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Documento DOUE-L-2012-81489

Reglamento de Ejecución (UE) nº 742/2012 del Consejo, de 16 de agosto de 2012, por el que se aplica el artículo 32, apartado 1, del Reglamento (UE) nº 36/2012 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria.

Publicado en:
«DOUE» núm. 219, de 17 de agosto de 2012, páginas 1 a 2 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2012-81489

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n o 36/2012 ( 1 ) y, en particular, su artículo 32, apartado 1,

Considerando lo siguiente:

(1) El 18 de enero de 2012 el Consejo adoptó el Reglamento (UE) n o 36/2012.

(2) De acuerdo con la Decisión de Ejecución 2012/478/PESC del Consejo, de 16 de agosto de 2012, por la que se aplica la Decisión 2011/782/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria ( 2 ), debe incluirse una entidad más en la lista de personas físicas y jurídicas, entidades u organismos sujetos a medidas restrictivas que figura en el anexo II del Reglamento (UE) n o 36/2012.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

La entidad que figura en el anexo del presente Reglamento se añade a la lista que figura en el anexo II del Reglamento (UE) n o 36/2012.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 16 de agosto de 2012.

Por el Consejo

El Presidente

A. D. MAVROYIANNIS

______________________

( 1 ) DO L 16 de 19.1.2012, p. 1

( 2 ) Véase la página 21 del presente Diario Oficial.

ANEXO

ENTIDAD A LA QUE SE HACE REFERENCIA EN EL ARTÍCULO 1

Entidad

Nombre

Información identificatoria

Motivos

Fecha de inclusión en la lista

1.

Drex Technologies Holding S.A.

Registrada en Luxemburgo con el número B77616, establecida anteriormente en la siguiente dirección: 17, rue Beaumont L-1219 Luxembourg.

El beneficiario efectivo de Drex Technologies Holding S.A. es Rami Makhlouf, incluido en la lista de personas y entidades sujetas a sanciones de la UE por proporcionar apoyo financiero al régimen sirio.

16.8.2012

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 16/08/2012
  • Fecha de publicación: 17/08/2012
  • Fecha de entrada en vigor: 17/08/2012
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en DOUE L 227, de 23 de agosto de 2012 (Ref. DOUE-L-2012-81514).
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo II del Reglamento 36/2012, de 18 de enero (Ref. DOUE-L-2012-80048).
Materias
  • Comercio exterior
  • Cuentas bloqueadas
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Sanciones
  • Siria

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