LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) n o 66/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a la etiqueta ecológica de la UE ( 1 ), y, en particular, su artículo 8, apartado 3, letra c),
Previa consulta al Comité de Etiqueta Ecológica de la Unión Europea,
Considerando lo siguiente:
(1) La Decisión 2007/506/CE de la Comisión, de 21 de junio de 2007, por la que se establecen los criterios ecológicos para la concesión de la etiqueta ecológica comunitaria a jabones, champús y acondicionadores de cabello ( 2 ), expira el 31 de diciembre de 2013.
(2) Se ha llevado a cabo una evaluación de la pertinencia e idoneidad de los criterios ecológicos actuales, así como de los correspondientes requisitos de evaluación y verificación establecidos mediante esa Decisión. Teniendo en cuenta la fase del proceso de revisión de dicha Decisión, conviene prorrogar el período de vigencia de los criterios ecológicos y de los correspondientes requisitos de evaluación y verificación en ella establecidos. El período de vigencia de los criterios ecológicos y de los requisitos correspondientes de evaluación y verificación establecidos en la Decisión 2007/506/CE debe prorrogarse hasta el 31 de diciembre de 2014.
(3) Procede, por tanto, modificar la Decisión 2007/506/CE en consecuencia.
(4) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité establecido por el artículo 16 del Reglamento (CE) n o 66/2010.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El artículo 4 de la Decisión 2007/506/CE se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 4
Los criterios ecológicos aplicables a la categoría de productos “jabones, champús y acondicionadores de cabello”, así como los requisitos de evaluación y verificación correspondientes, serán válidos hasta el 31 de diciembre de 2014.».
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 19 de diciembre de 2013.
Por la Comisión
Janez POTOÈNIK
Miembro de la Comisión
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( 1 ) DO L 27 de 30.1.2010, p. 1.
( 2 ) DO L 186 de 18.7.2007, p. 36.
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