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Documento DOUE-L-2013-82782

Orientación del Banco Central Europeo, de 26 de septiembre de 2013, por la que se modifica la Orientación BCE/2012/27, de 5 de diciembre de 2012, sobre el sistema automatizado transeuropeo de transferencia urgente para la liquidación bruta en tiempo real (TARGET2) (BCE/2013/37).

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOUE» núm. 333, de 12 de diciembre de 2013, páginas 82 a 82 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2013-82782

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,

Visto el Tratado de funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 127, apartado 2, guiones primero y cuarto,

Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo y, en particular, sus artículos 3.1, 17, 18 y 22,

Considerando lo siguiente:

(1) El Eurosistema ha decidido promover la creación de CoreNet como un servicio de red de contingencia/alternativa que los bancos centrales del Eurosistema y los bancos centrales nacionales conectados podrán utilizar para acceder en modo de contingencia al módulo de pagos de la plataforma compartida única y como un canal alternativo para acceder al sistema de servicios relacionados con los clientes.

(2) Consecuentemente, la Orientación BCE/2012/27, de 5 de diciembre de 2012, sobre el sistema automatizado transeuropeo de transferencia urgente para la liquidación bruta en tiempo real (TARGET2) ( 1 ), debe modificarse a fin de añadir disposiciones relativas al uso de CoreNet como una red de contingencia/alternativa para TARGET2.

HA ADOPTADO LA PRESENTE ORIENTACIÓN:

Artículo 1

Modificaciones de la Orientación BCE/2012/27

1. La definición 5 del artículo 2 de la Orientación BCE/2012/27 se modificará como sigue:

«5) “proveedor del servicio de red”: el proveedor de la red de conexiones informáticas destinada a cursar mensajes de pago en TARGET2; La red de conexiones informáticas se facilitará por medio de SWIFT y, además, en el caso de las comunicaciones internas del Eurosistema, por medio de CoreNet.».

2. En el artículo 2 de la Orientación BCE/2012/27 se insertarán las definiciones 52 y 53 siguientes:

«52) “CoreNet”: el servicio de red interno del Eurosistema facilitado por el BCE y que los bancos centrales del Eurosistema utilizan como red de contingencia para acceder a la plataforma compartida única en el caso de que SWIFT no se encuentre disponible y como red alternativa a SWIFT para acceder al sistema de servicios relacionados con los clientes.

53) “Sistema de servicios relacionados con los clientes” (CRSS): el sistema que facilita servicios básicos y opcionales a los bancos centrales del Eurosistema, es decir, archivo, servicios opcionales de facturación, servicios opcionales de consulta y transmisión de información y servicios opcionales de relación con el cliente.».

Artículo 2

Entrada en vigor y aplicación

La presente Orientación entrará en vigor el día de su notificación a los bancos centrales nacionales de los Estados miembros cuya moneda es el euro. Será aplicable a partir del 1 de enero de 2014.

Artículo 3

Destinatarios

La presente Orientación se aplicará a todos los bancos centrales del Eurosistema.

Hecho en Fráncfort del Meno, el 26 de septiembre de 2013.

Por el Consejo de Gobierno del BCE

El Presidente del BCE

Mario DRAGHI

______

( 1 ) DO L 30 de 30.1.2013, p. 1.

ANÁLISIS

  • Rango: Otros
  • Fecha de disposición: 26/09/2013
  • Fecha de publicación: 12/12/2013
  • Aplicable desde el 1 de enero de 2014.
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Orientación 2022/912, de 24 de febrero de 2022; (Ref. DOUE-L-2022-80905).
  • Fecha de derogación: 21/11/2022
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 2 de la Orientación 2013/47, de 5 de diciembre de 2012 (BCE/2012/27) (Ref. DOUE-L-2013-80115).
Materias
  • Banco Central Europeo
  • Redes de telecomunicación
  • Transferencias bancarias
  • Unión Económica y Monetaria

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