EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 28, su artículo 42, apartado 4, y su artículo 43, apartado 2,
Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
(1) El 16 de julio de 2012, el Consejo adoptó la Decisión 2012/389/PESC ( 1 ). Dicha Decisión expira el 15 de julio de 2014.
(2) El importe de referencia financiera actual cubre el periodo comprendido entre el 16 de julio de 2012 y el 15 de julio de 2013.
(3) La Decisión 2012/389/PESC debe modificarse a fin de ampliar hasta el 15 de noviembre de 2013 el período cubierto por el importe de referencia financiera actual.
(4) La Misión se llevará a cabo en el contexto de una situación que puede deteriorarse y que podría obstaculizar el logro de los objetivos de la acción exterior de la Unión que se indican en el artículo 21 del Tratado.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
En el artículo 13 de la Directiva 2012/389/CE, el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:
«1. El importe de referencia financiera destinado a la cobertura de los gastos relacionados con la EUCAP NESTOR para los dieciséis primeros meses posteriores a la entrada en vigor de la presente Decisión será de 22 880 000 EUR. El Consejo decidirá el importe de referencia financiera para el período subsiguiente.».
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor en la fecha de su adopción.
Hecho en Bruselas, el 9 de julio de 2013.
Por el Consejo
El Presidente
R. ŠADŽIUS
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( 1 ) DO L 187 de 17.7.2012, p. 40.
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