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Documento DOUE-L-2015-82040

Corrección de errores del Reglamento Delegado (UE) nº 1014/2014 de la Comisión, de 22 de julio de 2014, que complementa el Reglamento (UE) nº 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y por el que se derogan los Reglamentos (CE) nº 2328/2003, (CE) nº 861/2006, (CE) nº 1198/2006 y (CE) nº 791/2007 del Consejo, y el Reglamento (UE) nº 1255/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo al contenido y la construcción de un sistema común de seguimiento y evaluación de las operaciones financiadas en el marco del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca.

Publicado en:
«DOUE» núm. 260, de 7 de octubre de 2015, páginas 31 a 32 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2015-82040

TEXTO ORIGINAL

En la página 15, en el anexo, en la parte II, «Indicadores de realizaciones»:

donde dice:

«Prioridad de la Unión 1 — Fomentar una pesca sostenible desde el punto de vista medioambiental, eficiente en el uso de los recursos, innovadora, competitiva y basada en el conocimiento (número de proyectos) (* indicadores pertinentes también para los proyectos relativos a la pesca continental)»,

debe decir:

«Prioridad de la Unión 1 — Fomentar una pesca sostenible desde el punto de vista medioambiental, eficiente en el uso de los recursos, innovadora, competitiva y basada en el conocimiento (número de operaciones) (* indicadores pertinentes también para las operaciones relativas a la pesca continental)».

En la página 16, en el anexo, en la parte II, «Indicadores de realizaciones»:

1)donde dice:

«Prioridad de la Unión 2 — Fomentar una acuicultura sostenible desde el punto de vista medioambiental, eficiente en el uso de los recursos, innovadora, competitiva y basada en el conocimiento (número de proyectos)»,

debe decir:

«Prioridad de la Unión 2 — Fomentar una acuicultura sostenible desde el punto de vista medioambiental, eficiente en el uso de los recursos, innovadora, competitiva y basada en el conocimiento (número de operaciones)»;

2)donde dice:

«Prioridad de la Unión 3 — Fomentar la aplicación de la PPC: Control y recopilación de datos (número de proyectos)»,

debe decir:

«Prioridad de la Unión 3 — Fomentar la aplicación de la PPC: Control y recopilación de datos (número de operaciones)»;

3)donde dice:

«Prioridad de la Unión 4 — Aumentar el empleo y la cohesión territorial (número de proyectos, excepto 1)»,

debe decir:

«Prioridad de la Unión 4 — Aumentar el empleo y la cohesión territorial (número de operaciones, excepto 1)».

En la página 17, en el anexo, en la parte II, «Indicadores de realizaciones»:

1)donde dice:

«Prioridad de la Unión 5 — Fomentar la comercialización y la transformación (número de proyectos, excepto 1 y 4)»,

debe decir:

«Prioridad de la Unión 5 — Fomentar la comercialización y la transformación (número de operaciones, excepto 1 y 4)»;

2)donde dice:

«Prioridad de la Unión 6 — Fomentar la aplicación de la Política Marítima Integrada (número de proyectos)»,

debe decir:

«Prioridad de la Unión 6 — Fomentar la aplicación de la Política Marítima Integrada (número de operaciones)».

En la página 19, en el anexo, en la parte II, en la nota a pie de página 10:

donde dice:

«Incluidos los proyectos en virtud de la medida pertinente del FEMP que puedan contribuir a alcanzar los objetivos de lograr y mantener un buen estado del medio ambiente, como exige la Directiva 2008/56/CE.»,

debe decir:

«Incluidas las operaciones en virtud de la medida pertinente del FEMP que puedan contribuir a alcanzar los objetivos de lograr y mantener un buen estado del medio ambiente, como exige la Directiva 2008/56/CE.».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 07/10/2015
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 1014/2014, de 22 de julio (Ref. DOUE-L-2014-81994).
Materias
  • Control pesquero
  • Financiación comunitaria
  • Fondo CE
  • Fondo Europeo Marítimo y de Pesca
  • Pesca marítima
  • Política Pesquera Común

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