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Documento DOUE-L-2014-83049

Corrección de errores del Reglamento (UE) nº 270/2011 del Consejo, de 21 de marzo de 2011, relativo a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Egipto .

Publicado en:
«DOUE» núm. 294, de 10 de octubre de 2014, páginas 51 a 51 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2014-83049

TEXTO ORIGINAL

En la página 4, en el considerando 4:

donde dice:

« (4)

La atribución de modificar la lista recogida en el anexo I del presente Reglamento debe ser ejercida por el Consejo, habida cuenta de la gravedad de la situación política y de seguridad en Egipto, y para garantizar la coherencia con el proceso de modificación y revisión del anexo de la Decisión 2011/172/PESC.» ,

debe decir:

« (4)

La competencia de modificar la lista recogida en el anexo I del presente Reglamento debe ser ejercida por el Consejo, habida cuenta de la gravedad de la situación política y de seguridad en Egipto, y para garantizar la coherencia con el proceso de modificación y revisión del anexo de la Decisión 2011/172/PESC.»

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 10/10/2014
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 270/2011, de 21 de marzo (Ref. DOUE-L-2011-80514).
Materias
  • Cuentas bloqueadas
  • Egipto
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Sanciones

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