LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 66/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a la etiqueta ecológica de la UE (1), y, en particular, su artículo 8, apartado 3, letra c),
Previa consulta al Comité de Etiqueta Ecológica de la Unión Europea,
Considerando lo siguiente:
(1)
La Decisión 2009/563/CE de la Comisión (2) expira el 30 de junio de 2015.
(2)
La Decisión 2009/564/CE de la Comisión (3) expira el 30 de noviembre de 2015.
(3)
La Decisión 2009/578/CE de la Comisión (4) expira el 30 de noviembre de 2015.
(4)
La Decisión 2010/18/CE de la Comisión (5) expira el 31 de diciembre de 2015.
(5)
La Decisión 2011/263/UE de la Comisión (6) expira el 28 de abril de 2015.
(6)
La Decisión 2011/264/UE de la Comisión (7) expira el 28 de abril de 2015.
(7)
La Decisión 2011/382/UE de la Comisión (8) expira el 24 de junio de 2015.
(8)
La Decisión 2011/383/UE de la Comisión (9) expira el 28 de junio de 2015.
(9)
Se ha llevado a cabo una evaluación de la pertinencia e idoneidad de los criterios ecológicos actuales, así como de los requisitos de evaluación y comprobación correspondientes, establecidos mediante las Decisiones 2009/563/CE, 2009/564/CE, 2009/578/CE, 2010/18/CE, 2011/263/UE, 2011/264/UE, 2011/382/UE y 2011/383/UE. Habida cuenta de que los criterios ecológicos actuales y los requisitos de evaluación y comprobación correspondientes establecidos en esas Decisiones están aún en proceso de revisión, conviene prorrogar su vigencia. Teniendo en cuenta las diferentes fases de los procesos de revisión, la vigencia de los criterios ecológicos y los requisitos de evaluación y comprobación correspondientes establecidos en la Decisión 2009/563/CE debe prorrogarse hasta el 31 de diciembre de 2015, y la de los criterios ecológicos y los requisitos correspondientes de evaluación y comprobación establecidos en las Decisiones 2009/564/CE, 2009/578/CE, 2010/18/CE, 2011/263/UE, 2011/264/UE, 2011/382/UE y 2011/383/UE, hasta el 31 de diciembre de 2016.
(10)
Por tanto, las Decisiones 2009/563/CE, 2009/564/CE, 2009/578/CE, 2010/18/CE, 2011/263/UE, 2011/264/UE, 2011/382/UE y 2011/383/UE deben modificarse en consecuencia.
(11)
Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité establecido en el artículo 16 del Reglamento (CE) no 66/2010.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El artículo 3 de la Decisión 2009/563/CE se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 3
Los criterios ecológicos aplicables a la categoría de productos “calzado”, así como los requisitos de evaluación y comprobación correspondientes, serán válidos hasta el 31 de diciembre de 2015.»
Artículo 2
El artículo 4 de la Decisión 2009/564/CE se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 4
Los criterios ecológicos aplicables a la categoría de productos “servicio de camping”, así como los requisitos de evaluación y comprobación correspondientes, serán válidos hasta el 31 de diciembre de 2016.»
Artículo 3
El artículo 4 de la Decisión 2009/578/CE se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 4
Los criterios ecológicos aplicables a la categoría de productos “servicios de alojamiento turístico”, así como los requisitos de evaluación y comprobación correspondientes, serán válidos hasta el 31 de diciembre de 2016.»
Artículo 4
El artículo 3 de la Decisión 2010/18/CE se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 3
Los criterios ecológicos aplicables a la categoría de productos “revestimientos de madera para suelos”, así como los requisitos de evaluación y verificación correspondientes, serán válidos hasta el 31 de diciembre de 2016.»
Artículo 5
El artículo 4 de la Decisión 2011/263/UE se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 4
Los criterios aplicados a la categoría de productos “detergentes para lavavajillas”, así como los requisitos de evaluación y verificación correspondientes, serán válidos hasta el 31 de diciembre de 2016.»
Artículo 6
El artículo 4 de la Decisión 2011/264/UE se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 4
Los criterios aplicados a la categoría de productos “detergentes para ropa”, así como los requisitos de evaluación y verificación correspondientes, serán válidos hasta el 31 de diciembre de 2016.»
Artículo 7 El artículo 4 de la Decisión 2011/382/UE se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 4
Los criterios aplicables a la categoría de productos “detergentes lavavajillas a mano”, así como los requisitos de evaluación y verificación correspondientes, serán válidos hasta el 31 de diciembre de 2016.»
Artículo 8
El artículo 4 de la Decisión 2011/383/UE se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 4
Los criterios aplicables a la categoría de “productos de limpieza de uso general y productos de limpieza de cocinas y baños”, así como los requisitos de evaluación y verificación correspondientes, serán válidos hasta el 31 de diciembre de 2016.»
Artículo 9
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 2 de marzo de 2015.
Por la Comisión
Karmenu VELLA
Miembro de la Comisión
______________________________
(1) DO L 27 de 30.1.2010, p. 1.
(2) Decisión 2009/563/CE de la Comisión, de 9 de julio de 2009, por la que se establecen los criterios ecológicos para la concesión de la etiqueta ecológica comunitaria al calzado (DO L 196 de 28.7.2009, p. 27).
(3) Decisión 2009/564/CE de la Comisión, de 9 de julio de 2009, por la que se establecen los criterios ecológicos para la concesión de la etiqueta ecológica comunitaria al servicio de camping (DO L 196 de 28.7.2009, p. 36).
(4) Decisión 2009/578/CE de la Comisión, de 9 de julio de 2009, por la que se establecen los criterios ecológicos para la concesión de la etiqueta ecológica comunitaria a los servicios de alojamiento turístico (DO L 198 de 30.7.2009, p. 57).
(5) Decisión 2010/18/CE de la Comisión, de 26 de noviembre de 2009, por la que se establecen los criterios ecológicos para la concesión de la etiqueta ecológica comunitaria a los revestimientos de madera para suelos (DO L 8 de 13.1.2010, p. 32).
(6) Decisión 2011/263/UE de la Comisión, de 28 de abril de 2011, por la que se establecen los criterios ecológicos para la concesión de la etiqueta ecológica de la UE a los detergentes para lavavajillas (DO L 111 de 30.4.2011, p. 22).
(7) Decisión 2011/264/UE de la Comisión, de 28 de abril de 2011, por la que se establecen los criterios ecológicos para la concesión de la etiqueta ecológica de la UE a los detergentes para ropa (DO L 111 de 30.4.2011, p. 34).
(8) Decisión 2011/382/UE de la Comisión, de 24 de junio de 2011, por la que se establecen los criterios ecológicos para la concesión de la etiqueta ecológica de la UE a los detergentes lavavajillas a mano (DO L 169 de 29.6.2011, p. 40).
(9) Decisión 2011/383/UE de la Comisión, de 28 de junio de 2011, por la que se establecen los criterios ecológicos para la concesión de la etiqueta ecológica de la UE a los productos de limpieza de uso general y a los productos de limpieza de cocinas y baños (DO L 169 de 29.6.2011, p. 52).
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