EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo»), y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo II del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n o 48/2011, de 20 de mayo de 2011 ( 1 ).
(2) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2009/105/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, relativa a los recipientes a presión simples ( 2 ).
(3) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2010/35/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de junio de 2010, sobre equipos a presión transportables y por la que se derogan las Directivas 76/767/CEE, 84/525/CEE, 84/526/CEE, 84/527/CEE y 1999/36/CE del Consejo ( 3 ).
(4) La Directiva 2009/105/CE deroga la Directiva 87/404/CEE ( 4 ) del Consejo, incorporada al Acuerdo, y que, por lo tanto, debe suprimirse del mismo.
(5) La Directiva 2010/35/UE deroga las Directivas 76/767/CEE ( 5 ), 84/525/CEE ( 6 ), 84/526/CEE ( 7 ), 84/527/CEE ( 8 ) y 1999/36/CE ( 9 ) del Consejo, incorporadas al Acuerdo y que, en consecuencia, deben suprimirse del mismo.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
En el anexo II del Acuerdo, el capítulo VIII queda modificado como sigue:
1. Se suprime el texto de los puntos 2 (Directiva 76/767/CEE del Consejo), 3 (Directiva 84/525/CEE del Consejo), 4 (Directiva 84/526/CEE del Consejo), 5 (Directiva 84/527/CEE del Consejo) y 6b (Directiva 1999/36/CE del Consejo) con efecto a partir del 1 de julio de 2011.
2. El texto del punto 6 (Directiva 87/404/CEE del Consejo) se sustituye por el texto siguiente:
«32009 L 0105: Directiva 2009/105/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, relativa a los recipientes a presión simples (DO L 264 de 8.10.2009, p. 12).».
3. Después del punto 6c (Decisión 2003/525/CE de la Comisión) se inserta el siguiente punto:
«6d. 32010 L 0035: Directiva 2010/35/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de junio de 2010, sobre equipos a presión transportables y por la que se derogan las Directivas 76/767/CEE, 84/525/CEE, 84/526/CEE, 84/527/CEE y 1999/36/CE del Consejo (DO L 165 de 30.6.2010, p. 1).».
Artículo 2
Los textos de las Directivas 2009/105/CE y 2010/35/UE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 3 de diciembre de 2011, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (*).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 2 de diciembre de 2011.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Kurt JÄGER
_____________
( 1 ) DO L 196 de 28.7.2011, p. 26.
( 2 ) DO L 264 de 8.10.2009, p. 12.
( 3 ) DO L 165 de 30.6.2010, p. 1.
( 4 ) DO L 220 de 8.8.1987, p. 48.
( 5 ) DO L 262 de 27.9.1976, p. 153.
( 6 ) DO L 300 de 19.11.1984, p. 1.
( 7 ) DO L 300 de 19.11.1984, p. 20.
( 8 ) DO L 300 de 19.11.1984, p. 48.
( 9 ) DO L 138 de 1.6.1999, p. 20.
(*) No se han indicado preceptos constitucionales.
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