EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 215,
Vista la Decisión 2010/603/PESC, de 7 de octubre de 2010, sobre otras medidas en apoyo de la aplicación efectiva del mandato del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia (TPIY) ( 1 ),
Vista la propuesta conjunta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad y la Comisión Europea,
Considerando lo siguiente:
(1) El Reglamento (CE) n o 1763/2004 del Consejo ( 2 ) aplica la Decisión 2010/603/PESC congelando los activos de determinadas personas en apoyo de la ejecución del mandato del TPIY.
(2) La Decisión 2010/603/PESC expiró el 10 de octubre de 2011.
(3) Procede, por tanto, derogar el Reglamento (CE) n o 1763/2004 con efectos inmediatos.
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Queda derogado el Reglamento (CE) n o 1763/2004.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Luxemburgo, el 20 de octubre de 2011.
Por el Consejo
El Presidente
M. SAWICKI
_______________________
( 1 ) DO L 265 de 8.10.2010, p. 15.
( 2 ) DO L 315 de 14.10.2004, p. 14.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid