EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 29,
Considerando lo siguiente:
(1) El 8 de marzo de 2010, el Consejo adoptó la Decisión 2010/145/PESC por la que se renuevan las medidas en apoyo de la aplicación efectiva del mandato del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia (TPIY) ( 1 ). Dicha Decisión expira el 16 de marzo de 2012.
(2) El objetivo de la Decisión 2010/145/PESC es impedir la entrada en los territorios de los Estados miembros, o el tránsito por ellos, a las personas que participan en actividades que ayudan a las personas que aún se encuentran en libertad a seguir evadiendo la justicia por delitos de los que son acusados por el TPIY, o actúan de manera tal que podrían obstruir la aplicación efectiva del mandato del TPIY.
(3) El 22 de julio de 2011, Goran HADZIC fue puesto a disposición del TPIY. Era el último inculpado por el TPIY aún en libertad.
(4) Procede, pues, derogar la Decisión 2010/145/PESC.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Queda derogada la Decisión 2010/145/PESC.
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Luxemburgo, el 27 de octubre de 2011.
Por el Consejo
El Presidente
J. MILLER
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( 1 ) DO L 58 de 9.3.2010, p. 8.
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