EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 207, apartado 4, párrafo primero, en relación con su artículo 218, apartado 5,
Vista la propuesta de la Comisión Europea,
Considerando lo siguiente:
(1) La Comisión ha negociado, en nombre de la Unión, un Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Moldavia sobre la protección de las indicaciones geográficas de los productos agrícolas y alimenticios («el Acuerdo»).
(2) El Acuerdo permitirá la protección recíproca de las indicaciones geográficas de la Unión y de la República de Moldavia y contribuirá a la aproximación de la legislación de los países vecinos de la Unión.
(3) Procede firmar el Acuerdo.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Se autoriza la firma, en nombre de la Unión, del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Moldavia sobre la protección de las indicaciones geográficas de los productos agrícolas y alimenticios, a reserva de la celebración del mencionado Acuerdo (1).
Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a la persona o personas facultadas para firmar el Acuerdo en nombre de la Unión.
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Bruselas, el 31 de mayo de 2012.
Por el Consejo
La Presidenta
P. OLSEN DYHR
(1) El texto del Acuerdo se publicará junto con la Decisión relativa a su celebración.
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