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Documento DOUE-L-2014-81371

Reglamento de Ejecución (UE) nº 693/2014 del Consejo, de 23 de junio de 2014, por el que se aplica el Reglamento (UE) nº 36/2012 relativo a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria.

Publicado en:
«DOUE» núm. 183, de 24 de junio de 2014, páginas 15 a 17 (3 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2014-81371

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) no 36/2012 del Consejo, de 18 de enero de 2012, relativo a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria (1) y, en particular, su artículo 32, apartado 1,

Considerando lo siguiente:

(1) El 18 de enero de 2012, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) no 36/2012.

(2) Debe actualizarse la información relativa a una persona de la lista que figura en el anexo II del Reglamento (UE) no 36/2012.

(3)Habida cuenta de la gravedad de la situación, procede añadir doce personas a la lista de personas físicas y jurídicas, entidades u organismos sujetos a medidas restrictivas que figura en el anexo II del Reglamento (UE) no 36/2012.

(4) Procede, por lo tanto, modificar en consecuencia el anexo II del Reglamento (UE) no 36/2012.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo II del Reglamento (UE) no 36/2012 queda modificado según lo establecido en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Luxemburgo, el 23 de junio de 2014.

Por el Consejo

La Presidenta C. ASHTON

________________________

(1)DO L 16 de 19.1.2012, p. 1.

ANEXO

1. Las indicaciones del anexo II, sección A, del Reglamento (UE) no 36/2012 correspondientes a la persona mencionada a continuación se sustituyen por el texto siguiente:

Nombre Información de identificación Motivos Fecha de inclusión

«152. Dr. Qadri () (alias Kadri) Jamil () (alias Jameel) Antiguo Viceprimer Ministro de Asuntos Económicos, antiguo Ministro de Comercio Interior y Protección del Consumidor. En su calidad de antiguo ministro del Gobierno, comparte la responsabilidad de la represión violenta ejercida por el régimen contra la población civil. 16.10.2012»

2. Se añaden las siguientes personas a la lista de personas físicas y jurídicas, entidades u organismos que figura en el anexo II, sección A, del Reglamento (UE) no 36/2012:

Nombre Información de identificación Motivos Fecha de inclusión

180. Ahmad al-Qadri Fecha de nacimiento: 1956 Ministro de Agricultura y Reforma Agraria. Como Ministro del Gobierno, comparte la responsabilidad de la violenta represión del régimen contra la población civil. 24.6.2014

181. Suleiman Al Abbas Ministro del Petróleo y los Recursos Mineros. Como Ministro del Gobierno, comparte la responsabilidad de la violenta represión del régimen contra la población civil. 24.6.2014

182. Kamal Eddin Tu'ma Fecha de nacimiento: 1959 Ministro de Industria. Como Ministro del Gobierno, comparte la responsabilidad de la violenta represión del régimen contra la población civil. 24.6.2014

183. Kinda al-Shammat (alias Shmat) Fecha de nacimiento: 1973 Ministro de Asuntos Sociales. Como Ministro del Gobierno, comparte la responsabilidad de la violenta represión del régimen contra la población civil. 24.6.2014

184. Hassan Hijazi Fecha de nacimiento: 1964 Ministro de Trabajo. Como Ministro del Gobierno, comparte la responsabilidad de la violenta represión del régimen contra la población civil. 24.6.2014

185. Ismael Ismael (alias Ismail Ismail, o Isma'Il Isma'il) Fecha de nacimiento: 1955 Ministro de Hacienda. Como Ministro del Gobierno, comparte la responsabilidad de la violenta represión del régimen contra la población civil. 24.6.2014

186. Dr. Khodr Orfali (alias Khud/Khudr Urfali/Orphaly) Fecha de nacimiento: 1956 Ministro de Economía y Comercio Exterior. Como Ministro del Gobierno, comparte la responsabilidad de la violenta represión del régimen contra la población civil. 24.6.2014

187. Samir Izzat Qadi Amin Fecha de nacimiento: 1966 Ministro de Protección de los Consumidores y Comercio Interior. Como Ministro del Gobierno, comparte la responsabilidad de la violenta represión del régimen contra la población civil.

188. Bishr Riyad Yazigi Fecha de nacimiento: 1972 Ministro de Turismo. Como Ministro del Gobierno, comparte la responsabilidad de la violenta represión del régimen contra la población civil. 24.6.2014

189. Dr. Malek Ali (alias Malik) Fecha de nacimiento: 1956 Ministro de Educación Superior. Como Ministro del Gobierno, comparte la responsabilidad de la violenta represión del régimen contra la población civil. 24.6.2014

190. Hussein Arnous (alias Arnus) Fecha de nacimiento: 1953 Ministro de Obras Públicas. Como Ministro del Gobierno, comparte la responsabilidad de la violenta represión del régimen contra la población civil. 24.6.2014

191. Dr. Hassib Elias Shammas (alias Hasib) Fecha de nacimiento: 1957 Ministro de Estado. Como Ministro del Gobierno, comparte la responsabilidad de la violenta represión del régimen contra la población civil. 24.6.2014

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 23/06/2014
  • Fecha de publicación: 24/06/2014
  • Fecha de entrada en vigor: 24/06/2014
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo II del Reglamento 36/2012, de 18 de enero (Ref. DOUE-L-2012-80048).
Materias
  • Cuentas bloqueadas
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Sanciones
  • Siria

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