros activos”: a) para los agentes de valores y derivados, esta partida incluye préstamos; y b) para las sociedades financieras que efectúan préstamos, la partida incluye depósitos, efectivo, participaciones en fondos de inversión, activos fijos y derivados financieros. Con respecto a la partida “otros pasivos”: a) para los agentes de valores y derivados, esta partida excluye valores representativos de deuda, capital y reservas y derivados financieros; y b) para las sociedades financieras que realizan préstamos, esta partida incluye derivados financieros.
Partida de valores. Esta dimensión hace referencia a las partidas tomadas de la lista de partidas establecida para las cuentas financieras de la unión monetaria (MUFA) en línea con los conceptos del Sistema Europeo de Cuentas. Únicamente se utiliza para la definición de la estructura de datos “ECB_SEC1”.
Activos y pasivos de los fondos de inversión. Esta dimensión se refiere a la partida de los activos y pasivos de los fondos de inversión como se definen en el Reglamento (UE) n.o 1073/2013 (BCE/2013/38).
Activos y pasivos de las sociedades instrumentales. Esta dimensión se refiere a la partida de los activos y pasivos de las sociedades instrumentales según se definen en el Reglamento (UE) n.o 1075/2013 (BCE/2013/40).
Activos y pasivos de las compañías de seguros y los fondos de pensiones. Esta dimensión indica una partida de los activos y pasivos de las compañías de seguros y los fondos de pensiones. En el caso de las compañías de seguros, las partidas se definen en el Reglamento (UE) n.o 1374/2014 (BCE/2014/50). En el caso de los fondos de pensiones, las partidas se definen en el SEC 2010.
Partida de operaciones de compañías de seguros. Esta dimensión se refiere a las partidas de operaciones de compañías de seguros, es decir, primas, siniestros y comisiones, según se definen en el Reglamento (UE) n.o 1374/2014 (BCE/2014/50).
Partida de los datos bancarios consolidados. Esta dimensión indica la partida del sistema de presentación de información de los datos bancarios consolidados de los que se debe informar (de la cuenta de pérdidas y ganancias, el balance de situación y los informes de adecuación del capital de los bancos).
Vencimiento inicial. Para las definiciones de la estructura de los datos “ECB_BSI1”, “ECB_FVC1”, “ECB_IVF1”, “ECB_CBD1” y “ECB_OFI1”, esta dimensión indica el vencimiento inicial de la partida del balance. Para la definición de la estructura de datos “ECB_MIR1”, esta dimensión indica, para las partidas con saldos vivos, el desglose por vencimiento inicial o período de preaviso de los depósitos o préstamos; para las partidas sobre operaciones nuevas, indica el desglose por vencimiento inicial o período de preaviso en el caso de depósitos y el período inicial de fijación en el caso de préstamos.
Vencimiento. Esta dimensión indica el vencimiento inicial y residual del instrumento en la definición de la estructura de datos “ECB_ICPF1”.
Valoración de los valores. Esta dimensión identifica el método de valoración utilizado para las estadísticas de emisión de valores en la definición de la estructura de datos “ECB_SEC1”.
Tipo de datos. Esta dimensión describe el tipo de datos de los que se informa en las definiciones de la estructura de datos “ECB_BSI1”, “ECB_SSI1”, “ECB_OFI1”, “ECB_IVF1”, “ECB_FVC1”, “ECB_CBD1”, “ECB_ICPF1” y “ECB_ICO1”.
Tipo de datos de los tipos de interés de las IFM. En la definición de la estructura de datos “ECB_MIR1”, esta dimensión distingue estadísticas de tipos de interés de las IFM de aquellas relativas a los volúmenes de nuevas operaciones o saldos vivos.
Tipo de datos de los valores. Esta dimensión indica el tipo de datos contenidos en las estadísticas de emisión de valores en la definición de la estructura de datos “ECB_SEC1”. Las emisiones netas solo se transmitirán si las emisiones y las amortizaciones no se pueden identificar por separado.
Saldo, flujo. Esta dimensión, específica de “BIS_CBS”, indica el tipo de datos de saldos o flujos de los datos de los que se informa.
Código de la zona de referencia para las estadísticas financieras internacionales del BPI. Esta dimensión, específica de “BIS_CBS”, representa la zona de residencia de las entidades informadoras.
Tipo de banco de las estadísticas bancarias internacionales consolidadas. Esta dimensión, específica de “BIS_CBS”, hace referencia al grupo del sector informador correspondiente. Para la transmisión al BCE se debe emplear el código “4P”, a saber, se deberá informar de los datos únicamente para las oficinas bancarias nacionales que se refieren a datos bancarios consolidados de grandes grupos bancarios.
Base de presentación de información de las estadísticas bancarias internacionales consolidadas. Esta dimensión, específica de “BIS_CBS”, representa la base de presentación de información de un derecho o riesgo.
Tipo de posición de las estadísticas bancarias internacionales consolidadas. Esta dimensión, específica de “BIS_CBS”, representa el tipo de posición financiera registrada en los datos.
Vencimiento residual de las estadísticas bancarias internacionales consolidadas. Esta dimensión, específica de “BIS_CBS”, representa el vencimiento residual de los derechos o riesgos registrados.
Tipo de moneda del lugar de la anotación de las estadísticas bancarias internacionales consolidadas. Esta dimensión, específica de “BIS_CBS”, representa el tipo de moneda de los derechos registrados.
Sector de contrapartidas de las estadísticas bancarias internacionales consolidadas. Esta dimensión, específica de “BIS_CBS”, está relacionada con el desglose sectorial de la contrapartida para los derechos y riesgos registrados.
Zona de contrapartidas de las estadísticas bancarias internacionales consolidadas. Esta dimensión, específica de “BIS_CBS”, da el país de residencia de la contrapartida de la partida pertinente.
Zona de contrapartida. Esta dimensión da la zona de residencia de la contrapartida de la partida pertinente.
Categoría de la cantidad. Esta dimensión da la categoría de la cantidad de nuevos préstamos a sociedades no financieras. También se informa de nuevos préstamos según su tamaño. Únicamente es relevante para la definición de la estructura de datos “ECB_MIR1”.
Sector de contrapartidas en el balance. Esta dimensión está relacionada con el desglose sectorial de la contrapartida de las partidas del balance. En la definición de la estructura de datos “ECB_ICPF1” indica el sector de la contrapartida de la partida correspondiente.
Sector de la contrapartida. Esta dimensión, explicada en la definición de la estructura de datos “ECB_PSS1”, representa el desglose del sector del tipo de beneficiario (contrapartida) involucrado en la operación de pago.
Sector originador de las sociedades instrumentales. Esta dimensión, explicada en la definición de la estructura de datos “ECB_FVC1”, representa el sector del cedente (originador) de los activos, conjunto de activos, o riesgo crediticio del activo o conjunto de activos para la estructura de titulización.
Unidad de compañías de seguros. Esta dimensión indica la unidad de negocio pertinente de la compañía de seguros.
Moneda de la operación. Esta dimensión describe la moneda en la que se emiten los valores (para la definición de la estructura de datos “ECB_SEC1”) o en la que se denomina lo siguiente: a) las partidas del balance de las IFM (para la definición de la estructura de datos “ECB_BSI1”); b) los indicadores financieros estructurales (para la definición de la estructura de datos “ECB_SSI1”); c) los depósitos y préstamos (para la definición de la estructura de datos “ECB_MIR1”); d) los activos y pasivos de fondos de inversión (para la definición de la estructura de datos “ECB_IVF1”); e) el pago de operaciones (para la definición de la estructura de datos “ECB_PSS12”; f) los activos y pasivos de sociedades instrumentales (para la definición de la estructura de datos “ECB_FVC1”); g) las partidas del balance de los OIF (para la definición de la estructura de datos “ECB_OFI1”); h) las partidas de datos bancarios consolidados (para la definición de la estructura de datos “ECB_CBD”), e i) las operaciones con activos y pasivos de compañías de seguros y fondos de pensiones (para la definición de la estructura de datos “ECB_ICPF1”).
Denominador de moneda. Esta dimensión describe la moneda en que se denominan: a) los activos y pasivos de las compañías de seguros y los fondos de pensiones (para la definición de la estructura de datos “ECB_ICPF1”), y b) las operaciones de las compañías de seguros (para la definición de la estructura de datos “ECB_ICO1”).
Denominación de las series o cálculo especial. Esta dimensión indica el denominador de moneda en que se expresan las observaciones dentro de una serie temporal, o especifica el cálculo subyacente.
Sufijo del balance. Esta dimensión, presente en la definición de la estructura de datos “ECB_BSI1”, indica el denominador de moneda en que se expresan las observaciones dentro de una serie temporal o especifica el cálculo subyacente.
Sufijo de la serie en el contexto de los valores. Esta dimensión contiene tipos de datos adicionales para series derivadas. Únicamente se utiliza para la definición de la estructura de datos “ECB_SEC1”.
Cobertura de negocio del tipo de interés. Esta dimensión, específica de la definición de la estructura de datos “ECB_MIR1”, indica si las estadísticas de tipos de interés de las IFM de refieren a saldos vivos o a nuevas operaciones.
PARTE 4
Atributos
Las secciones que siguen explican en detalle los atributos asociados al intercambio de datos. La sección 1 define los atributos por definición de la estructura de datos, incluido su formato y el ámbito en el que se adjuntan. La sección 2 establece la responsabilidad de los socios en el intercambio de datos del SEBC en la creación de los atributos y su mantenimiento, así como el estado de los atributos. Las secciones 3, 4 y 5 se centran en el contenido de los atributos clasificados por el ámbito por el que se adjuntan, el parentesco, la serie temporal y la observación, respectivamente.
Sección 1: Atributos codificados y no codificados estipulados en las definiciones de la estructura de datos ECB_BSI1, ECB_SSI1, ECB_MIR1, ECB_OFI1, ECB_SEC1, ECB_PSS1, ECB_IVF1, ECB_FVC1, ECB_CBD1, BIS_CBS, ECB_ICPF1 y BIS_ICO1
Además de las dimensiones que definen las claves de serie, se define un conjunto de atributos. Los atributos se adjuntan en diversos ámbitos de la información intercambiada: el ámbito del parentesco, serie temporal u observación. Como se muestra más abajo, bien toman su valor de listas de códigos predefinidas o no están codificados y se utilizan para añadir explicaciones textuales sobre aspectos relevantes de los datos.
Los valores de los atributos se intercambian únicamente cuando se establecen por primera vez y cuando cambien, a excepción de los atributos obligatorios adjuntos en el ámbito de la observación, que se encuentran adjuntos a cada observación y de los que se informa en cada información de datos.
El siguiente cuadro proporciona información sobre los atributos definidos para cada definición de la estructura de datos pertinente, sobre el nivel en el que están adjuntos, su formato y el nombre de las listas de códigos de las que los atributos codificados toman sus valores.
Concepto estadístico
Formato (12)
Lista de códigos
BSI
SSI
MIR
OFI
SEC
PSS
IVF
FVC
CBD
CBS
ICPF
ICO
ATRIBUTOS EN EL ÁMBITO DEL PARENTESCO
(intercambiada usando el grupo FNS)
√
√
√
√
√
√
√
√
TITLE
Título
AN..70
no codificado
√
√
√
√
√
√
√
√
√
√
√
√
UNIT
Unidad
AN..12
CL_UNIT
Lista de códigos de unidades
√
√
√
√
√
√
√
√
√
√
√
√
UNIT_MULT
Multiplicador de unidades
AN..2
CL_UNIT_MULT
Lista de códigos de multiplicadores de unidades
√
√
√
√
√
√
√
√
√
√
√
√
DECIMALS
Decimales
N1
CL_DECIMALS
Lista de códigos de decimales
√
√
√
√
√
√
√
√
√
√
√
√
TITLE_COMPL
Complemento del título
AN..1050
no codificado
√
√
√
√
√
√
√
NAT_TITLE
Título en el idioma nacional
AN..350
no codificado
√
√
√
√
√
√
√
√
√
√
√
√
COMPILATION
Elaboración
AN..1050
no codificado
√
√
√
√
√
√
COVERAGE
Cobertura
AN..350
no codificado
√
√
√
√
√
√
√
√
√
√
√
√
SOURCE_AGENCY
Agencia que actúa como fuente
AN3
CL_ORGANISATION
Lista de códigos de organización
√
METHOD_REF
Referencia de la metodología
AN..1050
no codificado
ATRIBUTOS EN EL ÁMBITO DE LA SERIE
(intercambiada usando el grupo FNS)
√
√
√
√
√
√
√
√
√
√
√
√
COLLECTION
Indicador de recopilación
AN1
CL_COLLECTION
Lista de códigos de indicadores de recopilación
√
√
√
√
√
√
√
√
√
√
√
DOM_SER_IDS
Identificador de las series nacionales
AN..70
no codificado
√
√
√
√
√
√
√
√
BREAKS
Rupturas
AN..350
no codificado
√
√
√
√
√
√
√
UNIT_INDEX_BASE
Base del índice de unidades
AN..35
no codificado
√
AVAILABILITY
Disponibilidad
AN1
CL_AVAILABILITY
Lista de códigos de disponibilidad
√
√
√
√
√
√
√
√
√
PUBL_PUBLIC
Publicación que actúa de fuente
AN..1050
no codificado
√
√
√
√
√
√
√
√
√
√
PUBL_MU
Publicación que actúa de fuente (solamente la zona del euro)
AN..1050
no codificado
√
√
√
√
√
√
PUBL_ECB
Publicación que actúa de fuente (solamente el BCE)
AN..1050
no codificado
ATRIBUTOS EN EL ÁMBITO DE LA OBSERVACIÓN
(intercambiados junto con los datos en el segmento principal ARR excepto para OBS_COM intercambiado en el grupo FNS)
√
√
√
√
√
√
√
√
√
√
√
√
OBS_STATUS
Estado de observación
AN1
CL_OBS_STATUS
Lista de códigos del estado de observación
√
√
√
√
√
√
√
√
√
√
√
√
OBS_CONF
Confidencialidad de la observación
AN1
CL_OBS_CONF
Lista de códigos de la confidencialidad de la observación
√
√
√
√
√
√
√
√
√
√
√
√
OBS_PRE_BREAK
Valor de observación anterior a la ruptura
AN..15
no codificado
√
√
√
√
√
√
√
√
√
√
√
√
OBS_COM
Comentario de observación
AN..1050
no codificado
Sección 2: Aspectos comunes de atributos para las definiciones de la estructura de los datos ECB_BSI1, ECB_SSI1, ECB_MIR1, ECB_OFI1, ECB_SEC1, ECB_PSS1, ECB_IVF1, ECB_FVC1, ECB_CBD1, BIS_CBS, ECB_ICPF1 y ECB_ICO: BCN que informan al BCE (15)
Cada atributo se caracteriza por ciertos aspectos técnicos que aparecen en el siguiente cuadro.
Estado
Primer valor establecido, almacenado y difundido por… (13)
Modificable por los BCN
TITLE_COMPL
M
BCE
No (**)
NAT_TITLE
C
BCN
Sí
COMPILATION
C
BCN
Sí (***)
COVERAGE
C
BCN
Sí (***)
METHOD_REF
M
BCN
Sí
DOM_SER_IDS (14)
C
BCN
Sí
BREAKS
C
BCN
Sí
OBS_STATUS
M
BCN
Sí
OBS_CONF
C
BCN
Sí
OBS_PRE_BREAK
C
BCN
Sí
OBS_COM
C
BCN
Sí
La definición del conjunto de atributos que van a intercambiarse junto con los datos, supone información adicional sobre la serie temporal intercambiada que debe facilitarse. A continuación se señalan los detalles de la información proporcionada por los atributos para los conjuntos de datos estadísticos del BCE considerados.
Sección 3: Atributos en el ámbito del parentesco
Obligatorio
TITLE_COMPL (complemento del título). Este atributo permite un número mayor de caracteres que el atributo TITLE y por este motivo sustituye a TITLE como el atributo obligatorio para almacenar el título de las series.
UNIT (Unidad)
BSI
Para los Estados miembros de la zona del euro: EUR
SSI
Para los Estados miembros de la zona del euro: EUR
Para las series comunicadas como valores absolutos y para los índices: PURE_NUMB
Para las series comunicadas como porcentajes: PCT
OIF
Para los Estados miembros de la zona del euro: EUR
MIR
Para el volumen de las operaciones: EUR
Para los tipos de interés: PCPA
SEC
Para los Estados miembros de la zona del euro: EUR
PSS
Para series sobre unidades originales (anexo II, parte 16, cuadro 5), número de operaciones (anexo II, parte 16, cuadros 3, 4, 6 y 7) y series sobre ratios de concentración (anexo II, parte 16, cuadro 6): PURE_NUMB
Para series sobre el valor de operaciones (anexo II, parte 16, cuadros 3, 4, 6 y 7): EUR
IVF
Para los Estados miembros de la zona del euro: EUR
FVC
Para los Estados miembros de la zona del euro: EUR
CBD
Para los Estados miembros de la zona del euro: EUR o PURE_NUMB (cuando no sea relevante la denominación de la moneda)
CBS
Para los datos presentados por todos los países en dólares estadounidenses: USD; para los datos para los que no es relevante la denominación de la moneda: PURE_NUMB
ICPF
Para los Estados miembros de la zona del euro: EUR
ICO
Para los Estados miembros de la zona del euro: EUR
UNIT_MULT (multiplicador de unidades)
BSI
6
SSI
0
OIF
6
MIR (16)
Para el volumen de las operaciones: 6
Para los tipos de interés: 0
SEC
6
PSS
Para las series sobre unidades originales excepto las series sobre operaciones (anexo II, parte 16, cuadro 5): 0
Para series sobre operaciones (anexo II, parte 16, cuadros 3, 4, 6 y 7, excepto las ratios de concentración): 6
Para las series sobre ratios de concentración (anexo II, parte 16, cuadro 6): 0
IVF
6
FVC
6
CBD
3
CBS
6
ICPF
6
ICO
6
DECIMALS (decimales)
BSI
0
SSI
Para valores absolutos: 0
Para las series de índices y porcentajes: 4
OIF
0
MIR
Para el volumen de las operaciones: 0
Para los tipos de interés: 4
SEC
0
PSS
Series sobre unidades originales, excepto sobre operaciones y ratios de concentración (anexo II, parte 16, cuadro 5): 0
Series sobre operaciones y ratios de concentración (anexo II, parte 16, cuadros3, 4, 6 y 7): 3
IVF
0
FVC
0
CBD
0
CBS
0
ICPF
0
ICO
0
METHOD_REF (referencia de la metodología). Este atributo solamente se utiliza para el conjunto de datos del sistema de pago y liquidación si, para cada serie temporal o parte de ella, se utiliza la definición “mejorada” de 2005 o una anterior. Se definen dos valores:
El atributo también debe indicar el período para el cual se aplica cada definición. Por ejemplo, “definiciones de 2005 para toda la serie”, “definiciones de 2005 de datos relativos a 2003, definiciones anteriores para el resto” o “definiciones anteriores hasta datos relativos a 2004”.
Condicional
TITLE (título). Los BCN pueden utilizar el atributo TITLE para crear títulos cortos.
NAT_TITLE (título en lengua nacional). Los BCN pueden utilizar el atributo NAT_TITLE a fin de ofrecer una descripción precisa y otras especificaciones adicionales o distintivas en su lengua nacional. Si bien el uso de mayúsculas y minúsculas no plantea problemas, se solicita a los BCN que se limiten a los caracteres Latinos-1. En general, habrá que poner a prueba el intercambio de caracteres acentuados y símbolos alfanuméricos ampliados antes de su uso habitual.
COMPILATION (elaboración). Para los conjuntos de datos de BSI, IVF, FVC, ICPF, ICO y MIR, puede utilizarse este atributo para explicaciones textuales adicionales de los métodos de elaboración, sistemas de ponderación y procedimientos estadísticos empleados para elaborar las series subyacentes, sobre todo si difieren de las normas y disposiciones del BCE. En general, la estructura de las notas explicativas nacionales necesarias es la siguiente:
—
fuentes de los datos/sistema de recopilación de datos,
—
procedimientos de elaboración (incluida la descripción de las estimaciones/presunciones realizadas),
—
las desviaciones de las instrucciones de presentación de información del BCE (métodos geográficos/de clasificación sectorial/de valoración),
—
información relativa al marco jurídico nacional.
Para el conjunto de SSI, el atributo “elaboración” incluye información sobre los enlaces al marco regulador de la Unión para intermediarios distintos de las entidades de crédito.
Para el conjunto de datos de los OFI, se ofrece una descripción detallada de la información a incluir en este atributo en los puntos 1 a 5 de las notas explicativas nacionales (véase el anexo II, parte 11).
Del mismo modo, para el conjunto de datos de SEC, se ofrece una descripción detallada de la información a incluir en este atributo en los puntos 1, 2, 4, 5, 8, 9 y 10 de las notas explicativas nacionales (véase el anexo II, parte 12).
COVERAGE (cobertura)
Información sobre
Notas
SSI
—
cobertura de las diferentes categorías de intermediarios
—
tipo de intermediario para los diferentes indicadores
—
si la estimación se utilizó en caso de cobertura parcial
—
indicación de extrapolación (en su caso)
OFI
—
cobertura de la serie total activos/pasivos
—
tipo de OIF cubiertos en las categorías principales
—
si la estimación se utilizó en caso de cobertura parcial
—
indicación de extrapolación (en su caso)
—
referirse también al anexo II, parte 11 (véanse las notas explicativas nacionales, punto 6)
MIR
—
criterios de estratificación, procedimiento de selección (igual probabilidad/probabilidad proporcional al tamaño/selección de las entidades más grandes) en caso de muestreo
SEC
—
clasificación de las emisiones
—
referirse también al anexo II, parte 12 (sección 2, punto 4, y sección 3, punto 6)
CBD
—
descripción de la población informadora
—
si se excluyeron de la recogida entidades en concreto
—
los motivos de la exclusión
SOURCE_AGENCY (agencia que actúa como fuente). El BCE establecerá este atributo en un valor representativo del nombre del BCN que presente los datos.
Sección 4: Atributos en el ámbito de las series temporales
Obligatorio
COLLECTION (indicador de recopilación). Este atributo proporciona información sobre el período o el punto temporal en el que se mide una serie temporal (por ejemplo, comienzo, mitad o final del período) o una indicación de si los datos son medias.
Condicional
DOM_SER_IDS (identificador de series nacionales). Este atributo permite que se haga referencia al código usado en las bases de datos nacionales para identificar la serie correspondiente (también se pueden especificar las fórmulas que usan los códigos de referencia nacionales).
UNIT_INDEX_BASE (base del índice de unidades). Este atributo es obligatorio cuando se asocia a una clave de series que expresa un índice. Indica la referencia y el valor base para los índices y solamente se utiliza para las series del índice de los saldos teóricos obtenidos por el BCE y divulgados por el SEBC.
BREAKS (rupturas). Este atributo proporciona una descripción de las rupturas y los cambios principales que se hayan producido a lo largo del tiempo en la recopilación, la cobertura de la información y la elaboración de las series. En el caso de las rupturas, se deberá indicar la medida en la que los datos antiguos y los nuevos se pueden considerar comparables, cuando sea posible.
PUBL_PUBLIC, PUBL_MU, PUBL_ECB [publicación que actúa de fuente, publicación que actúa de fuente (solamente la zona del euro), publicación que actúa de fuente (solamente el BCE)]. El BCE establecerá estos atributos si se publican los datos en publicaciones del BCE, ya sean públicas o confidenciales. Facilitan una referencia (es decir, publicaciones, partidas, etc.) a datos publicados.
Sección 5: Atributos en el ámbito de la observación
Si un BCN desea revisar un atributo asignado en el ámbito de observación, la observación u observaciones pertinentes deberán reenviarse al mismo tiempo. Si un BCN revisa una observación sin proporcionar también el atributo pertinente, se sustituirán los valores existentes por los valores por defecto.
Obligatorio
OBS_STATUS (estado de observación). Los BCN facilitan un valor del estado de observación asociado a cada observación intercambiada. Este atributo es obligatorio y se debe aportar con cada transmisión de datos para cada observación individual. Cuando los BCN revisan el valor de este atributo, se facilitan tanto el valor de observación (incluso aunque permanezca invariable) como el nuevo indicador del estado de observación.
La siguiente lista incluye los valores previstos para este atributo, de acuerdo con la jerarquía acordada, a efectos de estas estadísticas:
“A”= valor normal (por defecto para las observaciones omitidas),
“B”= valor de ruptura para los siguientes conjuntos de datos: SSI, MIRCBD y PSS (****),
“M”= valor omitido, no existen datos,
“L”= valor omitido, los datos existen, pero no fueron recopilados,
“E”= valor estimado (*****),
“P”= valor provisional (este valor se puede utilizar en cada transmisión de los datos, con referencia a la última observación disponible, si esta se considera provisional).
En circunstancias normales, los valores numéricos se deberán facilitar con el estado de observación “A” (valor normal) adjunto. De lo contrario, se proporciona un valor diferente de “A” de conformidad con la lista anterior. Si a una observación se le aplicaran dos características, se informa de la más importante, de conformidad con la jerarquía mostrada anteriormente.
En cada transmisión de datos se puede informar de las observaciones más recientes disponibles como provisionales y marcarlas con el estado de observación “P”. Estas observaciones toman valores definidos y se presentan con el estado de información “A” en una etapa posterior cuando los nuevos valores y estados de observación revisados sustituyan a los provisionales.
Los valores omitidos (“—”) se presentan cuando no es posible facilitar un valor numérico (por ejemplo, debido a que no existen los datos o porque estos no se recopilaron). En ningún caso se comunicará una observación omitida con un valor “cero”, ya que el cero es un valor numérico normal que indica una cantidad precisa y válida. Si los BCN no fueran capaces de identificar el motivo del valor omitido o si no pudieran utilizar toda la gama de valores presentados en la lista de códigos CL_OBS_STATUS para informar de observaciones omitidas (“L” o “M”), deberá emplearse el valor “M”.
Cuando debido a las condiciones estadísticas locales, no se recopilen datos para una serie temporal en fechas determinadas o para la totalidad de la serie temporal (el fenómeno económico subyacente existe, pero no es objeto de seguimiento estadístico), se comunicará un valor omitido (“—”) con el estado de observación “L” para cada período.
Cuando, debido a las prácticas del mercado local o al régimen legal/económico, una serie temporal, o parte de ella, no sea aplicable (no se da el fenómeno subyacente), se comunicará un valor que falta (“—”) con el estado de observación “M”.
Condicional
OBS_CONF (confidencialidad de la observación). Los BCN facilitan un valor de la confidencialidad de la observación asociado a cada observación intercambiada. Aunque este atributo se define como condicional en el archivo de definiciones estructurales del BCE, deberá presentarse en cada transmisión de datos para cada observación individual, ya que cada observación confidencial debe marcarse adecuadamente. Cuando los BCN revisen el valor de este atributo, se facilitarán tanto el valor de observación como el nuevo indicador del estado de observación (incluso aunque permanezca invariable).
La siguiente lista incluye los valores previstos para este atributo a los efectos de estas estadísticas:
“F”= publicación libre,
“N”= no publicable, restringido a uso interno,
“C”= información estadística confidencial en el sentido del artículo 8 del Reglamento (CE) n.o 2533/98,
“S”= confidencialidad secundaria establecida y gestionada por el receptor, no publicable,
“D”= confidencialidad secundaria establecida por el remitente, no publicable. Este código pueden utilizarlo los BCN que ya diferencien entre confidencialidad primaria y secundaria en sus sistemas de presentación de información. De lo contrario, el BCN informante deberá utilizar “C” para marcar la confidencialidad secundaria.
OBS_PRE_BREAK (valor de observación anterior a la ruptura). Este atributo incluye el valor de observación anterior a la ruptura, que es un campo numérico como la observación (******). En general, se presenta cuando sucede alguna ruptura. En este caso el estado de observación debe establecerse en “B” (valor de ruptura).
A los efectos de los conjuntos de datos de BSI, IVF, FVC, ICPF e ICO, no se requiere este atributo, ya que esta información ya está disponible en las series de reclasificación o de operaciones financieras. Se ha añadido a la lista de atributos, ya que forma parte del subconjunto común de atributos para todos los conjuntos de datos.
OBS_COM (comentario de observación). Este atributo se puede usar para facilitar comentarios de texto en el ámbito de la observación (por ejemplo, describir la estimación realizada para una observación específica debido a la falta de datos, explicar la razón de una posible observación anormal o dar detalles acerca de un cambio en la serie temporal aportada).
(*) Para los BCN, el país de residencia del sector emisor es el país de residencia del BCN."
(****) Si se informa de OBS_STATUS como “B”, se debe informar de un valor para el atributo OBS_PRE_BREAK."
(*****) El estado de observación “E” deberá adoptarse para todas las observaciones o períodos de datos que son el resultado de las estimaciones y no se pueden considerar valores normales."
(******) Los cuatro objetos valor de observación más OBS_STATUS, OBS_CONF y OBS_PRE_BREAK son tratados como una sola entidad. Esto significa que los BCN están obligados a enviar toda la información complementaria para una observación. (Cuando no se faciliten los atributos, sus valores previos son sustituidos por valores por defecto).»."
4.
El anexo IV se modifica como sigue:
a)
el título se sustituye por el siguiente:
«OBTENCIÓN DE LAS OPERACIONES EN EL CONTEXTO DE LAS ESTADÍSTICAS DE LAS PARTIDAS DEL BALANCE DE LAS INSTITUCIONES FINANCIERAS MONETARIAS, LOS FONDOS DE INVERSIÓN, LAS SOCIEDADES INSTRUMENTALES Y LAS COMPAÑÍAS DE SEGUROS»;
b)
la parte 1 se sustituye por la siguiente:
«PARTE 1
Descripción general del procedimiento para la obtención de operaciones
Sección 1: Marco
1.
El marco general para la obtención de operaciones para las estadísticas de activos y pasivos de las partidas del balance de las instituciones financieras monetarias (IFM), los fondos de inversión, las sociedades instrumentales y las compañías de seguros se basa en el sistema europeo de cuentas (en lo sucesivo, el ‘SEC 2010’). Se admiten cuando sean necesarias desviaciones de esta norma internacional con relación al contenido de los datos y la denominación de conceptos estadísticos. El presente anexo se interpreta de conformidad con el SEC 2010, a menos que los Reglamentos (UE) n.o 1071/2013 (BCE/2013/33), (UE) n.o 1073/2013 (BCE/2013/38), (UE) n.o 1075/2013 (BCE/2013/40), (UE) n.o 1374/2014 (BCE/2014/50) o la presente orientación invaliden sus disposiciones de forma explícita o implícita.
2.
De conformidad con el SEC 2010, las operaciones financieras se definen como la adquisición neta de activos financieros o la contracción neta de pasivos de cada tipo de instrumento financiero, es decir, la suma de todas las operaciones financieras que se producen durante el período de presentación de información correspondiente (*******). Las operaciones que comprenden cada partida especificada en los Reglamentos (UE) n.o 1071/2013 (BCE/2013/33), (UE) n.o 1073/2013 (BCE/2013/38), (UE) n.o 1075/2013 (BCE/2013/40) y (UE) n.o 1374/2014 (BCE/2014/50) se calculan con carácter neto, es decir, no existe la obligación de identificar el volumen o las transacciones financieras brutas (********). El método de valoración de cada operación consiste en tomar el valor al que se adquieren o enajenan los activos o se crean, liquidan o intercambian los pasivos. A pesar de ello, se permiten desviaciones del SEC 2010.
3.
El presente anexo revisa la metodología para la obtención de operaciones en el contexto de las estadísticas de las partidas del balance, los fondos de inversión, las sociedades instrumentales y las compañías de seguros. Esta parte se centra en el cálculo de los datos de operaciones en el Banco Central Europeo (BCE) y la presentación de la información subyacente por los BCN, mientras que la parte 2 se centra en los conceptos de ajustes de flujos. A continuación, las partes 3, 4, 5 y 6 proporcionan información específica sobre los marcos de elaboración de las estadísticas de las partidas del balance, los fondos de inversión, las sociedades instrumentales y las compañías de seguros, respectivamente.
En los manuales sobre estas estadísticas publicados en la dirección del BCE en internet se proporcionan más detalles y ejemplos.
Sección 2: Cálculo de datos de operaciones por el BCE y presentación de información de los BCN al BCE
1. Introducción
1.
Para las estadísticas de las partidas del balance, los fondos de inversión y las compañías de seguros, el BCE calcula las operaciones tomando, para cada partida del activo y del pasivo, la diferencia entre las posiciones de saldos en las fechas de presentación de información de fin de período y después eliminando el efecto de los elementos que no sean resultado de las operaciones, es decir, “otros cambios”. “Otros cambios” se agrupa en dos categorías principales: “reclasificaciones y otros ajustes” y “ajustes de revalorización”. Esta última comprende las revaloraciones debidas a variaciones tanto en precios como en tipos de cambio (*********). Los bancos centrales nacionales (BCN) presentan la información sobre “reclasificación y otros ajustes” y “ajustes de revalorización” al BCE de forma que estos efectos distintos de operaciones puedan ser eliminados en el cálculo de las estadísticas de flujos.
En el caso de las estadísticas de las partidas del balance, los BCN presentan al BCE los datos de ajustes de conformidad con la parte 1 del anexo II. Los “ajustes de revalorización” que presentan los BCN consisten en saneamientos totales o parciales de préstamos y ajustes de revalorización debidos a variaciones de precios. Normalmente, el BCE calcula los ajustes de revalorización debidos a variaciones en los tipos de cambio, pero cuando los BCN están en condiciones de elaborar ajustes más precisos también pueden transmitir estos ajustes al BCE directamente (**********).
En el caso de las estadísticas de los fondos de inversión, los BCN presentan al BCE los datos de ajustes de conformidad con la parte 17 del anexo II. Los “ajustes de revalorización” que presentan los BCN consisten en ajustes de revalorización debidos a variaciones en los precios y los tipos de cambio.
En el caso de las estadísticas de las compañías de seguros, los BCN presentan al BCE los datos de ajustes de conformidad con la parte 23 del anexo II. Los “ajustes de revalorización” que presentan los BCN consisten en ajustes de revalorización debidos a variaciones en los precios y los tipos de cambio.
2.
En el contexto de las estadísticas de las sociedades instrumentales, los BCN presentan directamente al BCE las operaciones en lugar de los ajustes de flujos. El cálculo de las operaciones (sea directamente por los agentes informadores, sea por los BCN) debe ser coherente con el enfoque general del presente anexo sobre reclasificaciones y otros ajustes y revalorizaciones.
2. Reclasificaciones y otros ajustes
1.
Los BCN elaboran los datos sobre “reclasificaciones y otros ajustes” requeridos por la presente orientación usando información de supervisión, comprobaciones de plausibilidad, estudios ad hoc (por ejemplo, relacionados con valores extremos), exigencias estadísticas nacionales, información sobre altas y bajas de la población informadora y cualquier otra fuente disponible. No se espera que el BCE realice ajustes ex post a no ser que los BCN identifiquen cambios pronunciados en los datos finales.
2.
Los BCN identifican las variaciones en los saldos debidas a reclasificaciones y registran el importe neto identificado en “reclasificaciones y otros ajustes”. Los incrementos netos de saldos debido a reclasificaciones se registran con un signo positivo y, las reducciones netas de saldos, con un signo negativo.
3.
En principio, los BCN cumplen todos los requisitos relativos a “reclasificaciones y otros ajustes” especificados en la presente orientación. Como mínimo, los BCN presentan todas las “reclasificaciones y otros ajustes” por encima de 50 millones EUR. Este umbral pretende ayudar a los BCN a decidir si deben realizar un ajuste o no. Sin embargo, si la información no está inmediatamente disponible o es de mala calidad, podrá decidirse no actuar o bien elaborar estimaciones. Por este motivo, se requiere flexibilidad en el manejo de dicho umbral, sobre todo debido a la heterogeneidad de los procedimientos existentes para calcular los ajustes. Por ejemplo, si se recopila información relativamente detallada con independencia del umbral, podría resultar contraproducente tratar de aplicar dicho umbral.
3. Ajustes de revalorización
1.
A fin de cumplir los requisitos relativos a los “ajustes de revalorización” especificados en la presente orientación, los BCN pueden necesitar calcular los ajustes a partir de operaciones, datos valor a valor u otros datos presentados por la población informadora o estimar los ajustes respecto a algunos de los desgloses no presentados por la población informadora porque no se consideran un “requisito mínimo”.
2.
Normalmente, los BCN elaboran los “ajustes de revalorización” basándose en los datos presentados directamente por la población informadora. No obstante, los BCN también podrán cumplir estos requisitos de presentación de información de forma indirecta (por ejemplo, recopilando directamente datos sobre las operaciones) y, en cualquier caso, pueden recopilar datos adicionales de los agentes informadores. Cualquiera que sea el enfoque utilizado en el ámbito nacional, los BCN deben presentar un conjunto completo de datos al BCE de conformidad con el anexo II, parte 1 para las estadísticas de las partidas del balance, parte 17 para las estadísticas de los fondos de inversión, y parte 23 para las estadísticas de las compañías de seguros.
(*******) Esto es conforme con el SEC 2010 y otras normas estadísticas internacionales."
(********) No obstante, en el caso de las estadísticas de los fondos de inversión, el Reglamento (UE) n.o 1073/2013 (BCE/2013/38) requiere que se informe de forma separada de nuevas emisiones y amortizaciones de participaciones en fondos de inversión durante el mes de presentación de la información."
(*********) La definición y clasificación de los “otros cambios” coincide en gran medida con el SEC 2010. Las “reclasificaciones y otros ajustes” equivalen en grandes líneas a “otras variaciones del volumen de activos y pasivos” (K.1-K.6, véanse los apartados 6.03 a 6.25), mientras que las “revalorizaciones” pueden transferirse a “ganancias y pérdidas de tenencias nominales” (K.7, véanse los apartados 6.26 a 6.64). Para las estadísticas de las partidas del balance existe una importante desviación relativa a la inclusión de “saneamientos totales de préstamos” dentro de “revalorizaciones” (y específicamente como revalorizaciones debidas a variaciones en los precios), mientras que en el SEC 2010 generalmente se consideran “otras variaciones del volumen” (apartado 6.14) (a excepción de las pérdidas realizadas con la venta de préstamos); estas pérdidas, que equivalen a la diferencia entre el precio de la operación y el importe de los préstamos registrado en el balance, deben registrarse como una revalorización (apartado 6.58). La inclusión de “saneamientos totales de préstamos” dentro de “revalorizaciones” también se desvía de las normas aplicables a las posiciones de inversión internacional (p.i.i.). En las p.i.i., estos se tratan como “otros ajustes” y no como “variaciones de precio o tipo de cambio”. Para las estadísticas de los fondos de inversión, no se requieren “saneamientos totales o parciales” de préstamos."
(**********) Los ajustes del balance propio del BCE los presenta la Dirección General de Administración del BCE.»;"
c)
se añade la parte 6 siguiente:
«PARTE 6
Ajustes de flujos: rasgos especiales de las estadísticas de las compañías de seguros
Sección 1: Introducción
1.
Para las estadísticas de las compañías de seguros, los BCN presentan ajustes de revalorización que comprenden las revalorizaciones debidas a variaciones en el precio y tipo de cambio, y los ajustes de reclasificación para todas las partidas del balance de las compañías de seguros, de conformidad con el artículo 26 bis. En este proceso, es posible que los BCN tengan que calcular o estimar los ajustes no presentados por las compañías de seguros. Se incluyen los datos cuyas series de saldos se presentan elemento por elemento, los datos que no se consideran “requisitos mínimos” de los cuadros 3a y 3b del anexo III del Reglamento (UE) n.o 1374/2014 (BCE/2014/50), y los datos de las reservas técnicas de seguros.
Sección 2: Ajustes de revalorización
1.
El Reglamento (UE) n.o 1374/2014 (BCE/2014/50) permite flexibilidad en cuanto al tipo de datos que se necesitan para calcular los ajustes de revalorización de activos y pasivos, y a la forma en que se recopilan y elaboran estos datos. La decisión relativa al método se deja a los BCN.
2.
Existen las dos opciones siguientes para obtener los ajustes de revalorización de los valores recopilados valor a valor. Los BCN podrán seguir un procedimiento análogo con los activos distintos de los valores cuando recopilen datos elemento por elemento.
—
las compañías de seguros presentan información valor a valor que permite a los BCN obtener los ajustes de revalorización: las compañías de seguros presentan a los BCN valor a valor la información requerida en el anexo I, parte 3, cuadros 2.1 y 2.2, apartados 1, 2 y 4, del Reglamento (UE) n.o 1374/2014 (BCE/2014/50). Esta información permite a los BCN obtener datos exactos acerca de los “ajustes de revalorización” que han de facilitar al BCE. Cuando se siga esta opción, los BCN podrán obtener los “ajustes de revalorización” de conformidad con el método común del Eurosistema, esto es, el “método de obtención de flujos” que se describe en el manual para compañías de seguros que acompaña al reglamento y a la presente orientación,
—
las compañías de seguros presentan directamente al BCN las operaciones valor a valor: las compañías de seguros presentan valor a valor los importes acumulados de adquisiciones y ventas de valores sucedidas durante el período de referencia conforme al anexo I, parte 3, cuadros 2.1 y 2.2, apartados 1 y 3, del Reglamento (UE) n.o 1374/2014 (BCE/2014/50). Los BCN calculan los “ajustes de revalorización” tomando la diferencia entre los saldos de fin de período y eliminando las operaciones, y presentan los ajustes de revalorización al BCE de conformidad con la presente orientación.
3.
En cuanto a las reservas técnicas de seguros mantenidas por las compañías de seguros, existen las dos opciones siguientes para obtener aproximaciones de ajustes de revalorización:
—
las compañías de seguros presentan ajustes u operaciones agregados conforme a las instrucciones de los BCN. Los BCN que elijan este método agregan los ajustes facilitados por las compañías de seguros para la presentación de los datos al BCE,
—
los BCN obtienen aproximaciones basadas en los datos presentados por las compañías de seguros.
4.
En cuanto a los activos y pasivos distintos de los recopilados elemento por elemento y las reservas técnicas de seguros mantenidas por las compañías de seguros, existen las tres opciones siguientes para obtener ajustes de revalorización:
—
las compañías de seguros presentan ajustes agregados: Las compañías de seguros presentan los ajustes aplicables a cada partida, reflejando los cambios de valoración debidos a variaciones en los precios y tipos de interés. Los BCN que elijan este método agregan los ajustes facilitados por las compañías de seguros para la presentación de los datos al BCE,
—
las compañías de seguros presentan operaciones agregadas: Las compañías de seguros acumulan las operaciones durante el trimestre y transmiten al BCN el valor de las compras y ventas. Los BCN que reciban los datos de las operaciones calculan los “ajustes de revalorización” como un valor resultante de la diferencia entre los saldos y las operaciones, y presentan el ajuste de revalorización al BCE de conformidad con la presente orientación,
—
los BCN obtienen aproximaciones basadas en los datos presentados por las compañías de seguros.».
5.
El anexo V se sustituye por el siguiente:
«ANEXO V
LISTA DE UNIDADES INSTITUCIONALES A EFECTOS ESTADÍSTICOS
PARTE 1
Correspondencia de la lista de atributos del Register of Institutions and Affiliates Database (RIAD) y los conjuntos de datos específicos mantenidos a efectos estadísticos
Nombre del atributo (1)
Relevante en el contexto de la lista de
IFM
Fondos de inversión
Sociedades instrumentales
PSRI (2)
C. de seguros
Tipo
Frecuencia de actualización
Tipo
Frecuencia de actualización
Tipo
Frecuencia de actualización
Tipo
Frecuencia de actualización
Tipo
Frecuencia de actualización
“Non-industry” IDs
—
RIAD code
M
d
M
q
M
q
M
a
M
q
—
Nationals business register
E
d
E
q
E
q
O
a
E
q
—
EGR code
E
d
E
q
—
LEI (según disponibilidad)
M
d
M
q
M
q
M
a
M
q
“Industry” IDs
—
BIC
E
d
—
ISINs
E
d
M
q
M
q
E
q
Name
M
d
M
q
M
q
M
a
M
q
Country of residence
M
d
M
q
M
q
M
a
M
q
Address
M
d
M
q
M
q
M
a
M
q
Area code
M
d
M
q
M
q
M
a
M
q
Legal form
E
d
E
q
E
q
E
a
E
q
Flag Listed
M
d
M
q
M
q
O
a
M
q
Flag Supervised
M
d
M
q
M
q
M
a
M
q
Flag Subject to Directive 2009/138/EC
M
q
Reporting requirements
E
d
E
q
E
q
E
a
E
q
Type of licence
M
d
M
q
M
q
O
a
E
q
Capital variability
M
q
UCITS compliance
M
q
Legal set-up
M
q
Flag Sub-fund
M
q
Nature of securitisation
M
q
Flag E-money issuer-licence
M
a
Flag E-money issuer-business
M
a
Flag Payment service provider -licence
M
a
Flag Payment service provider-business
M
a
Flag Payment system operator
M
a
Comment
O
d
O
q
O
q
O
a
O
q
NACE code
M
d
M
q
M
q
E
a
M
q
Total employment
E
a
O
a
E
a
O
a
E
a
Total solo balance sheet (ECB Regulation)
M
a
E
a
E
a
E
a
NET assets, net asset value
E
a
M
a
Gross premiums written
M
a
ESA 2010
M
d
M
q
M
q
M
a
M
q
Sub-sector type
M
d
M
q
M
q
M
a
M
q
Birth date
O
d
O
q
O
q
O
a
O
q
Closure date
M
d
M
q
M
q
M
a
M
Q
Flag Activity status
M
d
M
q
M
q
M
a
M
Q
Datos de referencia mínimos (1) exigidos para
Originator of FVC
M
q
Management company
M
q
M
q
Head of branch
M
d
M
Q
M (obligatorio), E (recomendado), O (opcional), en blanco (no aplicable).
Frecuencia: a (anual), q (trimestral), m (mensual), d (diaria/tan pronto como ocurra el cambio).
Plazo: para datos anuales (si no se especifica en otra parte), un mes desde la fecha de referencia.
PARTE 2
Tipos de relaciones entre unidades organizativas
Tipo
Frecuencia de actualización
1.
Relaciones organizativas dentro de una empresa
Relación entre una unidad o unidades jurídicas y una empresa.
O
—
2.
Relaciones dentro de un grupo empresarial
Relación de control
E (c)
Q
Relación de propiedad
E (c)
Q
3.
Otras relaciones
Relación entre un “originador” y su sociedad instrumental
M
Q
Relación entre una “sociedad de gestión” y su sociedad instrumental o fondo de inversión
M
Q
Relación entre una “sucursal no residente” y su “sede” residente
M
Q
Relación entre una “sucursal residente” y su “sede” no residente
M
Q
Relación entre un “subfondo” y un “fondo de cobertura”
M
Q
Relación con el predecesor o sucesor en el caso de una absorción o ruptura
M
d/q
PARTE 3
Definiciones y ajuste de las instrucciones de presentación de información
RIAD code
El código de identificación único para cualquier unidad organizativa en RIAD se compone de dos partes: “host” e “id”.
Los valores para las dos partes combinadas garantizan que esta clave primaria sea única:
—
códigos de país de 2 dígitos ISO-3166,
—
cadena libre
[elemento obligatorio para la creación de una entidad en RIAD].
Alias identifiers
Lista abierta de una multitud de códigos de identificación que se compone de identificadores que pueden seguir o no cualquier estándar (semi) industrial. Como puede incluir códigos “nacionales” puros, la lista completa no es obligatoria para todas las instituciones que presentan información. Algunos ejemplos serían los códigos de registro de empresas nacionales, el código del registro de Eurogrupos, el Identificador de Entidad Jurídica (si está disponible) y el código “BIC”.
A fin de ser operativo en el intercambio de datos entre un BCN y el RIAD, el identificador debe registrarse en una lista de códigos específica del sistema.
ISIN
El “Código Internacional de Identificación de Valores” se define en la ISO 6166. En el RIAD, el código ISIN aparece de dos maneras:
—
en el caso de fondos de inversión y sociedades instrumentales, los requisitos de presentación de información incluyen la obligación de informar de (todos) los valores pendientes (no reembolsados) emitidos por una sociedad financiera,
—
ya que cada valor emitido por una sociedad también identifica a la entidad de una forma única, cualquier código ISIN individual de acciones emitidas (y posiblemente) cotizadas u otros saldos vivos de valores representativos de deuda puede utilizarse para identificar a la propia unidad organizativa.
Name
Nombre de registro completo, incluida la designación de la sociedad (por ejemplo, Plc, Ltd, SpA, AG, etc.).
Country of residence
País del registro o constitución legal
[elemento obligatorio para la creación de una entidad en RIAD].
Address
Los detalles de ubicación de una unidad organizativa, cuando procedan, se componen de cuatro partes:
City
—
la ciudad de ubicación,
Address
—
el nombre de la calle y el número del edificio,
Postal code
—
el código postal según las convenciones de los sistemas postales nacionales,
Postal box
—
el número del apartado de correos según las convenciones de los sistemas postales nacionales.
Area code
Clasificación geográfica necesaria para fines estadísticos.
Legal form
El dominio de formas jurídicas aplicables sigue unas listas de códigos nacionales individuales y debe registrarse en el RIAD antes de que cualquier BCN informador pueda utilizarlo en la transferencia de datos.
Flag Listed (d)
Marca que indica si una unidad organizativa cotiza en cualquier bolsa de valores (nacional o extranjera). A la inversa, puede utilizarse para indicar la exclusión de la cotización de una entidad.
Flag Supervised (d)
Marca que indica si una entidad está sujeta a cualquier régimen de supervisión confiado a autoridades nacionales o supranacionales.
Flag Subject to Directive 2009/138/EC
Marca que indica si una entidad está sujeta a la Directiva 2009/138/CE o a cualquier otro régimen de supervisión (valores posibles: “Directiva 2009/138/CE”/“otro”). Debe incluirse solo si la entidad está sujeta a supervisión.
Reporting requirements
Las listas abiertas de códigos que pueden utilizarse en un registro central a cuyas obligaciones nacionales o supranacionales de presentación de información está sujeta una entidad. Una entidad puede estar sujeta a múltiples obligaciones.
El dominio de listas de códigos nacionales individuales debe registrarse en el RIAD antes de que cualquier BCN informador pueda utilizarlo en la transferencia de datos.
Type of licence
Atributo que indica si una entidad ostenta una licencia (específica) certificada por autoridades nacionales o supranacionales.
Las listas de códigos nacionales detalladas pueden registrarse en el RIAD para permitir la identificación de marcos o regímenes específicos de licencias.
Capital variability
Esta variable especifica cualquier restricción de la cantidad de acciones que el fondo puede emitir, es decir, representa un fondo de capital variable o de capital fijo.
UCITS compliance
Marca que señala si un fondo cumple las normas de OICVM.
Legal set-up
Esta variable señala la forma jurídica que puede tomar un fondo de inversión.
Sub-fund
Esta variable especifica si un fondo de inversión es un subfondo.
Nature of securitisation
Esta variable especifica el tipo de titulización emprendida por la sociedad instrumental.
Flag E-money issuer-licence (d)
Marca que indica si una entidad ostenta una licencia específica de “emisor de dinero electrónico” (de conformidad con el artículo 2 de la Directiva 2009/110/CE del Parlamento Europeo y del Consejo) (17).
Flag E-money issuer-business (d)
Marca que indica si una entidad está realmente llevando a cabo la actividad de un “emisor de dinero electrónico”.
Flag Payment service provider-licence (d)
Marca que indica si una entidad ostenta una licencia específica de “proveedor de servicios de pago” (de conformidad con el artículo 4 de la Directiva 2007/64/CE).
Flag Payment service provider-business (d)
Marca que indica si una entidad está realmente llevando a cabo la actividad de un “proveedor de servicios de pago”.
Flag Payment system operator (d)
Marca que indica si una entidad es un “operador de un sistema de pago” de conformidad con el artículo 1 del Reglamento (UE) n.o 1409/2013 (BCE/2013/43).
Comment
Texto libre.
NACE
Actividad principal de conformidad con la NACE Rev.2 (clase de cuatro dígitos).
Total employment
Número de empleados, a ser posible medido en “equivalentes a tiempo completo”.
Total solo balance sheet (ECB Regulation)
Importe total del balance según el reglamento correspondiente de partidas del balance, fondos de inversión, sociedades instrumentales o compañías de seguros (denominado en EUR).
NET assets, NAV
Para los fondos de inversión es el valor de “participaciones” (valor de los activos netos). Para las entidades de crédito se aproxima con “capital y reservas” (denominado en euros).
Gross premiums written
Para las compañías de seguros es el valor de las primas brutas suscritas, que comprenden todos los importes debidos durante el ejercicio respecto a contratos de seguro, con independencia de que dichos importes puedan estar relacionados en todo o en parte con un ejercicio posterior.
ESA 2010
Sectores institucionales del SEC 2010 (código de cuatro dígitos). Puede incluir la clasificación de sociedades e instituciones bajo control público, privado, nacional y extranjero.
Sub-sector type
Ampliación de la clasificación del SEC 2010 que permite identificar subcategorías del desglose de Cuentas Nacionales estándar.
Para las compañías de seguros indica el tipo de compañía de seguros según su ramo. Puede tomar los valores: vida, no vida, combinado y reaseguro.
Birth date
Fecha de constitución legal de una unidad jurídica o registro de una unidad institucional. Si esta información no pudiera obtenerse (dentro de lo razonablemente posible), debe presentarse una aproximación
[elemento obligatorio para la creación de una entidad en RIAD; puede aproximarse].
Closure date
Fecha de cancelación del registro de una entidad. Todas entidades permanecen en el RIAD incluso después de su “fecha de cierre”.
ad existence
Consultas relativas a si una unidad individual “existe” en un punto temporal específico (o no) que pueden obtenerse de la “fecha de cierre”.
Activity status (d)
Marca que indica si una entidad está “activa”, “no activa” o “en proceso de resolución”;
este atributo es una adición a la información relativa a si una entidad existe (todavía).
ad liquidation
La fecha de inicio de la validez del valor “en proceso de resolución” (véase “estado de actividad”) marca la fecha de inicio del proceso de resolución.
ad absorption
En el RIAD, las actividades societarias como fusiones y escisiones se indican mediante el registro de las eliminaciones, modificaciones o creaciones pertinentes además de las relaciones de predecesor y sucesor.
Relationship between legal unit (s) and enterprise
Permite el registro de la relación entre una unidad jurídica y la empresa que opera, lo que refleja el concepto de que una empresa puede representar tanto una unidad jurídica como una combinación de unidades jurídicas.
Control relationship
Relación entre unidades jurídicas basada en el concepto de “control” como se define en la Directiva 2013/34/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (18) (regla de propiedad mayor del 50 %).
Ownership relationship
Relación entre unidades jurídicas basada en el concepto de porcentaje de “participación en el capital”, “derechos de voto”, etc. como, por ejemplo, la regla de referencia de más del 10 % de inversión extranjera directa definida por la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos.
Link between a 'sub-fund' and an 'umbrella fund'
Permite el registro de las relaciones respectivas si un fondo de cobertura segrega sus activos en diferentes subfondos de tal modo que las participaciones relativas a cada subfondo están respaldadas de forma independiente por diferentes activos (véase el Reglamento (UE) n.o 1073/2013 (refundición) (BCE/2013/38).
Management company
Descripción de la sociedad de gestión registrada de un fondo o sociedad instrumental [nombre, residencia, código de sector institucional y código RIAD (para unidades residentes en la Unión)].
Debe tener vínculos con cualquier fondo de inversión o sociedad instrumental relacionada que gestione la entidad.
Head
Descripción de la oficina principal registrada de una sucursal que opera en un Estado miembro de la Unión [nombre, residencia, código de sector institucional y código RIAD (para unidades residentes en la Unión)].
Debe tener vínculos con la sucursal pertinente establecida en un país de la Unión.
Originator
Descripción de la sociedad registrada que estableció la sociedad instrumental con fines de titulización y transferencia de activos o conjunto de activos, o riesgo crediticio del activo o conjunto de activos para la estructura de titulización [nombre, residencia, código de sector institucional y código RIAD (para unidades miembro de la Unión)].
Debe tener vínculos con las sociedades instrumentales pertinentes que la entidad haya establecido.
Resident branch
Sucursal residente en el territorio del BCN informador y cuya oficina principal es una entidad no residente en el sentido del artículo 1 del Reglamento (CE) n.o 2533/98.
Non-resident branch
Sucursal residente fuera del territorio del BCN informador y cuya oficina principal es una entidad residente en el sentido del artículo 1 del Reglamento (CE) n.o 2533/98.
PARTE 4
Transmisión de datos
Los BCN pueden proporcionar (actualizaciones de) datos de referencia en línea o por lotes mediante el RIAD, en virtud de uno de los formatos presentados en el documento titulado Exchange Specification for the RIAD Data Exchange System (“Especificación de los Intercambios para el Sistema de Intercambio de Datos RIAD”). La inserción de nuevas entidades en el RIAD (así como la retirada excepcional de la base de datos) también es posible en línea o por lotes.
El RIAD toma un enfoque moderado en cuanto a la gestión de datos de referencia, lo que significa que cualquier cambio en los datos de referencia de una entidad individual puede aplicarse para atributos (individuales) específicos. Excepto en el caso de error material, no se elimina ninguna unidad registrada en el RIAD. Su duración viene determinada por la introducción de una fecha de creación o cierre. Las modificaciones de atributos individuales se aplican mediante el cambio (del rango de validez) de valores específicos.».
6.
En el glosario se añaden los términos siguientes:
«Compañía de seguros distintos del seguro de vida: es una compañía de seguros que ofrece principalmente pólizas de seguros distintos del de vida.
Compañía de seguros de vida: es una compañía de seguros que ofrece principalmente pólizas de seguros de vida.
Compañía de seguros combinados: es una compañía de seguros que ofrece pólizas de seguros tanto de vida como distintos del de vida, sin una política por la que predominen unas sobre las otras.
Compañía de reaseguros: es una compañía de seguros que ofrece principalmente pólizas de reaseguro.
Reservas técnicas de seguros de vida, de las cuales reaseguros aceptados son el importe de capital mantenido por una compañía de seguros para satisfacer futuras reclamaciones derivadas de sus obligaciones de reaseguro de vida según se definen en el Reglamento Delegado (UE) 2015/35 de la Comisión (***********).
__________________________________________
(***********) Reglamento Delegado (UE) 2015/35 de la Comisión, de 10 de octubre de 2014, por el que se completa la Directiva 2009/138/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre el acceso a la actividad de seguro y de reaseguro y su ejercicio (Solvencia II) (DO L 12 de 17.1.2015, p. 1).»."
____________________________
(1) Esta partida puede incluir reservas técnicas de seguro no vida (SEC 2010: F.61), derechos exigibles a los garantes de las pensiones (SEC 2010: F.64) y provisiones para ejecuciones de garantías estandarizadas (SEC 2010: F.66).
(2) Esta partida y su desglose correspondiente puede incluir derechos exigibles a los garantes de las pensiones (SEC 2010: F.64) y derechos de prestaciones distintas de pensiones (SEC 2010: F.65).
(3) Podrá utilizarse la referencia de 1 de enero de 2016 como sustitutivo.
(4) Esta partida puede incluir reservas técnicas de seguro no vida (SEC 2010: F.61), derechos exigibles a los garantes de las pensiones (SEC 2010: F.64) y provisiones para ejecuciones de garantías estandarizadas (SEC 2010: F.66).
(5) En el caso de los Estados miembros no pertenecientes a la zona del euro, por “IFM” e “instituciones distintas de IFM” se entiende “bancos” y “entidades distintas de bancos”.
(6) Esta partida podrá incluir los derechos de prestaciones distintas de pensiones (SEC 2010: F.65).
(7) La posición pertinente “de las cuales” de esta partida podrá incluir también los derechos exigibles a los garantes de las pensiones (SEC 2010: F.64).
(8) Esta partida, incluido el ramo pertinente, podrá incluir las provisiones para ejecuciones de garantías estandarizadas (SEC 2010: F.66).
(9) La estructura de código y la definición de la estructura de datos de las Estadísticas Bancarias Internacionales Consolidadas son comunes a todos los países informadores y deben ser las mismas que las que se emplean para informar de los datos correspondientes al Banco de Pagos Internacionales (BPI) (www.bis.org/statistics/dsd_cbs.pdf).
(10) Esto indica el número de letras o dígitos permitidos para cada elemento de las listas de códigos (por ejemplo, AN..7 significa una cadena alfanumérica de hasta 7 caracteres y AN1 significa un carácter alfanumérico).
(11) Nueva lista de códigos de definición de estructura de datos de SDMX.
(12) Esto indica el número de letras o dígitos permitidos para la transmisión de cada atributo (por ejemplo, AN..1050 significa una cadena alfanumérica de hasta 1 050 caracteres, AN1 significa un carácter alfanumérico y N1 significa un dígito).
(**) Si un BCN quisiera hacer una modificación, lo consultará con el BCE, que aplicará entonces el cambio.
(***) Los cambios se comunican al área de negocio responsable del BCE por correo electrónico.
(13) BCE se refiere aquí a la Dirección General de Estadística del BCE.
(14) El BCE recomienda a los BCN que presenten estos valores para asegurar una transmisión más transparente.
(15) En este cuadro no figuran los atributos especificados en el cuadro en la sección 1, establecidos por el BCE.
M:Obligatorio.
C:Condicional.
(16) Los tipos de interés se presentan como porcentajes.
(1) Para más descripciones y metadatos, véase la parte 3.
(2) PSRI: instituciones relevantes para estadísticas de pagos; nótese que la lista de PSRI puede solaparse con la lista de IFM.
(c) Únicamente para “grandes grupos bancarios” con sede en la zona del euro (véase el artículo 12).
(d) Para marcas simples no es necesario proporcionar ningún rango de validez específico al principio.
(17) Directiva 2009/110/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, sobre el acceso a la actividad de las entidades de dinero electrónico y su ejercicio, así como sobre la supervisión prudencial de dichas entidades, por la que se modifican las Directivas 2005/60/CE y 2006/48/CE y se deroga la Directiva 2000/46/CE (DO L 267 de 10.10.2009, p. 7).
(18) Directiva 2013/34/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre los estados financieros anuales, los estados financieros consolidados y otros informes afines de ciertos tipos de empresas, por la que se modifica la Directiva 2006/43/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan las Directivas 78/660/CEE y 83/349/CEE del Consejo (DO L 182 de 29.6.2013, p. 19).
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