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Documento DOUE-L-2014-83773

Corrección de errores del Reglamento de Ejecución (UE) nº 1159/2014 del Consejo, de 30 de octubre de 2014, por el que se aplica el artículo 8 bis, apartado 1, del Reglamento (CE) nº 765/2006 relativo a la adopción de medidas restrictivas con respecto a Belarús.

Publicado en:
«DOUE» núm. 367, de 23 de diciembre de 2014, páginas 126 a 126 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2014-83773

TEXTO ORIGINAL

En la página 3, en el anexo, sección I:

donde dice:

«I.

Las personas y entidades que se enumeran a continuación se suprimirán de la lista que figura en el anexo de la Decisión 2012/642/PESC»

,

debe decir:

«I.

Las personas y entidades que se enumeran a continuación se suprimen de la lista que figura en el anexo I del Reglamento (CE) no 765/2006»

.

En la página 4, en el anexo, sección II:

donde dice:

«II.

Las entradas para la siguientes personas y entidades que figuran en el anexo de la Decisión 2012/642/PESC se sustituyen por las siguientes:»

,

debe decir:

«II.

Las menciones relativas a las siguientes personas y entidades que figuran en el anexo I del Reglamento (CE) no 765/2006 se sustituyen por las siguientes:»

.

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 23/12/2014
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 1159/2014, de 30 de octubre (Ref. DOUE-L-2014-83236).
Materias
  • Bielorrusia
  • Cuentas bloqueadas
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Sanciones

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