En la página 48, en el anexo I, en la tabla 1.1, «Valores límite de exposición para las radiaciones ópticas incoherentes»,
en la columna «Valores límite de exposición», en la fila «m.»:
donde dice: «EIR = 18 000 t 0.75»,
debe decir: «EIR = 18 000 t–0.75».
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