En la página 27, en el anexo II, el apéndice se sustituye por el texto siguiente:
«Apéndice
Definición de las marcas visibles del carril
1. A efectos de los procedimientos de ensayo a los que se refieren los puntos 2.2 y 2.5 del anexo II, la anchura del carril de ensayo deberá ser superior a 3,5 m.
2. Salvo que se indique otra cosa en el presente apéndice, se supone que las marcas visibles del carril presentadas en el cuadro 1 son de color blanco.
3. El cuadro 1 se utilizará con fines de homologación de conformidad con los puntos 2.2 y 2.5 del anexo II del presente Reglamento.
Cuadro 1
Marcas visibles del carril definidas
TABLAS OMITIDAS EN PÁGINAS 45 A 48.
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