Está Vd. en

Documento DOUE-L-2014-83163

Reglamento (UE) nº 1145/2014 del Consejo, de 28 de octubre de 2014, que deroga el Reglamento (CE) nº 2488/2000 por el que se mantiene la congelación de capitales en relación con el Sr. Milosevic y las personas de su entorno.

Publicado en:
«DOUE» núm. 308, de 29 de octubre de 2014, páginas 1 a 2 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2014-83163

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 215,

Vista la Decisión 2014/742/PESC del Consejo, de 28 de octubre de 2014, por la que se deroga la Posición Común 2000/696/PESC relativa al mantenimiento de las medidas restrictivas específicas contra el Sr. Milosevic y las personas de su entorno (1),

Vista la propuesta conjunta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad y de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1) De conformidad con el Reglamento (CE) no 2488/2000 del Consejo (2), están congelados todos los capitales mantenidos fuera del territorio de la República Federativa de Yugoslavia y que pertenecen al Sr. Milosevic o a las personas físicas de su entorno, con la prohibición de poner directamente o indirectamente dichos capitales a disposición o en beneficio de las personas mencionadas en el anexo I de dicho Reglamento.

(2) Mediante la Decisión 2014/742/PESC, el Consejo derogó su Posición Común 2000/696/PESC (3). El Consejo decidió que no hay motivo para seguir aplicando dichas medidas restrictivas, puesto que las personas mencionadas en el anexo de la citada Posición Común no representan ya una amenaza para la consolidación de la democracia.

(3) Procede, por tanto, derogar el Reglamento (CE) no 2488/2000 con efectos inmediatos.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Queda derogado el Reglamento (CE) no 2488/2000.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Luxemburgo, el 28 de octubre de 2014.

Por el Consejo

El Presidente G. L. GALLETTI

_______________________________________

(1) Véase la página 99 del presente Diario Oficial.

(2) Reglamento (CE) no 2488/2000 del Consejo, de 10 de noviembre de 2000, por el que se mantiene la congelación de capitales en relación con el Sr. Milosevic y las personas de su entorno y por el que se derogan los Reglamentos (CE) no 1294/1999 y 607/2000 y el artículo 2 del Reglamento (CE) no 926/98 (DO L 287 de 14.11.2000, p. 19).

(3) Posición Común 2000/696/PESC del Consejo, de 10 de noviembre de 2000, relativa al mantenimiento de medidas restrictivas específicas contra el Sr. Milosevic y personas de su entorno (DO L 287 de 14.11.2000, p. 1).

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 28/10/2014
  • Fecha de publicación: 29/10/2014
  • Fecha de entrada en vigor: 29/10/2014
Referencias anteriores
Materias
  • Cuentas bloqueadas
  • República Federativa de Yugoslavia
  • Sanciones

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid